DECRETO NUMERO 1011 DE 3 ABR DEL 2006 DEL MINISTERIO DE SALUD
ARTÍCULO 4o.- COMPONENTES DEL SOGCS. Tendrá como componentes los siguientes:
1. El Sistema Único de Habilitación.
2. La Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud.
4. El Sistema de Información para la Calidad.
ARTÍCULO 2o.- DEFINICIONES: Para efectos de la aplicación del presente decreto se establecen las siguientes definiciones:
ATENCIÓN DE SALUD
AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD
CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD
CONDICIONES DE CAPACIDAD TECNOLÓGICA Y CIENTÍFICA
EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS. -EAPB
PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD.
PROFESIONAL INDEPENDIENTE.
SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTÍA DE CALIDAD DE ATENCIÓN EN SALUD DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD -SOGCS-.
UNIDAD SECTORIAL DE NORMALIZACIÓN EN SALUD.
ARTÍCULO 3o.- CARACTERÍSTICAS DEL SOGCS: Las acciones que desarrolle el SOGCS se orientarán a la mejora de los resultados de la atención en salud, centrados en el usuario (siendo la documentación o estructura un prerrequisito)
1. Accesibilidad.
2. Oportunidad.
3. Seguridad.
4. Pertinencia.
5. Continuidad