OPERSACIONES MILITARES EN EL AMBITO INTERNO

NORMAS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

Guia en las acciones de FF.AA y la PN durante situaciones de control y/o restablecimiento del orden público.

Sistema Interoamericana de DDHH

Sistema Universal de los DDHH

Otras fuentes relevantes

MARCO NORMATIVO INTERNO ECUATORIANO

Normas Constitucionales

ART. 417: Normas internacionales sujetadas a la Constitución

ART.424: Constitución y las normas internacionales prevalecen sobre cualquier otra norma jurídica

Funciones de FF.AA de acuerdo al marco Constitucional vigente

ART. 393 El Estado garantizará la seguridad humana, la Política de la Defensa establece 4 misiones fundamentales para FF.AA

Misiones

Defensa de la soberanía e integridad territorial

Apoyar a las Instituciones del Estado

Apoyo al Desarrollo Nacional en el Ámbito de la Defensa

Contribuir a la paz regional y mundial

PROHIBICION DE LA TORTURA

CONST. ART 66

Derecho a la integridad personal.

COIP ART. 119

Torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes.

COIP ART 16

Infracciones contra un estado son imprescriptibles.

COIP 151

7 a 10 años de cárcel para quién torture u ordene la tortura a otro ser humano.

CONST 164

El presidente podrá declarar el estado de excepción.

CONST 166

Servidores Públicos responsables por abusos cometidos en el estado de excepcion

ESTADO DE EXCEPCION

Duración máxima de 60 días y con posibilidad de prolongarse 30 días mas

CONST ART 165

Suspender o Limitar Derechos

Inviolabilidad de domicilio

Inviolabilidad de correspondencia

Libertad de tránsito

Libertad de asociación y reunión

Libertad de información

LSPE ART 28

No se podrán cometer arbitrariedades

LSPE ART 33

Abuso de poder será sancionado administrativa, civil y penal

LSPE ART 35

Apoyo de FF.AA a la PN, mantenimiento del orden público

INTERVENCION DE LAS FF.AA PARA EL CONTROL DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS

Por su trascendencia y magnitud tiene decisiva influencia económica, social, política o ambiental

LEY DE LA SEGURIDAD PÚBLICA

ART 42, ART 43 designa a FF.AA el control de sectores estratégicos

Son sectores estratégicos industriales de defensa, seguridad interna, investigación científica para fines de defensa.

Decreto Ejecutivo 433

Espacios geográficos baj0 control de FF.AA

RESPONSABILIDAD DE FF.AA

La actuación bajo ordenes de superiores no eximirá de la responsabilidad penal correspondiente.

CONST. ART 159

FF.AA Y PN son obedientes y no deliberantes, responsables por las órdenes que impartan, no exime de responsabilidad a quienes las ejecuten.

COIP

ART. 282 Persona que incumpla órdenes legales será sancionada con pena privativa de libertad. ART.294 sanción a miembros de FF.AA y PN que pongan en peligro la seguridad. ART 343 insubordinación. ART 344 Servidor de FF.AA y PN que deje de emprender o cumplir su misión, será sancionado con pena privativa de libertad de 1 a 3 años

LEGÍTIMA DEFENSA

Casos del COIP tipifica no existencia de infracción penal

ART. 30. Justificación por legítima Defensa

ART. 32. Estado de necesidad cuando la persona con el fin de evitar un daño mayor agreda o cause lesión a otra

ART. 33 Legítima Defensa

DELITO FLAGRANTE

ART 527

Persona que comete un delito en presencia de una o más personas o se descubre inmediatamente su comisión, siempre que existe persecución ininterrumpida desde el momento de la supuesta comisión hasta la aprehensión

TIPOS DE OPERACIONES MILITARES

Protección en el área e infraestructura estratégica

Seguridad y control marítimo

Apoyo a la PN

Apoyo a la gestión de riesgos

Operaciones de control de armas

USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA EN EL MARCO DE DD.HH

Intervención para cesar un hecho contrario a la ley

FF.AA pueden recurrir a la fuerza cuando todos los demás medios resulten ineficaces

DDHH Y USO DE LA FUERZA

Los derechos y garantías establecidos en la Constitución serán aplicados a cualquier servidor

-Reuniones y manifestaciones. -Disturbios internos y otras situaciones de violencia en el ámbito interno. - Consecuencias prácticas. - Uso de la fuerza en el marco de DD.HH.

PRINCIPIOS GENERALES PARA EL USO RACIONAL DE LA FUERZA

Legalidad

Medios y métodos basados en normas legales.

Necesidad

Uso de la fuerza necesario cuando otros medios resulten ineficaces.

Proporcionalidad

Equilibrio existente entre la gravedad de la amenaza con el nivel de la fuerza a emplearse por miembros de FF.AA

FLAGRANCIA

Policía Nacional = Detener

FF.AA = Aprender

COIP ART 480

Allanamiento de vivienda en persecución ininterrumpida

COIP ART 526

Definición de delito flagrante.

Situaciones de Flagrancia

- Persona sorprendida al cometer un delito, después de persecución ininterrumpida. - Persona sorprendida y detenida a cometer un delito. - Persona se encuentre con indicios o instrumentos de haber cometido un delito.

USO PROGRESIVO Y DIFERENCIADO DE LA FUERZA

- Medios no violentos -Fuerza bajo necesidad en legítima defensa. - Uso de la fuerza bajo proporcionalidad. - Reducir daños y lesiones. - Disponer de medios que permitan uso diferenciado de la fuerza. - Utilizar la fuerza con moderación.

Casos para utilizar la fuerza

- Defensa propia o de terceros bajo amenaza de muerte o lesión grave. - Propósito de evitar un delito que amenace la vida. - Detener a una persona que presente peligro o se resista a la autoridad.