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CASO Juan Pablo González Pombo, se acerca a su oficina de abogado y le expone el siguiente caso: Ingrese a laborar el 2 de octubre de 2019 a la empresa RIAÑO PRODUCCIONES S.A.S. mediante un contrato a término fijo de 3 meses cuyo vencimiento lo era h

En el ámbito laboral, la desvinculación de trabajadores puede ser un proceso complicado y está regulado por diversas normativas y leyes que protegen al empleado. Existen diferencias significativas entre la terminación de contratos a término fijo y a término indefinido, siendo generalmente más sencillo para las empresas finalizar contratos a término fijo.

CASO 

Juan Pablo González Pombo, se acerca a su oficina de abogado y le expone el siguiente caso: Ingrese a laborar el 2 de octubre de 2019 a la empresa RIAÑO PRODUCCIONES S.A.S. mediante un contrato a término fijo de 3 meses cuyo vencimiento lo era h

Para las compañías es mas fácil realizar la desvinculación de un trabajador por un contrato a termino fijo que por un contrato a termino indefinido por muchas razones las cuales están sujetas a normativas y leyes que están beneficio del trabajador. Las indemnizaciones deben realizar de acuerdo a los procedimientos que establecidos en el codigo sustantivo para no caer en fallas que puedan afectar de manera directa a la empresa

Al trabajador se le deben liquidar 189 dias por el contrato por el cual esta suscrito con la compañía, teniendo como base el Articulo 46. Código sustantivo del trabajo

Tipo de Contrato

Contrato a Termino Fijo
Es un contrato que se realiza para una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin.

Obligaciones del contrato

Contrato a Termino Indefinido

Mismas obligaciones del contrato a término fijo. No dar por terminado el contrato sin justa causa. En caso de despido sin justa causa, pagar una indemnización al trabajador.

En el contrato a término fijo, la no renovación no requiere justificación, mientras que en el contrato a término indefinido, el despido debe estar justificado por una justa causa. La indemnización por despido en un contrato a término fijo es menor que la de un contrato a término indefinido.

Contrato Termino Fijo

Pagar el salario pactado en la fecha acordada. Afiliar al trabajador al sistema de seguridad social. Otorgar las vacaciones y descansos remunerados. Brindar al trabajador las herramientas y equipos necesarios para realizar su trabajo. Indemnizar al trabajador en caso de despido sin justa causa.

Diferencias entre el contrato a termino fijo y contrato a termino indefinido es la desvinculación del trabajador, diferencia que otorga el contrato a termino fijo el cual esta abierto a renovaciones por parte la compañía y el indefinido es contrato sin renovaciones.

Forma de Liquidacion

Días a liquidar 169 debido a cambios sujetos a los subsidios de transporte lo cuales varían cada año

2020
80 días a liquidar

2020 Salario $ 1.200.000 Aux Transporte $ 102.853 Promedio Salarial $ 1.302.853 Fecha Inicial Fecha Final Días Cesantías 1/01/2020 20/03/2020 80 $ 1.302.853 $ 289.523 Intereses Cesantías 1/01/2020 20/03/2020 80 $ 289.523 $ 7.721 Prima Anual 1/01/2020 20/03/2020 80 $ 1.302.853 $ 289.523 Vacaciones 1/01/2020 20/03/2020 80 $ 1.200.000 $ 133.333 Total Prestaciones Sociales $ 720.101

2019
89 días a liquidar

2019 Salario $ 1.200.000 Aux Transporte $ 97.032 Promedio Salarial $ 1.297.032 Fecha Inicial Fecha Final Días Cesantías 2/10/2019 31/12/2019 89 $ 1.297.032 $ 320.655 Intereses Cesantías 2/10/2019 31/12/2019 89 $ 320.655 $ 9.513 Prima Anual 2/10/2019 31/12/2019 89 $ 1.297.032 $ 320.655 Vacaciones 2/10/2019 31/12/2019 89 $ 1.200.000 $ 148.333 Total Prestaciones Sociales $ 799.157

CASO Juan Pablo González Pombo, se acerca a su oficina de abogado y le expone el siguiente caso: Ingrese a laborar el 2 de octubre de 2019 a la empresa RIAÑO PRODUCCIONES S.A.S. mediante un contrato a término fijo de 3 meses cuyo vencimiento lo era hasta el día 1 de enero de 2020. El salario pactado con mi empleador, fue de $1.200.000. El pasado 20 de marzo de 2020 la empresa tomo la decisión unilateral de dar por terminado mi contrato, aduciendo como causal de terminación la pandemia generada por el COVID 19. Al día de hoy, la empresa no me ha cancelado el valor correspondiente a las Cesantías, intereses a las cesantías, Primas de servicio y Vacaciones generadas en vigencia de la relación laboral y no sé si tengo derecho a alguna indemnización por terminación del contrato por parte de la empresa.

Soluciòn

Prestaciones Sociales
Cesantias

Prima de Servicio

Vacaciones

Intereses de las Cesantias

Tipo de Contrato del trabajador
Termino Fijo

Se caracteriza por tener una fecha de inicio y de terminación que no puede superar 3 años. “Puede ser prorrogado indefinidamente cuando su vigencia sea superior a un (1) año, o cuando siendo inferior, se haya prorrogado hasta por tres (3) veces”.

Primer Indemnización por la prorroga de 3 meses al empleado.

Terminación del Contrato el día 20 de marzo Primer prorroga se cumplió el 1 de abril - 3 meses de la primer prorroga

Se procede a 11 días de Indemnización

Liquidación de Contrato

2020 Salario $ 1.200.000 Aux Transporte $ 102.853 Promedio Salarial $ 1.302.853 Fecha Inicial Fecha Final Días Cesantías 21/03/2020 20/04/2020 11 $ 1.302.853 $ 39.809 Intereses Cesantías 21/03/2020 20/04/2020 11 $ 39.809 $ 146 Prima Anual 21/03/2020 20/04/2020 11 $ 1.302.853 $ 39.809 Vacaciones 21/03/2020 20/04/2020 11 $ 1.200.000 $ 18.333 Salario 21/03/2020 20/04/2020 11 $ 1.200.000 $ 440.000 Total Prestaciones Sociales $ 538.099