MANO DE OBRA DIRECTA
COSTEO DE LA MANO DEOBRA
CONCEPTOS REMUNERATIVOS
Sueldo básico
La remuneración básica es el monto pactado por la prestación de servicios brindado al empleador
pagado
semanal
quincenal
mensual
Trabajo nocturno
horario nocturno no podrá ser menor a una remuneración mínima vital
mensual, vigente a la fecha de pago, incrementada en un 35
%. En casos de que la jornada de trabajo
Es aquel que se realiza entre las 22:00 y las 06:00 h
Asignación familiar
beneficio aplicable a los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada con vínculo laboral
vigente,
El monto que el empleador debe
pagarle al empleado es equivalente al 10 % de la remuneración mínima vital
Horas extras
llamadas también trabajo en sobretiempo
El pago
dos primeras horas es del 25 %
35 % para las horas restantes
Subtopic
Gratificaciones
Fiestas Patrias y Navidad.
requisitos
Haber cumplido un mes calendario como mínimo.
• Que el trabajador se encuentre laborando en la oportunidad del beneficio.
Si no se contara con los seis meses requeridos para percibir un sueldo íntegro, se procederá al pago
proporcional de este.
Periodos comprendidos:
El primer semestre va entre el 1 de enero y el 30 de junio.
pago
hasta el 15 de julio
El segundo periodo entre el 1 de julio y el 31 de
diciembre de cada año
pago
15 de diciembre
Trabajo por pieza (incentivos)
Se remunera por la cantidad de unidades que los operarios han fabricado
garantizándoles
ganancia
mínima horaria
producción mínima
Trabajo a destajo
los pagos a los trabajadores se efectúan en razón directa de su rendimiento individual
con el objeto de evitar fallas
defectos en cada una de las
operaciones
DESCUENTOS PREVISIONALES AL TRABAJADOR
Sistema Nacional de Pensiones
(ONP)
13 %
afp
10%
de la remuneración computable
haciéndoles ganar una rentabilidad que, al jubilarse
Sistema Privado de Pensiones
por su condición de responsable de sus subordinados
APORTES DEL EMPLEADOR
ESSALUD
monto que el empleador debe pagar
es del 9 % de la remuneración computable
otorgamiento
prevención
recuperación
prestaciones económicas
rehabilitación
SENATI (Servicio Nacional de Adiestramiento en TrabajoIndustrial)
productivo y satisfactorio
profesionales
actividad industrial
manufacturera
las labores
instalación
reparación
Subtopic
LANILLA DE REMUNERACIONES
Es la contribución económica que aportan mensualmente las empresas de más de veinte trabajadores
actividad industrial manufacturera
las labores
instalación
reparación
mantenimiento
El monto de la contribución es equivalente al 0.75 % del total de las
remuneraciones