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CRONOLOGIA HISTORICA DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO-

A principios del siglo XX, el movimiento obrero en México comenzó a ganar fuerza con la creación de organizaciones y la celebración de eventos significativos como el 1° de Mayo. La Casa del Obrero Mundial fue una de las primeras instituciones en promover la unión y defensa de los derechos de los trabajadores, exigiendo una jornada laboral de ocho horas y el descanso dominical.

CRONOLOGIA HISTORICA DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO-

Consecuencias

Acosados políticamente Flores Magón y sus compañeros difunden sus ideas en algunos lugares de la republica pero Magón es apresado en Estados unidos donde muere en noviembre de 1922 en una cárcel de Kansas. En las vísperas del proceso revolucionario mexicano, los obreros son cortejados comúnmente por los grupos políticos en contienda; un caso típico es el que se originó desde el grupo corralista o de Guillermo Landa de Escandón, cuyo gobierno en el Distrito Federal publicaba unos consejos a los obreros en un periódico; el título de éste era, El Obrero Mexicano.

Vanguardia Revolucionaria

La Casa del Obrero Mundial, con tendencias ideológicas anarquistas, procuraba agrupar a los trabajadores en sindicatos y asociaciones profesionales. Sus métodos tácticos de lucha consistieron en el sabotaje, el boicot y la huelga general. En febrero de 1915 la casa se alió abiertamente con el movimiento revolucionario constitucionalista, dirigido por la burguesía en contra de las fuerzas armadas campesinas a cambio de la autoridad total para organizar consejos obreros y sindicatos en cualquier parte.

En 1912 se estableció el Departamento de Trabajo y se estableció la Casa del Obrero Mundial que en 1913 conmemoró por primera vez en el país, el 1° de Mayo, exigiendo la jornada de ocho horas y el descanso dominical.

Casa del Obrero Mundial

 Mejorar por todos los medios legales la situación de la clase obrera y su protección contra los abusos de los capitalistas y maestros de talleres.  Establecimiento cajas de ahorro, seguro de vejez, casas de asilos, escuelas primarias y de oficio.  Las sociedades adheridas al círculo tendrían el carácter de resistencia con el fin de proteger el trabajo.  Apoyo ilimitado a las huelgas, lucha por un mejoramiento inmediato de los salarios  Protección decidida a las mujeres y los niños  Castigo por medio de multas a los propietarios que no accedieran a las peticiones de los obreros.

Características de las primeras organizaciones obreras en México a finales del siglo XIX

Movimientos Obreros del Siglo XIX

El Siglo XIX fue prodigo en movimientos obrero sindicales sin los cuales no hubiese sido posible el ambiente de comprensión que la causa trabajadora urgía para la obtención de condiciones social y laboralmente justas. De tales movimientos podemos mencionar las trade unions de Gran Bretaña, las asociaciones de educación obreras alemanas, las mutuas o hermandades francesas y las asociaciones obreras internacionales.

Se trata la respuesta natural a la injusticia y a la explotación realizadas por los empresarios. El trabajador tuvo necesidad de agruparse con otros trabajadores para de esa manera compensar la inferioridad en que aislado se encontraba frente el empleador e incluso frente a la legislación existente. Al principio la unión engendró la atención pública sobre el fenómeno, de la cual derivó la legislación del trabajo

El derecho laboral colectivo, surge con el comienzo del fenómeno laboral y fue como consecuencia directa de la injusticia y la explotación a la que eran sometidos los trabajadores desde lejanos tiempos; por ello es que el trabajador tuvo necesidad de agruparse con otros trabajadores para compensar, de alguna manera, la inferioridad en que se encontraba frente el empleador e incluso frente a la legislación existente.

Esta fue reconociendo la realidad social y sindical, lo que significó suprimir las trabas para la unión y en segundo momento, crear estímulos para la unión de trabajadores.

CRONOLOGIA HISTORICA DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

La negociación y el conflicto son las formas de relación o sea la parte del lado dinámico del sistema, siendo la fase estática la estructura de los actores. Por una parte, se tienen en cuenta los mecanismos de creación de las normas jurídicas y de las prácticas a las que se ajustan las relaciones colectivas. Por otra parte, se atiende al grado de protagonismo de cada uno de los actores en el conjunto del sistema de la distribución de poderes entre ellos. Nacimiento del Derecho Colectivo del Trabajo

Esta nueva rama del Derecho que contempla las relaciones colectivas no tiene en cuenta directamente al trabajador individual sino el interés colectivo, o sea el de una pluralidad de sujetos hacia un bien apto para satisfacer una necesidad común: no es la suma de intereses individuales sino su combinación, y es indivisible.

Sindicato, Negociación Colectiva y Huelga.

Unión de Trabajadores

Extra Estática