Los tres poderes del Estado de Guatemala
PODER EJECUTIVO
Es el responsable de la gestión diaria del Estado y provee los servicios públicos.
Función
• Elaborar y realizar planes de desarrollo.
• Proporcionar salud, educación y vivienda.
• Administrar los bienes del Estado.
• Defender la soberanía.
Integrantes
El presidente de la Republica, el Vicepresidente, 14 Ministerios, Secretarias, Gobernaciones departamentales, Dependencias y entidades públicas descentralizadas, Autónomas y semi autónomas.
Ley que lo sustenta
Ley del Organismo Ejecutivo Decreto 114-97 del Congreso de la República y leyes conexas.
PODER JUDICIAL
Esta encargado de administrar justicia, estudia las leyes creadas por el poder legislativo y con ese conocimiento juzga a quienes cometen las faltas.
Función
• Aplicación de la justicia
• Cumplimiento de las leyes.
Integrantes
La corte suprema de justicia, Tribunales de Apelaciones y otros órganos colegiados de igual categoría, como juzgados de Primera Instancia y Juzgados de paz.
Ley que lo sustenta
CAPITULO IV Organismo Judicial SECCIÓN PRIMERA Disposiciones Generales: ARTICULO 204: Condiciones esenciales de la administración de justicia. ARTICULO 205: garantías del organismo judicial: ARTICULO 206: derecho de antejuicio para magistrados y jueces.
PODER LEGISLATIVO
Está representado por el Congreso de la Republica, por tanto, es encargado de elaborar las leyes.
Función
• Elaborar, suprimir y reformar las leyes.
• Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos.
• Juramentar y dar posesión de cargos al presidente, Vicepresidente y al Presidente del Organismo Judicial.
Integrantes
Está compuesto por 158 diputados que integran el Congreso de la Republica electos por un periodo de cuatro años, aunque también tienen un presidente.
Ley que lo sustenta
• Ley orgánica del organismo legislativo, Decreto número 63-94 del Congreso de la República de Guatemala.
• Está regulado en la constitución política de la Republica.
En los artículos 141 y del 157-181: Potestad Legislativa, funcionamiento, sesiones, quorum, autorización a Diputados para desempeñar otros cargos públicos, prerrogativas, requisitos para el cargo, prohibiciones e incompatibilidades y forma de elegir su junta directiva y comisión permanente.