Ley Nº 30220

Ley Nº 30220

Artículo 55.Gobierno de la universidad

Artículo 55.Gobierno de la universidad

Lo conforman

La Asamblea Universitaria.

El Consejo universitario.

El Rector.

Los Consejos de Facultad.

Los Decanos.

Artículo 56.Asamblea Universitaria

Artículo 56.Asamblea Universitaria

Órgano colegiado representante de la comunidad universitaria.

El Rector.

Los Vicerrectores.

Director de la escuela de posgrado.

Representantes de los docentes de las diversas facultades.

Representantes de los estudiantes de pregrado y posgrado.

Representantes de los graduados.

Representante de los trabajadores administrativos

Artículo 57.Atribuciones de la Asamblea Universitaria

Artículo 57.Atribuciones de la Asamblea Universitaria

Aprueba políticas de desarrollo universitario.

Declara la revocatoria y vacancia del rector y los Vicerrectores.

Acuerda la constitución, fusión, reorganización, separación y supresión.

De

Facultades.

Escuelas y unidades de posgrado.

Escuelas profesionales.

Departamentos académicos.

Centros e institutos.

Artículo 58. Consejo Universitario

Artículo 58. Consejo Universitario

Máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa.

El Rector.

Los Vicerrectores.

(1/4) del total de Decanos.

El Director de la Escuela de Posgrado.

Representantes de los estudiantes regulares.

Representante de los graduados.

Artículo 59. Atribuciones del Consejo Universitario

Artículo 59. Atribuciones del Consejo Universitario

Aprobar el presupuesto general de la universidad.

Nombrar al Director General de Administración y al Secretario General.

Conferir los grados académicos y los títulos profesionales.

Conocer y resolver todos los demás asuntos.

Ejercer el poder disciplinario.

Docentes.

Alumnos.

Personal administrativo.

Artículo 60 ,61 y 62. Rector

Artículo 60 ,61 y 62. Rector

Personero y representante legal de la universidad.

Requistos

Ser ciudadano en ejercicio.

Ser docente ordinario en la categoría de principal en el Perú.

Tener grado académico de Doctor.

No haber sido condenado por delito.

Atribuciones del Rector

Presidir el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria.

Dirigir la actividad académica de la universidad.

Refrendar los diplomas de grados académicos y títulos profesionales.

Transparentar la información económica y financiera de la universidad.

Artículo 63 y 65. Vicerrectores

Artículo 63 y 65. Vicerrectores

Las universidades cuentan con un Vicerrector Académico de manera obligatoria.

Atribuciones

Vicerrector Académico:

Dirigir y ejecutar la política general.

Atender las necesidades de capacitación permanente del personal docente.

Vicerrector de Investigación:

Dirigir y ejecutar la política general de investigación.

Supervisar las actividades de investigación.

Gestionar el financiamiento de la investigación.

Artículo 66. Elección del Rector y Vicerrectores de universidades públicas

Artículo 66. Elección del Rector y Vicerrectores de universidades públicas

Elegidos por lista única.

Elegidos por lista única.

Periodo de 5 años.

Votación.

Artículo 78. Remuneraciones y dietas

Artículo 78. Remuneraciones y dietas

No reciben dietas, ni pago
alguno por las sesiones en las que participen.

Artículo 77. Comisión Permanente de Fiscalización

Artículo 77. Comisión Permanente de Fiscalización

Órgano encargado de vigilar la
gestión académica, administrativa y económica de la universidad pública.

Artículo 76. Vacancia de las autoridades de la universidad

Artículo 76. Vacancia de las autoridades de la universidad

Causales de vacancia

Fallecimiento

Enfermedad

Renuncia expresa

Sentencia judicial

Artículo 73,74 y 75. Entidades importantes

Artículo 73,74 y 75. Entidades importantes

Secretaria general

Con su firma certifica los
documentos oficiales de la universidad.

Dirección General de Administración

Responsable de conducir los procesos de administración.

Recursos humanos

Materiales

Financieros

Tribunal de honor universitario

Emitir juicios de valor sobre toda
cuestión ética.

Artículo 72Comité Electoral Universitario de la universidad pública

Artículo 72Comité Electoral Universitario de la universidad pública

Elegido por la
Asamblea Universitaria.

Tres profesores
principales.

Tres estudiantes.

Artículo 68,69, 70 y 71. El Decano

Artículo 68,69, 70 y 71. El Decano

Máxima autoridad de gobierno de la Facultad.

Atribuciones

Presidir el Consejo de Facultad.

Dirigir administrativamente la Facultad.

Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria.

Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes y estudiantes.

Elección del Decano

Voto popular.

Obligatorio.

Secreto.

Artículo 67. El Consejo de Facultad

Artículo 67. El Consejo de Facultad

Conformado

El Decano

Representantes de los docentes

Representantes de los estudiantes regulares

Atribuciones

Aprobar los currículos y planes de estudio

Dictar el Reglamento académico de la Facultad

Proponer al consejo universitario

Contratación

Nombramientos

.Ratificación y remoción de docentes