Modalidades de Adquisición del Estado

Expropiación por utilidad publica

La expropiación por causa de utilidad pública es el acto de autoridad por el cual el Estado priva a los particulares de sus bienes para el cumplimiento de un fin de interés público.

Tiene su fundamento en el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: "las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización"

Integran la Expropiación los sujetos, el objeto, fin de la expropiación, el procedimiento y la indemnización por esta acción.

Requisición

Procedimiento que permite a la administración constreñir mediante indemnización a los particulares a concederle sus servicios, el uso de muebles o de inmuebles, la propiedad de cosas muebles.

Ahora bien,En México, la requisición no es una sola, sino que adquiere diversas formas; la más explícita de ellas es la contenida en el
último párrafo del artículo 16 de la Constitución, que señala “En tiempo de guerra los militares podrán exigir alojamiento, bagajes, alimentos y otras prestaciones, en los términos que establezca la ley marcial correspondiente”.

Asimismo, se considera que el artículo 29 de la Constitución,
al posibilitar la suspensión de derechos y garantías constitucionales, concede un margen suficiente para el ejercicio de la
requisición por parte del Estado.

Decomiso

El decomiso consiste en que la autoridad competente hace propia una mercancía prohibida, utilizada para fines ilícitos u objeto de tráfico ilegal.

El decomiso podría suponer la privación de su propiedad a una persona que haya accedido a ella legítimamente. En este caso el perjudicado podrá reclamar una indemnización. Generalmente corresponde a la sentencia estimatoria de una demanda de decomiso identificar a los perjudicados y fijar las indemnizaciones procedentes.

Confiscación

La confiscación, es el acto de incautar o privar de las posesiones o bienes sin compensación, pasando ellas al erario público.

No se considerará confiscación la aplicación de bienes de una persona
cuando sea decretada para el pago de multas o impuestos, ni cuando la decrete la autoridad judicial para el pago de responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la autoridad judicial de los bienes en caso de enriquecimiento ilícito en los términos del artículo 109

Nacionalización

La nacionalización es el proceso mediante el cual el Estado pasa a ser propietario o controlador de bienes o actividades que hasta la fecha pertenecían al sector privado.