Código municipal
Participación Ciudadana y Auditoría Social
• Ejercer los derechos ciudadanos
• Participar en actividades políticas municipales.
• Participar activa y voluntariamente en la formulación, planificación, ejecución y evaluación
• Ser informado regularmente
• Utilizar de acuerdo con su naturaleza los servicios públicos municipales y
• Acceder a los aprovechamientos comunales conforme a las normas aplicables.
• Participar en las consultas a los vecinos de conformidad con la ley.
ALCALDES COMUNITARIOS O AUXILIARES
•Alcaldías: Entidades representativas de la comunidad y vínculo de relación
•Elección: Comunidad
•Nombramiento: Alcalde Municipal
•Duración: Determinada por asamblea
•Concejo Municipal: Dos sesiones al año con alcaldes comunitarios
•Cada Municipalidad: Retribuciones para alcalde comunitario
Nuevas funciones
• Colaborar en la identificación de las necesidades locales y en la formulación de propuestas de solución a las mismas.
• Proponer lineamientos e instrumentos de coordinación en la comunidad
• Velar por la conservación, protección y desarrollo de los recursos naturales
USOS, NORMAS, COSTUMBRES
• Se reconocen, respetan y promueven alcaldías indígenas
• Formas propias de organización tradicionales
• Respeto a lugares sagrados o de importancia histórica o cultural
RESPONSABILIDADES DEL GOBIERNO MUNICIPAL
• Ser responsable de atender desastres o calamidad
• Registro Civil (ahora pasa a RENAP)
• Dirigir el Gobierno Municipal, administrar recursos y gastos.
• Gestionar Educación primaria, Educación bilingüe y alfabetización
• Gestión ambiental
• Dirigir, inspeccionar y prestar servicios públicos municipales: agua potable, mercado, rastros, alumbrado público, basura, cementerios.
• Control sanitario de alimentos.
RENDICION DE CUENTAS
El alcalde deberá informar trimestralmente al Concejo Municipalsobre la ejecución del presupuesto, enviando copia de tales informes a la Contraloría General de Cuentas de la Nación, para su control, fiscalización, registro y asesoría.
Con base en tales informes, el Concejo Municipal decidirá los cambios y ajustes que sean pertinentes a fin de alcanzar los objetivos y metas propuestas en sus planes de trabajo.