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1921

Instituciones Jurídicas del Derecho Indiano

El Derecho Indiano es el cuerpo jurídico aplicado en las Indias, abarcando tanto normas específicas para estos territorios como el Derecho Castellano y el Derecho Indígena. Entre las instituciones jurídicas destacadas, las disposiciones del Real Consejo de Indias regulaban la posesión de tierras descubiertas y las facultades de las autoridades en estos nuevos territorios.

Instituciones Jurídicas del Derecho Indiano

Derecho Indiano

Es el conjunto de reglas jurídicas que solo se aplicaron en las Indias . Y en el se comprendían :

c) El Derecho Indígena que era propio de los indígenas.
b) El Derecho Castellano que solo se utilizaba para disposiciones especiales
a)Las normas creadas especialmente para las Indias.

Instituciones Jurídicas del Derecho Indiano

Topic principal

Repartimiento y Encomienda

Es el derecho que tienen las personas que conquistan territorios de tener a su cargo un determinado numero de indígenas. Y tenían la obligación de proteger, mantener y evangelizar.
El encomendero estaba obligado de la conversión y doctrina de los indígenas.

Construir casa de piedra.

Asumir obligaciones de carácter militar.

Es la obligación de cada pueblo indígena de entregar una cantidad de personas a los españoles.
Deben desempeñar labores agrícolas o de minería.

Hueste

Institución medieval , que consistía en la formación de un pequeño ejercito que se formaba para la expedición.
Podía estar conformado por marinos, sacerdotes e indígenas y la paga era el reparto del botín.

En las huestes también debía ir algún representante de la Corona,para poder cobrar los impuestos reales, y algún representante eclesiástico, para encargarse de la evangelización de los indios.

Instrucciones

Disposiciones expedidas por el Real Consejo de Indias, encargadas de regular el procedimiento para tomar posesión de tierras descubiertas.
Encargadas de regular las facultades y jurisdicción de las autoridades en nuevos territorios.

Capitulaciones

Escrituras públicas en donde quedaban asentados los pactos entre el propio monarca y una o varias personas o instituciones privadas.
Existen 3 tipos de capitulaciones

de Población

Autorizacion por parte de la Corona para fundar y poblar un territorio descubierto.

de Conquista

licencia para ocupar territorio previamente hallado

de Descubrimiento

Hallar territorios nada o poco conocidos

Capitulaciones de Santa Fe

17 de Abril de 1492
Acuerdos entre los Reyes Católicos y Cristòbal Colòn

Documento de contenido mercantil

Surge de la autorizacion de la Corona de Castilla, para encontrar una via alterna para comerciar con Asia.

Se le concedieron varios privilegios a Cristòbal Colòn

-Titulo vitalicio y hereditario de almirante de la Mar Oceánica

-Titulo de Virrey y Gobernador de las tierras que descubriera

Derecho a percibir el 10% de ganancias de todas las riquezas obtenidas en el Nuevo Continente.

En las capitulaciones de la Santa Fe, se previeron los posibles beneficios que se obtendrían de las expediciones realizadas por Cristòbal Colòn

En 1493 se emiten las Burlas alejandrinas

Inter Caetera; del 3 de Mayo

Bula que hace referencia a la exclusión de España de la ruta exclusiva de Occidente.

Eximiae Devotiones, del 3 de Mayo

Igualdad de derechos para Castilla y Portugal

Inter Caetera, del 4 de Mayo

Se incorpora a la Real Corona de Castilla eln reino de las "Indias Occidentales, Islas y Tierra Firme del Mar Océano"

Dudum Siquidem, del 25 de Septiembre

Castilla considera expandir su territorio aun mas al este,sur y oeste de las Indias, siempre que no estuviesen ya en poder de un Cristiano.

Para 1494, se expide el Tratado de Tordesillas.

Documento de carácter jurídico que consolida la incorporación de las Indias a la Corona de Castilla.