Sana Critica

o persuación personal

En ella interfieren las reglas de la lógica, con las reglas de la experiencia del juez.

Por ello se dice que las reglas de la sana crítica consisten en su sentido formal en una operación lógica.

“El sistema de la sana crítica solo se refiere a la valoración de la prueba”.

El jurista Fábrega coloca las siguientes características al sistema de la sana crítica: El juez debe examinar la prueba racionalmente, con arreglo a las normas de la lógica y de la experiencia. La prueba debe haber sido practicada y aportada al proceso de acuerdo a las formalidades legales.

proviene del modelo de la ley española de 1.855

configura una categoría intermedia entre la tarifa legal y la libre apreciación

Según Couture son, ’las reglas del correcto entendimiento humano”.

Valoración de la Prueba

El sistema de la libre valoración de las pruebas, por su parte, implicaba un cambio radical en los sistemas de derecho

cambios que ponían en crisis el sistema de la prueba legal.

Discrecionalidad que debe entenderse en términos de objetividad y aunque ésta resulta ser una propuesta paradigmática en el derecho

lo cierto es que se sale de un esquema tradicional rigorista que impide una aplicación más efectiva del derecho.

La valoración de la prueba se obtiene del ámbito de las reglas jurídicas a partir del momento en que se atribuyen al juez en lugar del legislador.

La teoría de la libre valoración de la prueba, por tanto, le da una mayor capacidad discrecional al juzgador.

Jessica Parra

v-14105938

Teoría General de la Prueba