La legislación aduanera se enfoca en la regulación de la entrada y salida de mercancías, especialmente en lo que respecta a personas físicas en viajes internacionales. Se establece un mecanismo para facilitar la importación y exportación sin necesidad de recurrir a un agente aduanal, siempre y cuando las mercancías no excedan ciertos montos y se renuncie al derecho de deducción fiscal.
Analisis de La Ley Aduanera
Alumno: Víctor Miguel Salgado Sánchez
Titulo Segundo
Control de Aduana en el Despacho
Dado que esta legislación observa y regula la entrada y salida de mercancías, tenía que contemplar aquellas que hagan las personas físicas en viajes internacionales, por lo que se determina el mecanismo al que habrán de acogerse a fin de facilitar la importación o exportación. Así las cosas, los pasajeros pueden optar por no recurrir a los servicios de un agente aduanal ni a la presentación de un pedimento, toda vez que las mercancías no rebasen de los montos que son expresados a través de reglas de carácter general y que estén dispuestos a renunciara a su derecho de deducción fiscal.
Especificaciones Relacionadas
Horarios
Las veinticuatro horas del día y todos los días del año serán hábiles para el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades aduaneras. Para los efectos del artículo 10 de esta Ley, se considerarán hábiles las horas y días que mediante reglas señale la Secretaría.
Regula:
"Entrada,Salida y Control de Mercancias"
"Deposito ante la aduana"
"Despacho de Mercancias"
Obligaciones, Responsabilidades de depositos y especidicacion de los mismos depositos
Avisos, recintos Fiscales y Fiscalizados y horarios de entrada salida de mercancias
Las mercancías quedarán en depósito ante la aduana en los recintos fiscales o fiscalizados destinados a este objeto, con el propósito de destinarlas a un régimen aduanero, siempre que se trate de aduanas de tráfico marítimo o aéreo.
Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría.
Los particulares que obtengan concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, deberán cumplir con los lineamentos que determinen las autoridades aduaneras para el control, vigilancia y seguridad del recinto fiscalizado y de las mercancías de comercio exterior, así como con lo siguiente:
Titulo Primero
"Disposiciones Generales"
Regulan:
Regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de éste o de dicha entrada o salida de mercancías
Obligados:
Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo y lleve consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate, a diez mil dólares de los Estados Unidos de América, estará obligada a declararla a las autoridades aduaneras, en las formas oficiales aprobadas por el Servicio de Administración Tributaria.
Multas:
El monto de las multas y cantidades en moneda nacional establecidas en esta Ley, se actualizará en los términos del artículo 70 del Código Fiscal de la Federación.