CIRCUITO JUDICIAL PENAL ORGANIZACIÓN (Art. 505 COPP)
En toda Circunscripción Judicial funcionará una organización jurisdiccional y administrativa
Integrada por los
Jueces y Juezas penales con competencia en todo el territorio del Estado o en uno o más municipios del mismo, denominado Circuito Judicial Penal.
Formado por:
Una Corte de Apelaciones
Integrada por
Al menos por una Sala de tres Jueces o Juezas.
Un Tribunal de 1ra Instancia por Jueces y Juezas que ejercerán las funciones de Control, de Juicio y de Ejecución de Sentencia.
Tribunales de 1ra Instancia en funciones de Control, conocerán en el ámbito Municipal y Estadal de acuerdo a las previsiones de competencia establecidas en el COPP art. 505.
Su organización y funcionamiento se establecerán mediante Resolución que dicte el Tribunal Supremo de Justicia. (COPP art. 505)
El Tribunal Supremo de Justicia
velará para que en cada Cicuito Judicial Penal exista
un sistema de turnos de manera que al menos un Juez o Jueza de Control se encuentre en disponibilidad inmediata para el caso de ser requerido a los fines de atender asuntos de extrema necesidad y urgencia que no puedan esperar el horario normal.