Artículo 28°-CP: Derechos colectivos del trabajador.
El permiso y la licencia para el desempeño de cargos sindicales.
formar un sindicato
registrado ante la Autoridad Administrativa del Trabajo
Personalidad jurídica
Libertad para afiliarse a los sindicatos de manera voluntaria
No está condicionado al empleo de un trabajador
Mínimo 20 trabajadores
Topic principal
Topic principal
Topic principal
La sanción disciplinaria.
Facultad de empleador de aplicar sanción disciplianria
Incumplido una dispocisión institucional
exigiendo así un requisito de tipicidad, ligado al principio de legalidad.
Suspención perfeccta de labores
El ejercicio del derecho a la huelga.
El Estado reconoce los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrático
Regula el derecho a la huelga
Uriarte, O.(1996)La huelga es o puede ser un medio de acción sindical o gremial, un conflicto colectivo de trabajo, y una forma de solucionar el conflicto".
Omisión de trabajar, continua o interrumpida.
Voluntad de reclamo o protesta.
Carácter colectivo del acto.
Meals
dinner
Bread, milk, coffee, cheese, avocado, Quinua, oatmet, eggs
Breakfast
Bread, milk, coffee, cheese, avocado, Quinua, oatmet, eggs
lunch
Potatoes, chicken, rice, noddle, pasta, beans, soup