CAPÍTULO V: DE LOS FACILITADORES, COMPETENCIAS A EVALUAR Y

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CAPÍTULO V: DE LOS FACILITADORES, COMPETENCIAS A EVALUAR Y   PROYECTO FINAL DE LA PRACTICA PROFESIONAL (PASANTIA).   ARTÍCULO 16: El facilitador de práctica Profesional (Pasantía) es un docente del   personal académico de la carrera a la que pertenece el pasante, que será   seleccionado por la Unidad de Pasantía, o Encargado de la Unidad de Pasantía en   los recintos, en coordinación con la Dirección de la Escuela o Coordinación de   10   Escuela y con la aprobación de la Vicerrectoría de Extensión, Servicios a los   Participantes y Relaciones Internacionales.   ARTÍCULO 17: Son responsabilidades del facilitador de la Práctica Profesional   (Pasantía):   a) Orientar a los participantes sobre el proceso de Práctica Profesional   (Pasantía) en los encuentros presenciales definidos.   b) Cumplir el cronograma de encuentros y otras actividades programadas por   La Unidad de Pasantía.   c) Canalizar con la Unidad de Pasantía cualquier novedad o irregularidad que   afecte al pasante en el cumplimiento del programa de pasantía.   d) Dar seguimiento al cumplimiento de la Práctica Profesional (Pasantía) al   pasante con el Supervisor o con el Departamento de Gestión Humana de la   Empresa o Institución en que la estén realizando.   e) Recibir del pasante la certificación y el formulario de evaluación, firmado y   sellado por la empresa o institución.   f) Evaluar la participación en los espacios de reflexión y la producción escrita   de los participantes del grupo.   g) Unificar en el acta de calificación final, la evaluación enviada por la empresa   o institución y la realizada por el facilitador, para entregarla junto a la carta y   formulario de evaluación de la Práctica Profesional (Pasantía) a la Unidad de   Pasantía para remitirlo a Registro.   h) Remite a la Unidad de Pasantía un informe de seguimiento al finalizar el   proceso.   ARTÍCULO 18: La Unidad de Pasantía dará seguimiento a los procedimientos   establecidos, a través de informes de los facilitadores que están impartiendo la   Práctica Profesional (Pasantía) y otros controles que se establezcan.   ARTÍCULO 19: La evaluación de la Práctica Profesional (Pasantía) es un proceso   continuo y sistemático de seguimiento, valoración y medición a que se somete el   11   participante, para comprobar los niveles de desarrollo de las competencias   cognitivas, procedimentales y actitudinales en casos concretos del campo laboral.   ARTÍCULO 20: La empresa o institución receptora evaluará las competencias   cognitivas, procedimentales, actitudinales y valores en base a un instrumento de   evaluación remitido por la Unidad de Pasantía.   ARTÍCULO 21: Las competencias cognitivas a evaluar en la Práctica Profesional   (Pasantía) son:   a) Capacidad para tomar decisiones.   b) Capacidad para analizar situaciones y presentar soluciones.   c) Dominio de los procesos que realiza.   d) Evidencia conocimientos esenciales de su área de trabajo.   e) Demuestra comprensión y determinación en aprender.   ARTÍCULO 22: Las competencias procedimentales a evaluar en la Pasantía son:   a) Realiza sus funciones con seguridad y rapidez.   b) Aplica los procesos correspondientes al realizar sus funciones.   c) Muestra originalidad y creatividad en el desempeño de sus funciones.   d) Cumple con eficiencia y eficacia las metas y objetivos encomendados en   el puesto de trabajo.   e) Cumple con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.   f) Muestra organización y aplica procesos con eficiencia y eficacia.   g) Realiza sus actividades con precisión.   h) Cumple con las políticas y normativas organizacionales.   ARTÍCULO 23: Las competencias actitudinales y valores, referidas al   comportamiento de los pasantes en el cumplimiento de las obligaciones y   compromisos que deben asumir durante el desarrollo de la Pasantía son:   12   a) Mantiene buenas relaciones humanas.   b) Demuestra autocontrol y madurez emocional.   c) Utiliza normas de cortesías con los demás.   d) Se comunica asertivamente.   e) Trabaja en equipo y en colaboración con los demás.   f) Muestra responsabilidad en la realización de sus tareas.   g) Demuestra iniciativa en el trabajo.   h) Manifiesta disposición de aprender.   i) Cumple puntualmente con sus horarios y tareas.   j) Mantiene una imagen personal adecuada.   ARTÍCULO 24: Al final de la Práctica Profesional (Pasantía), los pasantes deberán   presentar y entregar un proyecto o informe final que deberá contener los siguientes   requisitos:   a) Nombre de la Empresa o Institución.   b) Misión, visión y valores de la empresa o institución.   c) Organigrama del área o departamento en el cual hizo la Práctica Profesional   (Pasantía).   d) Funciones realizadas.   e) Experiencia de las actividades realizadas.   f) Sugerencias o recomendaciones de mejoras que entiende pudieran   implementarse en el área que ocupó.   g) Certificación y evaluación de la Práctica Profesional (Pasantía), firmada y sellada   por el Supervisor o por el Departamento de Gestión Humana de la empresa o   institución.   ARTÍCULO 25: La calificación final será distribuida de la siguiente forma:   13   a) El supervisor de la empresa o institución evaluará las competencias   especificadas en el formulario de evaluación de la Práctica Profesional   (Pasantía) en base a sesenta (60) puntos.   b) El facilitador de la Práctica Profesional (Pasantía) evaluará la   participación en los espacios de reflexión y la producción escrita en base   a cuarenta (40) puntos.   ARTÍCULO 26: La calificación mínima para aprobar la Práctica Profesional   (Pasantía) será de 70 puntos a nivel de grado.   CAPÍTULO VI: DE LA ACREDITACIÓN DE LA PRACTICA PROFESIONAL   (PASANTÍA).   ARTÍCULO 27: El participante que está laborando podrá solicitar la acreditación de   la Práctica Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional en el área del   programa que cursa, siempre y cuando sea un trabajador que se desempeña en un   cargo o puesto de trabajo en el área de competencia de su carrera en una empresa   o institución o en su propio negocio.   ARTÍCULO 28: Todo participante que desee la acreditación de la Práctica   Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional debe solicitarla por escrito a la   Unidad de Pasantía, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:   a) Tener un tiempo mínimo de un año prestando servicio continuo en la   empresa o institución y seis meses desempeñándose en el cargo   relacionado con su carrera.   b) Las funciones y tareas que realiza deben estar en correspondencia con   el perfil del programa en el cual está inscrito.   c) Debe entregar una descripción o perfil del puesto, certificada por la   Gerencia o Departamento de Gestión Humana.   14   d) Debe presentar una certificación laboral del Departamento de Gestión   Humana o del Superior inmediato que indique su cargo o puesto de   trabajo y el tiempo que tiene en esa posición.   e) En caso de que el pasante sea propietario y realice funciones gerenciales   en su empresa o institución relacionada con su carrera, deberá presentar   un acto notarial donde indique las funciones y tareas que realiza en la   dependencia y el tiempo que tiene en esa posición.   PÁRRAFO I: Posterior a la recepción de la solicitud de la acreditación por   experiencia ocupacional y las evidencias antes citadas, la Unidad de Pasantía, en   coordinación de la Vicerrectoría de Extensión, Servicios a los Participantes y   Relaciones Internacionales y Director/a de la Escuela en la SEDE, evaluarán la   autenticidad de los requisitos presentados por el solicitante y aprobaran o   rechazaran dicha solicitud. En los Recintos esta evaluación la realizaran la   Encargado/a de la Unidad de Pasantía, el/la Coordinador/a de la Escuela y la   Encargado de Extensión, Servicios a los Participantes y Relaciones   Interinstitucionales.   PÁRRAFO II: En caso de aprobación de la solicitud de acreditación de la Práctica   Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional, el comité asignará la   calificación correspondiente y la remitirá a Registro junto a la documentación que   avala la misma.   PARRAFO III: El participante deberá pagar el costo de la acreditación de la   Práctica Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional establecido por la   Rectoría.   PÁRRAFO IV: De no ser aprobada la solicitud de acreditación por experiencia   ocupacional el participante deberá iniciar el proceso de la práctica profesional   (pasantía), según los lineamientos del presente Reglamento.   15   CAPITULO VII: DE LAS CONSECUENCIAS DEL NO CUMPLIMIENTO   ARTÍCULO 30: Todo incumplimiento por parte de un pasante de cualquiera de las   responsabilidades expresas de este reglamento, conlleva consecuencias   disciplinarias en base a las sanciones que se indican a continuación:   a) Suspensión temporal del programa hasta que el pasante se comprometa   a no repetir las faltas que se le imputan.   b) Reprobación del programa de la Práctica Profesional (Pasantía), para   que el pasante en falta tenga que iniciarlo de nuevo.   c) En caso de cambio de empresa o institución, no se reconocerá el tiempo   en el anterior.   d) Aplicación de las sanciones disciplinarias contempladas en el   Reglamento de Participantes, si fuere necesario.

PROYECTO FINAL DE LA PRACTICA PROFESIONAL (PASANTIA).

ARTÍCULO 16: El facilitador de práctica Profesional (Pasantía) es un docente del

personal académico de la carrera a la que pertenece el pasante, que será

seleccionado por la Unidad de Pasantía, o Encargado de la Unidad de Pasantía en

los recintos, en coordinación con la Dirección de la Escuela o Coordinación de

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Escuela y con la aprobación de la Vicerrectoría de Extensión, Servicios a los

Participantes y Relaciones Internacionales.

ARTÍCULO 17: Son responsabilidades del facilitador de la Práctica Profesional

(Pasantía):

a) Orientar a los participantes sobre el proceso de Práctica Profesional

(Pasantía) en los encuentros presenciales definidos.

b) Cumplir el cronograma de encuentros y otras actividades programadas por

La Unidad de Pasantía.

c) Canalizar con la Unidad de Pasantía cualquier novedad o irregularidad que

afecte al pasante en el cumplimiento del programa de pasantía.

d) Dar seguimiento al cumplimiento de la Práctica Profesional (Pasantía) al

pasante con el Supervisor o con el Departamento de Gestión Humana de la

Empresa o Institución en que la estén realizando.

e) Recibir del pasante la certificación y el formulario de evaluación, firmado y

sellado por la empresa o institución.

f) Evaluar la participación en los espacios de reflexión y la producción escrita

de los participantes del grupo.

g) Unificar en el acta de calificación final, la evaluación enviada por la empresa

o institución y la realizada por el facilitador, para entregarla junto a la carta y

formulario de evaluación de la Práctica Profesional (Pasantía) a la Unidad de

Pasantía para remitirlo a Registro.

h) Remite a la Unidad de Pasantía un informe de seguimiento al finalizar el

proceso.

ARTÍCULO 18: La Unidad de Pasantía dará seguimiento a los procedimientos

establecidos, a través de informes de los facilitadores que están impartiendo la

Práctica Profesional (Pasantía) y otros controles que se establezcan.

ARTÍCULO 19: La evaluación de la Práctica Profesional (Pasantía) es un proceso

continuo y sistemático de seguimiento, valoración y medición a que se somete el

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participante, para comprobar los niveles de desarrollo de las competencias

cognitivas, procedimentales y actitudinales en casos concretos del campo laboral.

ARTÍCULO 20: La empresa o institución receptora evaluará las competencias

cognitivas, procedimentales, actitudinales y valores en base a un instrumento de

evaluación remitido por la Unidad de Pasantía.

ARTÍCULO 21: Las competencias cognitivas a evaluar en la Práctica Profesional

(Pasantía) son:

a) Capacidad para tomar decisiones.

b) Capacidad para analizar situaciones y presentar soluciones.

c) Dominio de los procesos que realiza.

d) Evidencia conocimientos esenciales de su área de trabajo.

e) Demuestra comprensión y determinación en aprender.

ARTÍCULO 22: Las competencias procedimentales a evaluar en la Pasantía son:

a) Realiza sus funciones con seguridad y rapidez.

b) Aplica los procesos correspondientes al realizar sus funciones.

c) Muestra originalidad y creatividad en el desempeño de sus funciones.

d) Cumple con eficiencia y eficacia las metas y objetivos encomendados en

el puesto de trabajo.

e) Cumple con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.

f) Muestra organización y aplica procesos con eficiencia y eficacia.

g) Realiza sus actividades con precisión.

h) Cumple con las políticas y normativas organizacionales.

ARTÍCULO 23: Las competencias actitudinales y valores, referidas al

comportamiento de los pasantes en el cumplimiento de las obligaciones y

compromisos que deben asumir durante el desarrollo de la Pasantía son:

12

a) Mantiene buenas relaciones humanas.

b) Demuestra autocontrol y madurez emocional.

c) Utiliza normas de cortesías con los demás.

d) Se comunica asertivamente.

e) Trabaja en equipo y en colaboración con los demás.

f) Muestra responsabilidad en la realización de sus tareas.

g) Demuestra iniciativa en el trabajo.

h) Manifiesta disposición de aprender.

i) Cumple puntualmente con sus horarios y tareas.

j) Mantiene una imagen personal adecuada.

ARTÍCULO 24: Al final de la Práctica Profesional (Pasantía), los pasantes deberán

presentar y entregar un proyecto o informe final que deberá contener los siguientes

requisitos:

a) Nombre de la Empresa o Institución.

b) Misión, visión y valores de la empresa o institución.

Topic principal

c) Organigrama del área o departamento en el cual hizo la Práctica Profesional

(Pasantía).

d) Funciones realizadas.

e) Experiencia de las actividades realizadas.

f) Sugerencias o recomendaciones de mejoras que entiende pudieran

implementarse en el área que ocupó.

g) Certificación y evaluación de la Práctica Profesional (Pasantía), firmada y sellada

por el Supervisor o por el Departamento de Gestión Humana de la empresa o

institución.

ARTÍCULO 25: La calificación final será distribuida de la siguiente forma:

13

a) El supervisor de la empresa o institución evaluará las competencias

especificadas en el formulario de evaluación de la Práctica Profesional

(Pasantía) en base a sesenta (60) puntos.

b) El facilitador de la Práctica Profesional (Pasantía) evaluará la

participación en los espacios de reflexión y la producción escrita en base

a cuarenta (40) puntos.

ARTÍCULO 26: La calificación mínima para aprobar la Práctica Profesional

(Pasantía) será de 70 puntos a nivel de grado.

CAPÍTULO VI: DE LA ACREDITACIÓN DE LA PRACTICA PROFESIONAL

(PASANTÍA).

ARTÍCULO 27: El participante que está laborando podrá solicitar la acreditación de

la Práctica Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional en el área del

programa que cursa, siempre y cuando sea un trabajador que se desempeña en un

cargo o puesto de trabajo en el área de competencia de su carrera en una empresa

o institución o en su propio negocio.

ARTÍCULO 28: Todo participante que desee la acreditación de la Práctica

Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional debe solicitarla por escrito a la

Unidad de Pasantía, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

a) Tener un tiempo mínimo de un año prestando servicio continuo en la

empresa o institución y seis meses desempeñándose en el cargo

relacionado con su carrera.

b) Las funciones y tareas que realiza deben estar en correspondencia con

el perfil del programa en el cual está inscrito.

c) Debe entregar una descripción o perfil del puesto, certificada por la

Gerencia o Departamento de Gestión Humana.

14

d) Debe presentar una certificación laboral del Departamento de Gestión

Humana o del Superior inmediato que indique su cargo o puesto de

trabajo y el tiempo que tiene en esa posición.

e) En caso de que el pasante sea propietario y realice funciones gerenciales

en su empresa o institución relacionada con su carrera, deberá presentar

un acto notarial donde indique las funciones y tareas que realiza en la

dependencia y el tiempo que tiene en esa posición.

PÁRRAFO I: Posterior a la recepción de la solicitud de la acreditación por

experiencia ocupacional y las evidencias antes citadas, la Unidad de Pasantía, en

coordinación de la Vicerrectoría de Extensión, Servicios a los Participantes y

Relaciones Internacionales y Director/a de la Escuela en la SEDE, evaluarán la

autenticidad de los requisitos presentados por el solicitante y aprobaran o

rechazaran dicha solicitud. En los Recintos esta evaluación la realizaran la

Encargado/a de la Unidad de Pasantía, el/la Coordinador/a de la Escuela y la

Encargado de Extensión, Servicios a los Participantes y Relaciones

Interinstitucionales.

PÁRRAFO II: En caso de aprobación de la solicitud de acreditación de la Práctica

Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional, el comité asignará la

calificación correspondiente y la remitirá a Registro junto a la documentación que

avala la misma.

PARRAFO III: El participante deberá pagar el costo de la acreditación de la

Práctica Profesional (Pasantía) por experiencia ocupacional establecido por la

Rectoría.

PÁRRAFO IV: De no ser aprobada la solicitud de acreditación por experiencia

ocupacional el participante deberá iniciar el proceso de la práctica profesional

(pasantía), según los lineamientos del presente Reglamento.

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CAPITULO VII: DE LAS CONSECUENCIAS DEL NO CUMPLIMIENTO

ARTÍCULO 30: Todo incumplimiento por parte de un pasante de cualquiera de las

responsabilidades expresas de este reglamento, conlleva consecuencias

disciplinarias en base a las sanciones que se indican a continuación:

a) Suspensión temporal del programa hasta que el pasante se comprometa

a no repetir las faltas que se le imputan.

b) Reprobación del programa de la Práctica Profesional (Pasantía), para

que el pasante en falta tenga que iniciarlo de nuevo.

c) En caso de cambio de empresa o institución, no se reconocerá el tiempo

en el anterior.

d) Aplicación de las sanciones disciplinarias contempladas en el

Reglamento de Participantes, si fuere necesario.