av Esther Jacimino 12 måneder siden
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1975. Centro de diagnóstico psicopedagógico: profesionales del Mineduc evaluaban a todos los niños de la región
En 1975, en Chile, se estableció el "Centro de Diagnóstico Psicopedagógico" (CDP), un centro especializado en evaluación y diagnóstico de estudiantes en el ámbito de la educación. El CDP fue creado bajo el auspicio del Ministerio de Educación de Chile (Mineduc) y tenía como objetivo evaluar a todos los niños de la región con el fin de identificar posibles dificultades de aprendizaje, necesidades educativas especiales o cualquier otro tipo de problema psicopedagógico.
1978. Informe Warnock: por primera vez se describe concepto de NEE donde se separa criterio médico / educativo. Nuevo paradigma en EE realizado en Reino Unido.
Su1980. Comienza Programa de Educación Especial
El Programa de Educación Especial comenzó en la década de 1980 como una iniciativa para abordar las necesidades educativas de los estudiantes con discapacidades y necesidades especiales. Este programa se estableció como parte de los esfuerzos para mejorar la inclusión y la calidad de la educación para todos los estudiantes en el país, centrándose en proporcionar apoyo a estudiantes con discapacidades intelectuales, discapacidades sensoriales, discapacidades físicas, trastornos del espectro autista y otras necesidades educativas especiales. El programa ha incluido la capacitación de profesionales de la educación para trabajar con estos estudiantes y la implementación de estrategias pedagógicas adaptadas a sus necesidades individuales.
1990. LOCE. No plantea ni estrategias ni recursos para EE por lo que se continua con el programa.
En 1990, en Chile, se promulgó la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), que estableció un marco legal para la educación en el país. Sin embargo, esta ley no incluyó estrategias ni recursos específicos para la educación especial (EE), lo que significó que la provisión de servicios y apoyos para estudiantes con necesidades educativas especiales continuó siendo responsabilidad de programas específicos y de políticas adicionales implementadas por el gobierno.
Uno de los aspectos más significativos del Informe Warnock fue la separación de los criterios médicos y educativos en la identificación y el apoyo de estudiantes con necesidades educativas especiales. Antes de este informe, la discapacidad y las necesidades especiales a menudo se habían considerado principalmente desde una perspectiva médica, centrándose en la discapacidad en sí misma. El Informe Warnock propuso que se debía prestar más atención a las barreras educativas y sociales que enfrentaban los estudiantes con discapacidades. El informe introdujo el concepto de "Necesidades Educativas Especiales" (NEE) y promovió un enfoque más inclusivo y centrado en el niño. También destacó la importancia de la educación inclusiva, donde se reconocía que la mayoría de los niños con NEE debían ser educados en entornos regulares, en lugar de ser segregados en escuelas especiales.
El artículo de Luis Bravo destacó la importancia de la educación especial y cómo el fracaso en abordar las necesidades de los estudiantes con discapacidades o necesidades especiales no sólo tenía implicaciones sociales y educativas, sino también económicas. La falta de una educación inclusiva y de calidad para todos los estudiantes podría llevar a un mayor desempleo, dependencia de la asistencia social y una menor contribución a la economía por parte de estas personas.
Educación de Calidad para Todos: Se promovió la idea de que la educación inclusiva no solo beneficia a los estudiantes con discapacidad, sino que enriquece la experiencia educativa de todos los estudiantes.
Atención a la Diversidad: La Declaración enfatizó la importancia de reconocer y atender las diversas necesidades de los estudiantes, incluyendo aquellos con discapacidad, y proporcionar apoyos y adaptaciones necesarios.
Colaboración y Participación: Se alentó la colaboración entre los diferentes actores de la comunidad educativa, incluyendo a los estudiantes, las familias, los docentes y los gobiernos, para lograr la educación inclusiva.
Políticas y Recursos: Se subrayó la necesidad de que los gobiernos y las instituciones educativas desarrollen políticas y asignen recursos adecuados para garantizar la educación inclusiva.
Principio de Inclusión: La Declaración de Salamanca afirmó que todas las personas con discapacidad tienen el derecho fundamental a una educación inclusiva y de calidad en el sistema educativo regular.
Decreto Exento de Educación Nº 86/90. Aprueba planes y programas de estudio para alumnos con discapacidad auditiva, asegurando que tengan acceso a una educación de calidad. Este decreto aborda aspectos como la adaptación curricular, el uso de la lengua de señas, la tecnología asistencial, la evaluación y el seguimiento del progreso, y promueve la participación de la comunidad educativa en el proceso de enseñanza y aprendizaje, con el fin de garantizar una educación inclusiva y equitativa para estos estudiantes.
Decreto Exento de Educación Nº 87/90. Aprueba planes y programas de estudio para alumnos con discapacidad intelectual. Estos planes y programas están diseñados para satisfacer las necesidades educativas individuales de estos estudiantes y asegurar que tengan acceso a una educación de calidad que promueva su desarrollo integral. El decreto establece directrices sobre cómo adaptar el currículo, las estrategias de enseñanza y la evaluación para atender las capacidades y necesidades de los alumnos con discapacidad intelectual. El objetivo es proporcionarles una educación inclusiva y equitativa que fomente su participación activa en la vida escolar y les brinde las herramientas necesarias para su desarrollo personal y social.
Decreto Supremo de Educación Nº 577/90. Establece normas técnico pedagógicas para la atención de alumnos con discapacidad motora.
D.S.de E. Nº 89/90 y sus modificaciones. Aprueba planes y programas de estudio para alumnos con discapacidad visual. Este decreto tiene como objetivo aprobar planes y programas de estudio específicos para alumnos con discapacidad visual, asegurando que tengan acceso a una educación de calidad que se ajuste a sus necesidades. Estos decretos establecen pautas para hacer que las instalaciones y los materiales educativos sean accesibles, promueven el uso del braille, proporcionan apoyos técnicos y definen cómo adaptar el currículo y las estrategias de enseñanza. Además, fomentan la formación de docentes y la colaboración de la comunidad educativa.
Decreto Supremo de Educación Nº 815/90. Aprueba planes y programas de estudio para personas con autismo, psicosis o disfasia severa.
Ley N°19.284/94, Establece Normas para la Plena integración social de las personas con discapacidad - ley base de la Ley 20422 del año 2010.
Decreto Supremo de Educación Nº 363/94. Establece normas técnicas para el funcionamiento de los Gabinetes Técnicos de las Escuelas Especiales del país, unidades especializadas esenciales en la atención y educación de estudiantes con discapacidades o necesidades educativas especiales. Este decreto define la composición del gabinete técnico, sus funciones y responsabilidades, promoviendo la coordinación interdisciplinaria para brindar una atención integral y personalizada. Además, establece procedimientos de evaluación y seguimiento, junto con la participación activa de la comunidad educativa, garantizando una atención de calidad que promueva el desarrollo integral de los estudiantes con discapacidades o necesidades especiales en el entorno escolar.
Decreto Supremo de Educación Nº 1/98. Reglamenta el Título IV, Capítulo II de la Ley 19.284, que Norma la Integración Escolar de Alumnos y Alumnas con Necesidades Educativas Especiales, reemplazando al decreto 490. Este decreto establece las pautas y regulaciones específicas para la implementación de la integración escolar de estudiantes con necesidades educativas especiales en el sistema educativo regular. Puede abordar cuestiones como la identificación y evaluación de las necesidades de los estudiantes, la adaptación curricular, los apoyos y recursos necesarios, la participación de la comunidad educativa y otros aspectos clave para garantizar una inclusión efectiva y la igualdad de oportunidades para todos los estudiantes, independientemente de sus necesidades especiales.
Decretos Supremos de Educación Nº 374 y 375/90. Crea las Escuelas y Aulas Hospitalarias y otorga subvención de Educación Especial a alumnos hospitalizados.
Decreto Supremo de Educación Nº 291/99 Reglamenta el Funcionamiento de los Grupos Diferenciales en los Establecimientos Educacionales del País. Estos Grupos Diferenciales son unidades dentro de los establecimientos educativos que se crean con el propósito de atender las necesidades educativas especiales de estudiantes que requieren apoyos adicionales o adaptaciones en su proceso de aprendizaje. El decreto establece las directrices y regulaciones específicas para la organización y operación de estos grupos, que pueden incluir aspectos como la composición de los equipos multidisciplinarios, los procedimientos de evaluación y diagnóstico, la elaboración de planes de intervención individualizados, y la coordinación con otros profesionales y servicios de apoyo. El objetivo principal es garantizar una atención educativa efectiva y personalizada para los estudiantes que requieren apoyo adicional en el sistema educativo regular.
Decreto Supremo de Educación Nº 787/00. Declara que los centros y microcentros de diagnósticos se denominarán “equipos multiprofesionales”, y establece normas para su organización y funcionamiento. Estos equipos multiprofesionales son unidades especializadas que desempeñan un papel crucial en la evaluación y diagnóstico de las necesidades educativas de los estudiantes con el fin de proporcionar apoyos y servicios adecuados. El decreto regula aspectos relacionados con la composición de los equipos, los procedimientos de evaluación, el diagnóstico, la elaboración de planes de intervención individualizados y la coordinación con otros profesionales y servicios de apoyo para garantizar una atención educativa integral y personalizada para los estudiantes que requieren apoyo adicional en el sistema educativo chileno.
Decreto Exento de Educación Nº 1.300/02. Aprueba Planes y Programas para alumnos con trastornos específicos del lenguaje.
Decreto Exento de educación N° 192 y 882/97 , que aprueba planes y programas para atender niños con trastornos de la comunicación primarios, secundarios adquiridos y del desarrollo del habla.
La Ley 20.201, promulgada en Chile en 2007, modificó el Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 2 de 1998 sobre las subvenciones a establecimientos educacionales y otros cuerpos legales relacionados con la educación. Esta ley introdujo importantes cambios en el sistema de subvenciones y financiamiento de la educación en Chile.
La Ley General de Educación 20.370, promulgada en Chile en 2009, es una de las leyes fundamentales que rige el sistema educativo. Esta ley introdujo importantes cambios y reformas en el sistema educativo chileno y estableció un marco legal para la educación en el país.
Decreto 83/2015 es reglamento de la LGE. Artículo 3; Artículo 10 a); Artículo 34. Además basado en artículos de la Ley que establecen Normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad (20.422/2010)
Ley N° 20.422/2010 Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad. Esta ley establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad, es fundamental para garantizar que las personas con discapacidad tengan igualdad de derechos y oportunidades en diversos aspectos de la vida, incluida la educación, el empleo, el acceso a servicios y la participación en la sociedad.
Ley 20.845/2015 La Ley 20.845, promulgada en Chile en 2015, es conocida como la "Ley de Inclusión Escolar". Esta ley tiene como objetivo regular aspectos relacionados con la admisión de estudiantes en establecimientos educacionales, eliminar el financiamiento compartido y prohibir el lucro en los establecimientos educativos que reciben aportes del Estado.
Decreto N° 67/2018 Aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción. Este decreto establece un marco regulador que se aplica a nivel nacional para garantizar prácticas consistentes en la evaluación de los estudiantes, la asignación de calificaciones y la promoción de un grado o nivel educativo al siguiente.
Este decreto. "busca promover una visión de la evaluación, en contextos pedagógicos, como un aspecto intrínseco a la enseñanza, cuyo sentido fundamental es propiciar y apoyar los aprendizajes de los estudiantes. Desde esta perspectiva, la evaluación cumple un rol crucial en el monitoreo y acompañamiento del aprendizaje de los estudiantes y en la reflexión docente para la toma de decisiones pertinentes y oportunas respecto a la enseñanza. En concordancia con lo anterior, se busca dar un lugar preponderante a la retroalimentación en los procesos pedagógicos” (Orientaciones para la implementación del decreto 67/2018) ▪ Decreto que busca fortalecer la evaluación formativa.
La Ley de inclusión entrega mayores recursos para fortalecer la educación: 1) Incrementa la subvención escolar preferencial en un 20% para todos los establecimientos que cuentan con SEP. 2) Se establece la categoría de alumnos preferentes para los alumnos del 3º y 4º quintil de establecimientos gratuitos que cuenten con SEP, por un monto equivalente a ½ SEP. 3) Se crea el aporte de gratuidad, que corresponde a 0,45 USE en la actualidad, para alumnos de establecimientos gratuitos, con convenio SEP vigente y cuyo sostenedor es una persona jurídica sin fines de lucro. Evaluación, Calificación y Promoción
Art 36 “Los establecimientos de enseñanza regular deberán incorporar las innovaciones y adecuaciones curriculares, de infraestructura y los materiales de apoyo necesarios para permitir y facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los cursos o niveles existentes, brindándoles los recursos adicionales que requieren para asegurar su permanencia y progreso en el sistema educacional.
Ley N° 20.422/2010. Esta ley establece normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad en Chile. Tiene como objetivo garantizar que las personas con discapacidad tengan igualdad de oportunidades y sean incluidas en la sociedad. Mientras que el Decreto 83/2015 se basa en artículos específicos de esta ley para establecer normativas y regulaciones relacionadas con la educación de personas con discapacidad.
Artículo 34.-“En el caso de la educación especial o diferencial, corresponderá al Ministerio de Educación, previa aprobación del Consejo Nacional de Educación conforme al procedimiento establecido en el artículo 53, definir criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten necesidades educativas especiales, así como criterios y orientaciones de adecuación curricular que permitan a los establecimientos educacionales planificar propuestas educativas pertinentes y de calidad para estos alumnos, sea que estudien en escuelas especiales o en establecimientos de la educación regular bajo la modalidad de educación especial en programas de integración.
Art 23 “La Educación Especial o Diferencial es la modalidad del sistema educativo que desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles, tanto en los establecimientos de educación regular como especial, proveyendo un conjunto de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad específica de aprendizaje”
Art 10 a) “en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.”
Art 3 “la educación debe propender a asegurar que todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley”
Decreto 170/2009 es reglamento de esta Ley 20.201-2007