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ley de convergencia 1314 de 2009
La Ley 1314 de 2009 establece un marco regulatorio para la convergencia de las normas contables colombianas con los estándares internacionales, específicamente con los IFRS. Esta ley busca crear un sistema único y homogéneo de alta calidad que asegure que los informes contables y estados financieros sean comprensibles, transparentes, comparables, pertinentes y confiables.
BENEFICIOS DE LA LEY •Mejorar la productividad de las empresas colombianas, •Mejorar la Competitividad de las compañías del país; •Mejorar el desarrollo armónico de la actividad empresarial; •Fortalecer la arquitectura financiera nacional; •Disminuir los riesgos de crisis en el sector privado; •Disminuir los efectos negativos asociados con las crisis; •Permitir a los inversionistas, nacionales o extranjeros, desarrollar sus propuestas de inversión y adoptar sus decisiones de manera informada •Contribuir a la inversión extranjera directa y de portafolio; •Permitir a las grandes empresas la utilización de normas ajustadas a los mercados internacionales; •Estar acorde con los procesos de globalización
Esta ley consiste en: •Reglamentar la convergencia de nuestras normas contables con las internacionales, •Evitar la incoherencia de reglamentaciones entre superintendencias y otros organismos del estado, •Imponer al Consejo Técnico de la Contaduría Pública como redactor único de las normas de convergencia, •Separar las normas contables de las tributarias, •Fijar plazos (desde el 2010 hasta el 2014) para la puesta en marcha de la convergencia, •Obligar a llevar contabilidad al Régimen Simplificado De acuerdo con el comunicado del Gobierno Nacional, la nueva ley de contabilidad
Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptadas en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento
desarticulación de regulaciones, así como los conflictos con la contabilidad tributaria. 2 ) E s t a b l e c e n o r m a s d e c o n t a b i l i d a d e i n f o r m a c i ó n f i n a n c i e r a q u e conforman un sistema único y homogéneo de alta calidad, lo cual facilita el control de la información contable relacionada con la inversión extranjera. L a t r a n s p a r e n c i a e n l o s r e p o r t e s f i n a n c i e r o s r e d u c e l o s c o s t o s d e transacción para las empresas, facilitan el desarrollo del mercado de capitales y posibilitan la interpretación uniforme y comparable con compañías de otras latitudes. 3) La nueva Ley aplica a todas las personas naturales y jurídicas que, de acuerdo con la normatividad vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación, promulgación y aseguramiento de estados financieros e información financiera
Ampliar el campo de acción de los contadores colombianos para que exporten y presten servicios en el exterior; •Eliminar los bajos ingresos de los contadores públicos; •Crear un sistema de aseguramiento de la información que aumente la confianza pública; •Finalmente, contar con estados financieros que brinden información comprensible, transparente, comparable, pertinente, confiable y útil, para facilitar la toma de decisiones económicas del Estado, los propietarios, funcionarios y empleados de la empresa; inversionistas y otras partes interesadas.
contabilidad conforme a una escala de activos, ingresos, número de empleados, tamaño, etc. • G e n e r a r p r o c e s o s d e c r e c i m i e n t o p a r a l a s P Y M E S y a s e g u r a r l a productividad de las mismas; •Facilitar la formalización de las PYMES; •Facilitar el acceso al crédito a las empresas pequeñas y microempresas; •Evitar la diversidad y desarticulación de los reguladores en materia contable, obligándolos a utilizar un solo marco normativo; •Eliminar el excesivo número de planes de cuentas PUC´S (18), expedidos por los organismos de inspección, control y vigilancia, los cuales dificultan la uniformidad y coherencia de la información financiera; •Eliminar los conflictos con la contabilidad tributaria; •Separar las normas contables de las normas tributarias; •Aumentar el mercado de los servicios profesionales de los contadores públicos
En desarrollo de esta ley, y teniendo en cuenta criterios tales como el v o l u m e n d e l o s a c t i v o s , e l m o n t o d e l o s i n g r e s o s , e l n ú m e r o d e l o s empleados, la forma de organización jurídica y las circunstancias socio- económicas, el Gobierno autorizará de manera general los obligados a llevar c o n t a b i l i d a d s i m p l i f i c a d a , l a e m i s i ó n d e e s t a d o s f i n a n c i e r o s y s u s revelaciones, así como el aseguramiento de la información financiera de nivel moderado. A través de programas de formalización empresarial o por razones de política de desarrollo empresarial, el Gobierno establecerá normas de contabilidad y de información financiera para las microempresas, sean personas jurídicas o naturales.
Ayudar a la inserción de las empresas nacionales en los mercados financieros y de capitales internacionales; •Reducir costos para las empresas colombianas con operaciones en el exterior, evitando conciliar las normas contables nacionales con las de los demás países donde operan; •Reducir los costos de los inversionistas extranjeros en Colombia por la preparación de más de un estado financiero, ya que ello desincentiva la inversión en el país •Reducir los costos de información, así como de los costos crediticios; •Facilitar el desarrollo del sector productivo nacional, y por ende, del resto de la Nación; •Contribuir al crecimiento del sector privado; •Ayudar a movilizar el ahorro nacional; •Elaborar un sistema de normas para la pequeña y mediana empresa de forma independiente
ENFOQUE DE ENDOSO
“… los países incorporan individualmente los IFRS dentro de su cuerpo de estándares locales. … El grado de desviación de los IFRS… puede variar bajo este enfoque. En algunos casos los países adoptan los estándares exactamente como los emite el IASB… En otros casos, los países hacen modificaciones o adiciones a los IFRS individuales por diferentes razones…”
Pocos países han adoptado los IFRS sin modificaciones
ENFOQUE DE CONVERGENCIA
Bajo este método los países “no adoptan los IFRS como los emite el IASB (…), estos países mantienen sus estándares locales pero hacen esfuerzos para convergerlos con IFRS en el futuro”.
METODOS DE CONVERGENCIA USADOS EN EL MUNDO
En el Plan de Trabajo del Staff del SEC, publicado el 26 de mayo de 2011, se reconoció con claridad los diferentes enfoques de convergencia usados en el mundo, así:
Enfoque de convergencia
Enfoque de endoso
Enfoque de convergencia-endoso (condorsement)
FUNDAMENTOS DE LAS DECISIONES
Las Autoridades de Regulación “considerarán las recomendaciones y observaciones que, como consecuencia del análisis de los impactos de los proyectos, sean formuladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica y por las autoridades estatales que ejerzan funciones de inspección, vigilancia o control” (art 7-2 y art 8-7)
CONSISTENCIA DE LAS NORMAS QUE SE EXPIDAN
Las diferentes autoridades ”deberán garantizar que las normas…de quienes participen en un mismo sector económico sean homogéneas, consistentes y comparables” (art 12)
Las Autoridades de Regulación deben analizar respecto de las normas “su conveniencia e implicaciones de acuerdo con el interés público y el bien común” (art 8-3)
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA EN LA EXPEDICION DE LAS NORMAS QUE SE EXPIDAN
Las normas que se expidan deberán tener “en cuenta las diferencias entre los entes económicos, en razón a su tamaño, forma de organización jurídica, el sector al que pertenecen, su número de empleados y el interés público involucrado en su actividad, para que los requisitos y obligaciones que se establezcan resulten razonables y acordes a tales circunstancias” (art 8-4)
CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS QUE SE EXPIDAN
Las normas que se expidan deben conformar “un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia, por cuya virtud los informes contables y, en particular los estados financieros, brinden información financiera comprensible, transparente y comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones económicas…” (art 1 )
FUNCIONES DE LA AUTORIDAD DE NORMALIZACION
Proponer las normas a las Autoridades de Regulación
Participar en los organismos internacionales
Actuar en procesos de divulgación, conocimiento y comprensión
FUNCIONES DE LAS AUTORIDADES DE REGULACION
Adoptar las normas
Velar por la consistencia del sistema que se adopte
Velar porque los procesos de adopción de las normas por parte de las autoridades sean abiertos y transparentes
Ajustar la conformación, estructura y funcionamiento de la Junta Central de Contadores y del CTCP
OTROS RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACION DE LA LEY
DIAN
Organismos responsables del diseño y manejo de la política económica
Entidades estatales que ejercen funciones de inspección, vigilancia o control
Los afectados e interesados en las normas
AUTORIDADES RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACION DE LA LEY
Autoridades de regulación:
De dirección: Presidente de la República
De ejecución: (obrando conjuntamente):
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Autoridad de normalización:
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Autoridades de vigilancia:
Entidades estatales que ejercen inspección, vigilancia o control
Junta Central de Contadores
COMO LOGRAR LOS OBJETIVOS DE LA LEY
Interviniendo la economía para expedir normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información mediante su convergencia con estándares internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios
OBJETIVOS DE LA LEY
Modernizar las normas contables y de auditoria del país para “mejorar la productividad, la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial de las personas naturales y jurídicas…” (art 1)
“Apoyar la internacionalización de las relaciones económicas” mediante la observancia “de los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional” (art 1)