Código municipal

Participación Ciudadana y Auditoría Social

• Ejercer los derechos ciudadanos

• Participar en actividades políticas municipales.

• Participar activa y voluntariamente en la formulación, planificación, ejecución y evaluación

• Ser informado regularmente

• Utilizar de acuerdo con su naturaleza los servicios públicos municipales y

• Acceder a los aprovechamientos comunales conforme a las normas aplicables.

• Participar en las consultas a los vecinos de conformidad con la ley.

ALCALDES COMUNITARIOS O AUXILIARES

•Alcaldías: Entidades representativas de la comunidad y vínculo de relación

•Elección: Comunidad

•Nombramiento: Alcalde Municipal

•Duración: Determinada por asamblea

•Concejo Municipal: Dos sesiones al año con alcaldes comunitarios

•Cada Municipalidad: Retribuciones para alcalde comunitario

Nuevas funciones

• Colaborar en la identificación de las necesidades locales y en la formulación de propuestas de solución a las mismas.

• Proponer lineamientos e instrumentos de coordinación en la comunidad

• Velar por la conservación, protección y desarrollo de los recursos naturales

USOS, NORMAS, COSTUMBRES

• Se reconocen, respetan y promueven alcaldías indígenas

• Formas propias de organización tradicionales

• Respeto a lugares sagrados o de importancia histórica o cultural

RESPONSABILIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL

• Ser responsable de atender desastres o calamidad

• Registro Civil (ahora pasa a RENAP)

• Dirigir el Gobierno Municipal, administrar recursos y gastos.

• Gestionar Educación primaria, Educación bilingüe y alfabetización

• Gestión ambiental

• Dirigir, inspeccionar y prestar servicios públicos municipales: agua potable, mercado, rastros, alumbrado público, basura, cementerios.

• Control sanitario de alimentos.

RENDICION DE CUENTAS

El alcalde deberá informar trimestralmente al Concejo Municipalsobre la ejecución del presupuesto, enviando copia de tales informes a la Contraloría General de Cuentas de la Nación, para su control, fiscalización, registro y asesoría.

Con base en tales informes, el Concejo Municipal decidirá los cambios y ajustes que sean pertinentes a fin de alcanzar los objetivos y metas propuestas en sus planes de trabajo.