NEGOCIACIÓN COLECTIVA ART 467 C.T.S
Se presenta un pliego de peticiones , dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de la asamblea
ARREGLO DIRECTO
20 Días calendario, si no llegan a un acuerdo se prorroga 20 días mas
Si hay acuerdo total, se firma un contrato llamado convención colectiva , la cual es depositada en el Ministerio de trabajo
SI NO HAY ACUERDO
FORMAS ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTO
TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO
Mecanismo alternativo donde las partes nombra cada uno un arbitro y entre ellas se ponen de acuerdo para nombrar el tercer arbitro , de no existir acuerdo , este sera designado por el Ministerio de Trabajo por medio de un sorteo
laudo arbitral
Si no es impugnado se convierte en la nueva convención colectiva que rige a los empleadores y trabajadores
HUELGA
Si el sindicato es mayoritario , sera la asamblea de afiliados al sindicato , quien tome la decisión de aprobarla con un corúm de la mitad mas 1
Si el sindicato es minoritario deberá ser votada por la totalidad de trabajadores de la empresa
APROBADA
esta se inicia dentro de los 2 a 10 días siguientes a la asamblea .Puede durar 60 días calendario
suspensión de actividades, no perviven salarios durante ese periodo
si no
El empleador al recibir el pliego de peticiones tiene 24 horas para reunirse con los negociadores , en todo caso 5 días para iniciar el proceso de negociación
Procedimiento a través por el cual uno o mas empleadores se relacionan con una o mas organizaciones sindicales, manera de establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado y se protege por el articulo 55 de la constitución política.
TIPOS DE NEGOCIACIÓN
CONVENCIÓN COLECTIVA
Se tramita para logar acuerdos en los contratos laborales
Pacto colectivo
se realiza para lograr acuerdos entre el empleador y trabajador
Contrato sindical
se desarrolla para ejecutar una obra o servicio por medio de los trabajadores que pertenecen a un sindicato