LIBRO SOBRE OBSERVACIONES DE LOS ALUMNOS ( FICHA OBSERVADOR)
MARCO LEGAL
Observador Estudiantil:
El manual de convivencia se ajusta en su nomatividad a las disposiciones del derecho internacional, como la Declaracion Universal de los Derechos Humanos y la Declaracion Universal de los Derechos del Niño, algunos de ellos compilados en el Decreto 1075 de 2015, como: Ley 115 de 1994; Ley 1620 de 2013. Codigo de la Infancia y adolescencia y Codigo de la Policia.
OBJETO O FINALIDAD
Registrar informacion personal del estudiante que de cuenta de su personalidad para reorientar si es necesario; haciendo proceso desde la institucion con apoyo familiar.
DESCRIPCION
Esto se desarrolla a traves de la FICHA OBSERVADOR DEL ALUMNO, donde se consignan observaciones relacionadas con las competencias del estudiante como las ciudadanas, cognitivas, emocionales, afectivas, axiologicas, etc.
Al finalizar cada periodo se presentan las observaciones sobre el comportamiento escolar para constar sus fortalezas y debilidades. Tener en cuenta el lenguaje al registrar la infformacion, procurando no condenar o juzgar. El observador se entrega al acudiente cuando cancele matricula o culmine grado once.
RESPONSABILIDADES
La ficha solo es diligenciada por el director de grupo y el coordinador
PROCEDENCIA
La informacion proviene de hechos, observados, sustentados y veridicos. El director de grupo y el coordinador planean la sintesis que sera consignada en la ficha
FRECUENCIA
Por lo general, se registra luego de finalizar cada periodo y de haber garantizado el debido proceso. Las faltas leves se acumulan en otro dispositivo y solo al finalizar el periodo se sintetiza en la ficha.
METODOLOGIA
Se sugiere prudencia con el lenguaje y respetar el debido proceso del estudiante.