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El proceso de contratación pública en Colombia se divide en varias etapas esenciales, comenzando con la etapa preparatoria. En esta fase, se determinan aspectos cruciales como el sistema de precios, las formas de pago, y la estimación de costos asociados a ajustes e imprevistos.

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ETAPAS DE LA CONTRATACION PÚBLICA EN COLOMBIA

ETAPA POST– CONTRACTUAL

OBLIGACIONES POSTERIORES A LA LIQUIDACIÓN Una vez vencidos los términos de las garantías suscritas con ocasión del contrato para mitigar los riesgos, la Oficina Jurídica debe dejar constancia de la finalización de la actividad contractual, es decir, del cierre del proceso de contratación.
LIQUIDACIÓN DE COMÚN ACUERDO La liquidación se hará de mutuo acuerdo dentro del término establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012. Dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las partes para el efecto.
El contrato se liquidará en los términos y plazos establecidos en la Ley 80 de 1993, artículo 60, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012.

ETAPA PREPARATORIA

• Determinar el Sistema de Precios • Establecer la forma de pago • Anticipo o pago anticipado • Estimación de los costos por ajustes e imprevistos
ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO Con la información recopilada de acuerdo con los numerales anteriores, se elaborará el presupuesto oficial del proceso contractual el cual deberá comprender todos los costos directos e indirectos e impuestos de ley
ESTUDIOS PREVIOS Los estudios en los cuales se analice la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación de que se trate
Libre concurrencia.
lista de verificación del plan de adquisiciones. 1. Preparación del equipo 2. Declaración estratégica 3. Detalles de los bienes, obras o servicios 4. Información para los proveedores 5. Principales objetivos 6. Advertencia 7. Publicación y Actualización 8. Formato
PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Es una herramienta de planeación contractual el cual se compone por los objetivos, estrategias, los proyectos, metas, los responsables, los planes generales de compra, la distribución presupuestal del proyecto de inversión, entre otros aspectos.

ETAPA PRECONTRACTUAL

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA De manera preliminar, deben verificarse el cumplimiento de las condiciones generales aplicables a todos los procedimientos.  Condiciones generales previas a los procedimientos de selección  Condiciones generales aplicables a los procedimientos de selección  Condiciones generales para la culminación de los procedimientos de selección
Pliegos de Condiciones: En los pliegos de condiciones para contratar Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes, la entidad estatal debe indicar: 1. La ficha técnica del bien o servicio que debe incluir. 2. Si el precio del bien o servicio es regulado, la variable sobre la cual se hace la evaluación de las ofertas. 3. Definir el contenido de cada uno de las partes o lotes, si la adquisición se pretende hacer por partes.
PLANEACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO En esta etapa se deben cumplir con las Condiciones generales previas a los procedimientos de selección comunes a los distintos procedimientos.
De conformidad el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011 Las entidades deben seleccionar a los contratistas, a través de las siguientes modalidades: 1. Licitación Pública. 2. Selección abreviada. 3. Concurso de méritos. 4. Contratación directa. 5. Mínima Cuantía.

ETAPA CONTRACTUAL

ADICIONES EN VALOR Los contratos no podrán adicionarse en más del 50% de su valor inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales de conformidad con lo estipulado en el parágrafo único del artículo 40 de la ley 80 de 1993, salvo en los contratos de interventoría, los cuales por expresa autorización del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011, podrá prorrogarse por el mismo plazo que haya prorrogado el contrato objeto de vigilancia.
MODIFICACIONES EN PLAZO O PRÓRROGAS Los contratos podrán ser prorrogados cuando la entidad y el contratista lo estimen pertinente, por la existencia de causas plenamente justificadas y las cuales deberán ser sustentadas ante el Secretario General o quien ostente la calidad de ordenador del gasto para su aval, siempre y cuando esta situación no sea dada por incumplimiento injustificado del contratista, en los términos y obligaciones establecidas en el contrato.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Las inhabilidades e incompatibilidades para contratar son las establecidas en el artículo 207 de la Constitución Política de Colombia, en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y las contempladas en los artículos 1º a 5º de la Ley 1474 de 2011, sin perjuicio de las demás disposiciones que la complementen.
REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN En términos generales el contrato se entiende perfeccionado una vez sea suscrito por las partes o se cumpla con el requisito de perfeccionamiento establecido por ley especial.
Los contratos solo podrán iniciarse una vez se cumplan con los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización.