Proceso de seleccion de concursos de meritos

CONVOCATORIA Y DIVULGACION

Se refiere al proceso de creación y estructuración de la Convocatoria y de la difusión de la misma a través de distintos canales y medios para poder asegurar la publicidad necesaria para convocar al mayor publico.

INCRIPCION

La Comisión Nacional del Servicio Civil es la encargada
de estipular la información sobre las fechas de inicio y
terminación de la etapa de inscripción.

PREINSCRIPCION: El aspirante elige en la oferta publica de empleo de carrera, el empleo al que desea aspirar, en la que deposita toda su información personal y profesional.

INCRIPCION: Pasada la etapa anterior y liego de haber pagado los derechos de participación de confirma la inscripción.

VERIFICACION DE REQUISITITOS MINIMOS

Una vez finalizan las inscripciones al concurso de méritos, la Institución de Educación Superior que opere el concurso, procede a verificar que los inscritos cumplan los requisitos mínimos del cargo al cual han optado. Este proceso de verificación culmina con la expedición de un listado de admitidos y no admitidos al proceso de selección.

Pruebas

Estas se realizan con el objetivo de y evaluar y ponderar las distintas aptitudes, conocimientos y destrezas necesarias según lo establecido del OPEC de cada vacante, y estas pueden ser:

Entrevista personal

Estudio de seguridad

Prueba de valoración de antecedentes

Prueba especifica funcional (Para el nivel tecnico)

Prueba especifica funcional o prueba de ejecución (Para el nivel asistencias)

Conformación y adopción de listas de elegibles.

LISTADO DE ELEGIBLES

Para el momento en que se aplican la totalidad de las pruebas, se elabora un consolidado de los resultados según convocatoria. En esta medida, quien obtenga la calificación más alta en la totalidad de las pruebas, según el valor porcentual de cada una, será quien finalmente ocupe el empleo de carrera que ha sido convocado.

PERIODO DE PRUEBA Y NOMBRAMIENTO

Quienes hacen parte de la lista de elegibles se posesionan en el cargo y son nombrados en periodo de prueba, el cual tiene un tiempo de 6 meses. Pasado el periodo de prueba, quien sea competente en cada entidad proveedora del cargo, evaluará el desempeño del empleado, si la valoración es satisfactoria la persona es inscrita en el Registro Publico de Carrera Administrativa; con esa inscripción adquiere el derecho propio de los empleados de carrera, teniendo así estabilidad.