LEY DE APROBACION DE TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA ECONOMICA (Publicada el 2 de septiembre de 2004 en el DOF)

Al inicio de cada periodo ordinario de sesiones, el Senado, a través de las comisiones competentes, requerirá un informe a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la administración pública federal que represente a México sobre el inicio de negociaciones formales de un tratado.

INFORME

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El Senado de la República   de conformidad con los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emitirá si lo considera necesario, un Punto de Acuerdo, relativo al contenido del informe.

El Senado de la Republica deberá de turnar el tratado a las comisiones correspondientes, en la sesión siguiente a la fecha en que el Ejecutivo lo haya sometido al Senado.

Para la aprobación de algún tratado ya firmado deberá someterse al Senado junto con los siguientes documentos:

Un escrito con todas las acciones administrativas para aplicar los objetivos que correspondan conforme al tratado de que se trate

Una explicación de cómo la aprobación del tratado afectará las leyes y reglamentos de México

Los rubros que México concedió durante la negociación

La forma en que se cumplirán los objetivos que correspondan conforme al tratado firmado

La manera en que el tratado cumple con los intereses de México

Las reservas que los países miembros del tratado establecieron y las razones

Deberán requerir a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal que represente a México en las negociaciones, con la anticipación necesaria a la fecha determinada para la firma del tratado correspondiente, un informe sobre el resultado final completo de las negociaciones, y sobre la forma en que se atendieron los objetivos de esta ley.

La subdivisión a cargo del informe

El Informe contendrá:

Las razones para negociar así como las consecuencias de no hacerlo

Los beneficios y ventajas que se espera obtener de la negociación y la expectativa de cumplir con los objetivos de esta ley que correspondan conforme al tratado que se pretende celebrar

Un programa inicial del proceso de negociación calendarizado

El informe contará con una explicación amplia y detallada de:

Los beneficios que se obtuvieron en la negociación

Los alcances de la negociación

Los compromisos de la negociación

Las normas legales y administrativas que tendrían que modificarse de acuerdo con el tratado

Las Comisiones, o en su caso la subcomisión, estarán facultadas para requerir y obtener la información de los informes periodicos

Podrán allegarse de estudios que realice el personal a su cargo o los que requieran a las dependencias competentes del Poder Ejecutivo.

Las comisiones, o en su caso, la subcomisión podrá citar a comparecencia a las y los funcionarios señalados.