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Un decreto establece el régimen de vigilancia y control en salud pública, incluyendo medidas sanitarias como aislamiento, cuarentena y vacunación, así como sanciones para el incumplimiento de las normativas.

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DECRETO 3518 DE 2006

PROCESOS BÁSICOS DE LA VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA

Los procesos básicos de la vigilancia en salud pública incluyen la recolección y organización sistemática de datos, el análisis e interpretación, la difusión de la información y su utilización en la orientación de intervenciones en salud pública.
Datos y fuentes de información: hace referencia a los datos básicos de los eventos en vigilancia, serán definidos según los modelos y protocolos de vigilancia.

Obligatoriedad de la información de interés en salud pública: la comunidad podrá concurrir como fuente informal de datos

Acceso obligatorio a la información: Quien disponga de información relacionada con la ocurrencia de un evento de interés en salud pública, está obligado a permitir su acceso a la autoridad sanitaria

Carácter confidencial de la información.: La información relativa a la identidad de las personas, obtenida durante el proceso de vigilancia en salud pública

Notificación obligatoria: Todos los integrantes del Sistema de Vigilancia en Salud Pública

Sistema de información: garantizar la operación estandarizada de los procesos informáticos

Análisis de la información: Todos los responsables del Sistema de Vigilancia en Salud Pública deberán realizar el análisis del comportamiento de los eventos sujetos a la vigilancia en salud pública

Divulgación de resultados: deberán divulgar los resultados de la vigilancia en el ámbito de influencia de cada entidad, con el propósito de orientar las acciones que correspondan frente a la salud Colectiva

RESPONSABLES DEL SISTEMA DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA

Ministerio de la Protección Social Institutos Nacional de Salud INS Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales de Salud Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud Unidades Notificadoras Unidades Primarias

RÉGIMEN DE VIGILANCIA Y CONTROL, MEDIDAS SANITARIAS Y SANCIONES.

Medidas sanitarias: Aislamiento, cuarentena, vacunación, desocupación de establecimientos o viviendas, entre otras.
Imposición de sanciones: Recursos contra los que se imponen sanciones, clases de sanciones ( multa, decomiso, suspensión de permiso sanitario de funcionamiento).

POR EL CUAL SE CREA Y REGLAMENTA EL SISTEMA DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA

PRINCIPIOS
Eficacia Eficiencia Calidad Previsión Unidad
OBETIVO
Crear y reglamentar el SIVIGILA para el suministro en forma sistemática y oportuna de información, sobre los eventos que afecten o puedan afectar la salud de la población.

Rige en todo el territorio Nacional y son de obligatorio cumplimento por parte de las entidades que integran el SGSSS

Con la finalidad

Detectar brotes y epidemias Identificar los factores de riesgo o factores protectores de los eventos en salud. Detectar los patrones de ocurrencia, distribución y propagación de los eventos en salud. Facilitar la planificación, seguimiento y evaluación de las intervenciones en salud Orientar la formulación de políticas en salud publica.