RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
DEL SISTEMA DE SALUD
Art. 57 de la ley 100
son las personas
vinculadas
a través de:
Contrato
de trabajo
Servidores
Públicos
Pensionados
y Jubilados
Trabajadores
independientes
con capacidad
de pago
Vinculación de los individuos
y familias al servicio de salud
cuando se hace a través
del pago de una cotización
Otorga
Afiliación lo cual depende
de si es empleado
pensionado o trabajador
independiente.
Empleado
Escoger la EPS
y comunicarle
al empleador
Pensionado
Escoger la EPS
y comunicarle
al fondo de
empleados
Trabajador
Independiente
Escoger la EPS
y afiliarse
directamente
Cotización
que varía
De acuerdo a si es:
Urgencias de
cualquier orden
Consulta médica
General y
Especializada
Psicología
Optometría
Terapias
Hospitalización
y Cirugía
Exámenes de
laboratorio
y Rayos X
Consulta y
tratamientos
Odontológicos
Ortodoncia
Periodoncia
Prótesis
Medicamentos
La EPS
Entregar el carnet
al cotizante y a
los beneficiarios
Servicios de Plan Obligatorio
de Salud (POS)
Conjunto de
Servicios
que las EPS
deben prestar.
IPS
Instituciones prestadas
de servicios de salud
contratados por las EPS
Contempla
Algunos Derechos
A recibir una
amplia gama
de servicios.
Recibir un
subsidio en
Dinero
En caso de: