Los contratos laborales deben especificar claramente varios aspectos esenciales para evitar futuras controversias. Entre estos se incluyen las jornadas de trabajo y los descansos, especialmente en trabajos que requieren continuidad durante la noche, fines de semana y días festivos.
se entenderá que en aquellos aspectos no previstos por el contrato en forma expresa se estará a lo dispuesto por el Código del Trabajo; y en lo que se hubiere pactado en contravención de las disposiciones legales, prevalecerán siempre éstas
Nombres de los comparecientes
si el trabajador fuese menor de edad, intervendrá también la persona que autoriza el contrato
Si el empleador es una empresa, se indicará también la calidad en que interviene la persona firmante
El lugar en que debe ejecutarse el trabajo
Si fuere el caso, el trabajador aceptará expresamente la posibilidad de ser trasladado a otro lugar, para cumplir funciones que no signifiquen disminución de remuneración o categoría
La cuantía de la remuneración y la forma en que se pagará
ya sea por jornal, en forma diaria (si las labores no fueren permanentes) o en forma semanal (si las labores fueren estables y continuas), o por sueldo, en forma quincenal o mensual. Se determinará también, cuando fuere el caso, el porcentaje y la forma en que se pagarán las comisiones u otras modalidades de remuneración que se acordaren entre las partes
En cuanto a jornadas de trabajo y descansos
en los casos en que la índole del trabajo determine la realización o no interrupción del trabajo por la noche, sábados, domingos y días de fiesta cívica, se acordará con toda precisión el establecimiento de los horarios correspondientes y la forma en que el trabajador tomará sus días de descanso semanal obligatorio
El tiempo de duración del contrato
por tiempo fijo o por tiempo indefinido. Si se tratare de obra cierta, el plazo en que la obra debe ser entregada. Si se tratare de trabajos eventuales, ocasionales o de temporada, o de un contrato de prueba, establecerá claramente el plazo de duración de los mismos.
La forma en que el trabajo ha de ser ejecutado
se realizará en una forma continua y regulada en el tiempo a través de jornadas de trabajo, o mediante el sistema de hora-mes; o por obra cierta, dentro o no de un tiempo determinado; o por tarea o a destajo
Clase de trabajo contratado
procurará describir con precisión y en forma completa
para que luego no se produzcan controversias respecto a posibles cambios de ocupación del trabajador que el empleador pudiera haber dispuesto