MANO DE OBRA DIRECTA

COSTEO DE LA MANO DEOBRA

CONCEPTOS REMUNERATIVOS

Sueldo básico

La remuneración básica es el monto pactado por la prestación de servicios brindado al empleador

pagado

semanal

quincenal

mensual

Trabajo nocturno

horario nocturno no podrá ser menor a una remuneración mínima vital
mensual, vigente a la fecha de pago, incrementada en un 35
%. En casos de que la jornada de trabajo

Es aquel que se realiza entre las 22:00 y las 06:00 h

Asignación familiar

beneficio aplicable a los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada con vínculo laboral
vigente,

El monto que el empleador debe
pagarle al empleado es equivalente al 10 % de la remuneración mínima vital

Horas extras

llamadas también trabajo en sobretiempo

El pago

dos primeras horas es del 25 %

35 % para las horas restantes

Subtopic

Gratificaciones

Fiestas Patrias y Navidad.

requisitos

Haber cumplido un mes calendario como mínimo.

• Que el trabajador se encuentre laborando en la oportunidad del beneficio.

Si no se contara con los seis meses requeridos para percibir un sueldo íntegro, se procederá al pago
proporcional de este.

Periodos comprendidos:

El primer semestre va entre el 1 de enero y el 30 de junio.

pago

hasta el 15 de julio

El segundo periodo entre el 1 de julio y el 31 de
diciembre de cada año

pago

15 de diciembre

Trabajo por pieza (incentivos)

Se remunera por la cantidad de unidades que los operarios han fabricado

garantizándoles

ganancia
mínima horaria

producción mínima

Trabajo a destajo

los pagos a los trabajadores se efectúan en razón directa de su rendimiento individual

con el objeto de evitar fallas

defectos en cada una de las
operaciones

DESCUENTOS PREVISIONALES AL TRABAJADOR

Sistema Nacional de Pensiones

(ONP)

13 %

afp

10%

de la remuneración computable

haciéndoles ganar una rentabilidad que, al jubilarse

Sistema Privado de Pensiones

por su condición de responsable de sus subordinados

APORTES DEL EMPLEADOR

ESSALUD

monto que el empleador debe pagar

es del 9 % de la remuneración computable

otorgamiento

prevención

recuperación

prestaciones económicas

rehabilitación

SENATI (Servicio Nacional de Adiestramiento en TrabajoIndustrial)

productivo y satisfactorio

profesionales

actividad industrial
manufacturera

las labores

instalación

reparación

Subtopic

LANILLA DE REMUNERACIONES

Es la contribución económica que aportan mensualmente las empresas de más de veinte trabajadores

actividad industrial manufacturera

las labores

instalación

reparación

mantenimiento

El monto de la contribución es equivalente al 0.75 % del total de las
remuneraciones