Zona Marítimo Terrestre
ES
Patrimonio Nacional
Inalienable
Imprescriptible
CONFORMADA POR
200 m. de ancho a lo largo de los litorales Atlántico y Pacífico de la República
Islas, Islotes, peñascos marítimos y formaciones naturales dentro del mar territorial
TIENE 2 SECCIONES
ZONA PÚBLICA
-50 m. de ancho contados desde pleamar ordinaria
Acceso y uso público, no se permite su ocupación
Incluye manglares y esteros
ZONA RESTRINGIDA
150 m. restantes contados despues de la zona pública
Puede darse en concesión
Otorgados por las Municipalidades
PERMISOS
Zona Turística: ICT
Zona NO Turística: ITCO
Otros: PGR, Registro nacional, MAG, MOPT, INVU
EXTINCIÓN
Muerte del concesionario
Renuncia o abandono
Vencimiento del plazo sin prórroga
Cancelación de la concesión
NO COMPRENDE
ISLAS: Del Coco ni San Lucas
PLAYAS: Bahía Culebra, Mata de Limón, Tivives
Terrenos de JAPDEVA
CIUDADES: Puntarenas y Jacó