SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (SGSSS)

- FUNDAMENTOS DEL SERVICIO PÚBLICO

- Equidad.

- Libre escogencia

- Descentralización administrativa

- Calidad.

- CARACTERÍSTICAS

- Todos los habitantes en Colombia deberán
estar afiliados al Sistema General de
Seguridad Social en Salud.

- El recaudo de las cotizaciones será
responsabilidad del Sistema General de
Seguridad Social-Fondo de Solidaridad y
Garantía

- Organización y
dirección del SGSSS

- ORGANIZACIÓN Las Entidades Promotoras
de Salud son las entidades responsables de
la afiliación, y el registro de los afiliados y
del recaudo de sus cotizaciones, por
delegación del Fondo de Solidaridad y
Garantía

- DIRECCIÓN El Sistema General de
Seguridad Social en Salud está bajo la
orientación y regulación del Presidente de
la República y del Ministerio de Salud

- Fue creado
en 1993 con
la ley 100

- Tiene 4
componentes
fundamentales

- La rectoría, el
financiamiento, la
prestación de los
servicios de salud y la
generación de recursos.

- Rectoría: La rectoría del SGSSS a nivel
nacional está en cabeza del Ministerio de
Salud y Protección Social

- Financiamiento

Los recursos para financiar el sistema de
salud provienen de dos fuentes

Recursos fiscales, recursos parafiscales

- Aseguramiento: La prestación de los
servicios de salud.

- La regulación del derecho
fundamental a la salud.

- El derecho fundamental a la salud es
autónomo e irrenunciable en lo individual y
en lo colectivo

- Comprende el acceso a los servicios de
salud de manera oportuna, eficaz y con
calidad para la preservación, el
mejoramiento y la promoción de la salud.

- El Estado deberá garantizar la existencia de
servicios y tecnologías e instituciones de
salud.

- Los servicios y tecnologías de salud deben
ser accesibles a todos, en condiciones de
igualdad.

- Los establecimientos, servicios y
tecnologías de salud deberán estar
centrados en el usuario, ser apropiados
desde el punto de vista médico y técnico.