Ley 906 de 2004
Noticia Criminal
Petición de Partes
Peticion Especial
Oficio
Querella
Denuncia
¿Quienes hacen parte del proceso?
División
Intervinientes
Ministerio Publico
Representante de Victima
Sujetos procesales
Imputado
Sindicado
Acusado
Indagado
Fiscalia
Defensor
Jueces
Investigación e Indagación
Es la encargada de aportar toda prueba que
ayude a la policía judicial con el caso que se
presente luego de que la fiscalía se encargue
de organizar y coordinar el caso.
(Duración de 90 días)
Consideración previa
Esta se emplea cuando el imputado
cuenta con alguna prueba del caso
o información para aportar.
Situaciones Donde se Presenta
Preclusión
Archivo de la diligencia
Persona ausente
(Apoyo suplementario de un
tercero a la investigación)
Informe de ejecución
En esta etapa se encarga de la protección
del material probatorio encontrado con el fin
de que se cumpla el principio de mismisidad.
Sirve para hacer la cadena
de custodia.
Programa metodologico
Se empiezan a plasmar las hipótesis
del caso, según los hechos jurídicamente
relevantes.
Circunstancias modales
Salen a relucir toda circunstancia
de modo y lugar.
Actos Urgentes (art 205)
Se posee un termino de 36hrs para
aportar pruebas, si este termino se
excede queda libre el acusado.
Audiencia de legalización de captura
Se realiza para dejar en firme la captura
(Termino de 36 horas).
Audiencia de imputación de cargos
El fiscal le expresa al imputado el motivo de su
investigación y el juez de control de garantías
se encarga de verificar que los hechos jurídicos
relevantes estén bien construidos.
Audiencia de medida de aseguramiento
El juez determina que medida le coloca al acusado,
medidas privativas y no privativas de la libertad, y el
fiscal se encarga de argumentar el motivo de la decisión
de alguna de las dos medidas.
El imputado puede allanarse o
usar principio de oportunidad.
(arts 288 y 323)
Ante quien se presenta el informe
La policía judicial se lo presenta al
fiscal.
Se presenta ante policía
judicial en URI
Juicio
Audiencia de formulación de acusación (art 338 y 339)
¿Cómo inicia? Inicia con el escrito de acusación (art 336)
¿Quién lo representa? El fiscal ante el juez de conocimiento
(art 336)
¿Qué debe contener y a quien se le traslada?
Debe contener los hechos jurídicamente relevantes, los cuales
son fundamentales para el proceso y los requisitos del art 337.
Este se pasa a las partes para que argumenten como quieren
que se determine la conducta del acusado. Se debe tener en
cuenta el material probatorio, ya que este será descubierto.
¿Cuánto es el termino?
3 días (art 338)
¿Pueden haber preacuerdos?
Si y la pena se reduce hasta una tercera parte (art 352)
¿Qué es el descubrimiento de prueba?
Es en donde el defensor le solicita al juez que le ordene a la fiscalía que se muestre el material probatorio y para esto se tendrán 3 días (art 344)
Audiencia preparatoria (art 355)
Las partes (sujetos procesales e intervinientes) intervienen
para argumentar sobre el material probatorio (art 356)
¿Cuánto es el termino?
15 días, máximo 30 (art 344)
¿Se puede suspender?
Si, para apelación de la decisión o por circunstancias de fuerza mayor (art 363)
¿Qué pasa cuando se reanude?
El juez fijara hora y fecha para el juicio oral (art 365)
Juicio oral (art 366)
Juez escucha a las partes y cuando inicia comunica que se puede guardar silencio.
¿Qué pasa si se declara culpable?
Rebaja de una sexta parte, pero se debe tener en cuenta si hubo un preacuerdo para que se le aplique la misma rebaja (art 369 y 370)
Teoría del caso (art 371)
En la parte fáctica y probatoria, hecho por la fiscalía según las hipótesis que tienen frente al caso.
¿Cuánto es el termino para realizar la audiencia?
30 días (art 365)
¿Qué es la practica de la prueba?
Busca que el juez conozca el caso y estas se harán en el juicio oral y publico (arts 372, 374 y 377) se llevaran todas las que el juez haya decretado en la audiencia preparatoria.
¿Qué es la absolución perentoria? (art 442)
Se da cuando resultan atípicos los hechos en que se fundamenta la acusación y la puede formular el fiscal o el defensor.
Testigos
Se debe tener en cuenta cuando se realice con menores de 12 años (arts 383) y que pasa cuando el testigo se niegue a comparecer. Se podrán hacer interrogatorios y contrainterrogatorios.
¿Qué pasa después de esto?
Se presentan los alegatos (art 443)
Finalmente
El juez anuncia el sentido del fallo en 2 horas (art 445)
¿Qué pasas si se necesita ampliar información?
Se dan 10 días (art 447)
Luego
Se dará hora y fecha para proferir sentencia en un termino de 15 días (art 447)
Audiencia de individualización de pena y sentencia (art 446 y 447)
Se determina el tiempo de la pena o si se absuelve.
Individualización de la pena
Si se hizo un preacuerdo o se aceptaron los cargos, se pasa enseguida a esta (art 447)
¿Se pueden hacer acuerdos?
Si y se llaman estipulaciones probatorias, las cuales se hacen para aceptar como probados los hechos o algunos de ellos. (art 356)
¿Cómo se desarrolla la audiencia preparatoria?
Luego de que las partes intervienen para hacer observaciones sobre el descubrimiento del material probatorio, se hace la enunciación de los elementos materiales probatorios en orden, ya que estos se llevaran al juicio oral. Luego se dará el espacio para las estipulaciones probatorias, en donde la fiscalía le debe argumentar al juez por que lo va a llevar al juicio final. Finalmente se darán las oposiciones, en donde el defensor podrá solicitar exclusión, rechazo e inadmisibilidad, después la decisión del juez en donde mirara que material probatorio acepta de la fiscalía.
¿Qué alternativas se pueden tomar contra esto?
1. Interponer recursos de apelación y reposición o 2. allanarse o hacer preacuerdos.
Características
1. Se dice que es un acto complejo porque primeramente se presenta por escrito y seguido a eso se pasa a lo verbal en la audiencia y 2. Se reconocen a las victimas y se le da la protección a los testigos (art 340)
¿Qué sucede después de que se reconozca a las victimas?
El juez dará la fecha y hora de la audiencia preparatoria