Articulo 36

I. La formulación y aplicación de la política estatal y municipal de desarrollo urbano y vivienda;

II. La formulación de planes y programas de desarrollo urbano y vivienda estatal y municipal

III. El establecimiento de normas de diseño ecoeficientes, tecnología deconstrucción, uso y aprovechamiento de vivienda y, en general, las de desarrollo urbano estatal;

IV. El señalamiento de la proporción que debe existir entre áreas verdes y edificaciones

V. La integración de áreas verdes a inmuebles de alto valor histórico y cultural y azonas de convivencia social

Articulo 37

I. Obras y actividades destinadas a la prestación de un servicio público orgalización de actividades altamente riesgosas.

para el aprovechamiento de recursos naturales no reservados a laFederación.

II. Obras hidráulicas de competencia estatal y municipal.

III. Vías estatales y municipales de comunicación, incluidos los caminos rurales.

IV. Industrias ubicadas fuera de parques, corredores y zonas industriales.

V. Desarrollos turísticos públicos o privados.