CIRCULAR DE CRÉDITOS

INFORME COMERCIAL

La información contenida en el presente anexo, tiene carácter de Declaración Jurada, y está sujeta a lo
dispuesto en el artículo 247º del Código Penal y el artículo 179° de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº
26702 y sus normas modificatorias.

I. DATOS DEL DEUDOR

II. DATOS DE LOS ACCIONISTAS

III DATOS DEL DIRECTORIO

IV DATOS DE LA GERENCIA Y EJECUTIVOS PRINCIPALES (*)

V. PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL DE II, III, IV EN OTRAS ENTIDADES

VI. CARGOS DE II, III Y IV EN OTRAS ENTIDADES

VII. ACTIVIDAD

VIII. PRINCIPALES PROVEEDORES

IX. PRINCIPALES CLIENTES

DOCUMENTACIÓN MÍNIMA QUE DEBE CONTENER EL EXPEDIENTE DE DEUDORES

En lo que sea pertinente, la información contenida en el presente anexo, tiene carácter de Declaración
Jurada, y está sujeta a lo dispuesto en el artículo 247º del Decreto Legislativo Nº 635 - Código Penal, y
artículo 179° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias.

INFORMACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA DE LOS DEUDORES

1. Estados Financieros:
- Balance General,
- Estado de Ganancias y Pérdidas
- Estados de Cambios en el Patrimonio Neto
- Estado de Flujo de efectivo

2. Flujo de caja operativo y proyectado

3. la evaluación económico -
financiera consolidada.

4. Análisis y comentarios de los principales indicadores económicos y financieros:
a) Liquidez,
b) Solvencia,
c) Rentabilidad,
d) Endeudamiento o Apalancamiento Financiero,
e) Ciclo Financiero

5. se deberá registrar el ingreso promedio
mensual del deudor o garante.

6. Para el otorgamiento de préstamos a mediano y largo plazo, se deberá contar con
información referida a la evaluación económico- financiera del proyecto a financiarse.

II. INFORMES SOBRE LA POSICIÓN DEL CLIENTE EN SU MONEDA DE ORIGEN

1. Detalle de sus obligaciones por tipo de crédito y moneda, garantías constituidas, y las
provisiones acumuladas, al cierre de cada mes.
2. Evolución de los créditos u operaciones concedidas.
3. Posición del deudor en el sistema financiero.
4. Identificación de las refinanciaciones y reestructuraciones efectuadas, así como de las
modificaciones contractuales que no representan refinanciación con indicación del saldo
del principal e intereses y comisiones.
5. De encontrarse la empresa en INDECOPI deberá mantenerse un informe del seguimiento
de la situación del proceso de reestructuración.

III. GARANTÍAS Y SEGUROS

Las garantías son complementarias al proceso crediticio y constituyen la cobertura del riesgo,
por lo que el control de las mismas debe mantenerse actualizado y coincidente con los registros
contables y legales correspondientes, incluyendo el contrato de compra venta para los créditos
con recursos del Fondo Mi Vivienda.

IV. INFORMES REFERIDOS A OPERACIONES DE CRÉDITO

1. Reporte de propuesta, aprobación o ratificación del crédito u operación con las firmas
autorizadas.

2. De donde provienen los fondos
para otorgar el financiamiento.

3. Información de la cadena productiva en la que participa, evaluación y calificación del
proyecto.

4. Informes permanentes de seguimiento, cuya periodicidad deberá ser establecida por la
empresa, de acuerdo a las políticas establecidas, que evidencien, entre otros aspectos.

5. Evaluación y clasificación del deudor debidamente sustentada con los criterios
establecidos en la normativa emitida por esta Superintendencia.

V. CORRESPONDENCIA

El expediente del deudor deberá contener copia de las comunicaciones cursadas entre la
empresa supervisada y el deudor, así como aquella referida a la correspondencia interna de la
empresa, generada en los negocios realizados con el deudor conservando el orden cronológico.