realizată de Alejandra Santamaria 11 luni în urmă
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Descripciones y dinámicas
Manejar las cuentas en términos de movimientos contables.
Expresan los conceptos de las diferentes clases, grupos y cuentas en el catálogo correspondiente.
Seguir rigurosamente las descripciones y dinámicas para mantener una contabilidad ordenada, transparente y acorde con las normativas y principios contables, facilitando así la gestión financiera, el análisis y la supervisión regulatoria.
Disposiciones normativas
Las entidades deben seguir el PUC para su contabilidad, sin modificar la estructura propuesta.
Estas entidades pueden crear cuentas auxiliares según sus necesidades específicas, pero sin alterar la contabilidad.
Las entidades solo deben llevar a cabo operaciones permitidas por las normas reglamentarias vigentes, expedidas por el Gobierno Nacional o la Superintendencia de Salud.
Los procedimientos contables deben alinearse con lo establecido por la Superintendencia Nacional de Salud y otras normativas relevantes, como el Decreto 1018 de 2007 y demás circulares expedidas por el Organismo de Inspección y Vigilancia.
Informes
Los informes financieros deben clasificarse correctamente y seguir las disposiciones legales vigentes.
Normas Contables Generales
La preparación de estados financieros debe seguir el PUC y las normativas de la Superintendencia Nacional de Salud, aplicando los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) cuando sea necesario
La valuación de activos y pasivos en moneda extranjera debe hacerse al tipo de cambio del Banco de la República.
Los ajustes contables deben realizarse mensualmente para asegurar uniformidad en los estados financieros.
Los costos deben asignarse de manera que correspondan con los ingresos reconocidos y los períodos establecidos. 03.6 Reporte de Información
Reporte de información
Las entidades con múltiples actividades dentro del sector salud deben reportar separadamente por cada negocio, estableciendo un prorrateo de activos compartidos e informando el método utilizado.
Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) que realicen actividades adicionales deben reportar mediante centros de costos.
Los reportes a diferentes entidades deben usar los códigos y denominaciones del PUC.