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Las faltas del aprendiz se clasifican en académicas y disciplinarias, según su relación con el compromiso académico o el comportamiento. Las faltas académicas se refieren a la probación y transferencia del conocimiento, mientras que las disciplinarias están relacionadas con el comportamiento del aprendiz.

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EL PROCESO QUE SE ESTABLESE DEL CAPITULO XII AL X

CAPITULO X PROCDIMIENTO PARA APLICACION DE SANCIONES

este capitulo esta compuesto por los articulos del 30,31,32,33,34,35,36 y 3 paragrafos, en los cuales se plasma el procedimiento para aplicar una sancion al aprendiz que cometido una falta de acuerdo a la clasificacion de la falta

CAPITULO IX MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES

ARTICULO 29. PRINCIPIO RECTORES PARA LA APLICACION DE SANCIONES: 1:publicidad: todo procedimiento sancionatorio debe ser informado desde su inicio al aprendiz que presuntamente cometio la falta y empresa patrocinadora cuando hubiere lugar. 2:contradiccion: el aprendiz que halla cometido la falta puede jercer su derecho de contradiccion y defensa, presentar descargos y solicitar aporta pruebas.
ARTICULO 28. SANCIONES las sanciones son las medidas adoptadas por el Sena ante una falta academica o diciplinaria, tienen cobertura en toda la institucion y deben ser registradas en el sisitema de gestion de la formacion; la sancion que se le imponga al aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta. las sanciones que pueden imponersen por falta academicas o disciplinarias son: 1: llamado d atencion escrito: medida sancionatoria que se impone atravez de un comunicado escrita por el coordinador acadmico o de formacion del centro del aprendiz; los llamados de atencion escritos implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el proceso de formacion. 2:condicionamiento de la matricula: sancion que se le impone al aprendiz que incurra en faltas academicas o disciplinarias, el condicionamiento de matricula cesa cuando el aprendiz cumple el plan de mejoramiento concertado y compromisos escritos. 3:cancelacion de la matricula: acto administrativo que se originan cuando persisten en el aprendiz las causas que se originaron el condicionamiento de matricula por faltas catalogadascomo graves, una vez firme la sancion debe entregar de manera inmediata el carnet institucional y ponerse a paz y salvo con todo concepto.
ARTICULO 27. MEDIDAS FORMATIVAS las medidas fomativas so aquellas acciones que se aplican al aprendiz Sena cuando cuando se trate de hechos que contrarien en menor grado el orden academico o diciplinario, con el fin de prevenir su ocurencia o generar cambios en el desempeño academico o diciplinario del aprendiz. son medidas formativas:llamao de atencion verbal: cuando se trate de hecho que tengan el menor efecto en el orden acadmico o diciplinario. plan de mejoramiento academico: es una medida adoptada para definir acciones de formacion previo al agotamiento de estrategias pedagogicas del instructor e inicitiva del aprendiz. plan de mejoramiento disciplinario: es una medida adoptada para definir acciones de caracter comportamental, para propiciar en el aprendiz cambios en su conducta.

CAPITULO VIII FALTAS ACADEMICAS Y DISCIPLINARIAS

ARTICULO 26. CRITERIOS PARA CALIFICAR LAS FALTAS Para hacer la calificasion difinitiva de la falta se tendra en cuenta los siguientes criterios: 1 daños causados y sus efectos. 2 grado de participacion del aprendiz. 3 antecedentes del aprendiz. 4 rendimiento del aprendiz en su proceso de formacion. 5 confesion de la falta. 6 haber procurado por iniciativa propia resarcir el daño. 7 haber restituido el bien afectado. 8 ls parametros de calificacion señalados en este reglamento.
PARAGRAFO aquellas conductas que impliquen delito tipificado en el codigo penal colombiano, deben ser ademas denunciadas por el servidor publico que tenga conocimiento de ellas ante las autoridades competentes.
ARTICULO 25.CLASIFICACION DE LAS FALTAS. las faltas academicas y disciplinarias deben calificarsen como: 1 leves. 2 graves. la calificacion de las faltas corresponde a las circuntancias que hayan sido previstas para su realizacion de acuerdo a los derechos, deberes y rohibiciones.
ARTICULO 23. FALTAS QUE AFECTEN EL PROCESO DE APRENDIZAJE Y LA CONVIVENCIA. se considera faltas las acciones u omisiones que alteren el normal desarrollo de la formacion, la convivencia en la comunidad educativa, el desempeño academico del aprendiz o de sus compañeros, y que al presentarse originan la necesidad de una medida sancionatoria formativa.
ARTICULO 24. CLASIFICACION DE LAS FALTAS las faltas del aprendiz pueden ser academicas o disciplinarias: 1 las faltas acadmicas estan relacionadas directamente con el compromiso del aprendiz respecto a la probacion y tranferencia del conocimiento; incurre con su actuacion u omision en una de las prohibiciones, incumple un deber o se extralimita en el ejercicio de un derecho que sean de indole academica. 2 las faltas disciplinarias estan relacionadas con el comportamiento del aprendiz, la falta se configura cuando el aprendiz incurre con su actuacion en una de las prohibiciones, incumple un deber o se estralimita en el ejercicio de sus derechos de caracter comportamental.

CAPITULO VII PROCESO DE FORMACION, IMCUMPLIMIENTO Y DESERCION

ARTICULO 22. PARTICIPATIVO Y CUMPLIMIENTO el aprendiz sena encargado de su procso de formacion debe participar activamente en todas las actividades programadas ya sean presenciales o virtuales que conforman la ruta de aprendizaje: 1 incumplimiento justificado: el incumplimiento justificado del aprendiz se da cuando deja de cumplir co las actividades programadas. 2 incuplimiento injustificado: es el incumplimiento del aprendiz en la entrega de evidencias de aprendizaje, pactada en la ruta de aprendizaje. 3 revision de los resultados de evaluacion: el instructor debe analizar el progreso del programa de formacion identificando con el aprendiz sus logros y dificultades, en caso que el aprendiz no logre el resultado de aprendizaje el instructor programa y realiza actividades pedagogicas complementarias. -presentar solicitud de forma escrita al instructor y atraves del programa de gestion de la formacion. -esta solicitud debe ser contestada por el instructor y atraves del programa de gestion de la formacion. -si la solicitud no es contestada dentro del termino anterior o persiste es desacuerdo con la respuesta drecibida, el aprendiz podra solicitar mediante escrito dirigido al coordinador academico dentro de los dos dias habiles siguientes la evaluacion de un segundo evaluador que resive la evaluacion realizada inicialmente. -