Categorii: Tot - ejecutivo - territorial - competencia - procesos

realizată de OSCAR ALEJANDRO GUZMAN PEREZ 1 an în urmă

197

Mapa mental tipología y reglas de jurisdicción y competencia de los procesos.

En el contexto jurídico, los factores de competencia pueden clasificarse en subjetivos y objetivos. Los subjetivos incluyen roles como el Presidente de la República, cónsules, agentes diplomáticos y congresistas.

Mapa mental tipología y reglas de jurisdicción y competencia de los procesos.

OSCAR ALEJANDRO GUZMAN PEREZ

Factores de Competecia

Subjetivo Carácter personal especial: Presidente de la Republicá. Consul. Agente Diplomático. Congresista. (Art 27 CGP)

Objetivo

Territorial (Art 28 CGP)
Cuantía. (Art 25 CGP) Mínima. Menor. Mayor.
Naturaleza o Taxatividad del asustó ( Art 17 a 21, 24, 30, 32 CGP)

audiencia de instrucción y juzgamiento (art 373)

Práctica de pruebas

alegatos
sentencia

audiencia inicial (art 371)

conciliacion

saneamiento del proceso
interrogatorio de las partes, fijación del litigio, decisión de excepciones previas

decreto de prueba

clasificación de los procesos

Type in the name of the company you are going to have an interview with.

Procesos Ejecutivos Surge como soporte básico de las funciones estatales reguladoras de las relaciones jurídicas entre los asociados y es garantizador del orden público La finalidad de este proceso está en asegurar que el titular de una relación jurídica de carácter obligacional, pueda por virtud de la intervención del estado, lograr la efectividad de ellas, obligando al deudor a ejecutar la prestación a su cargo, contenida en un título ejecutivo

Jurisdicción coactiva
Hipotecario
Singular
Subtopic

PROCESOS DIVISORIOS ART 406 CGP La comunidad se concibe como un derecho real de dominio o propiedad mancomunada sobre un bien; es decir, en cabeza de dos o más personas, denominada comunidad de bienes Este proceso tiene por objeto poner fin a la forma de propiedad especial denominada comunidad, mediante la venta del bien común o su división física, cuando quiera que esta última sea posible, jurídica y materialmente, ya que nadie está obligado a permanecer en indivisión

Procesos declarativos

Especiales
Monitorio (art 419 -421)

PROCESO MONITORIO ART 419 Es la gran novedad del código general del proceso, quien pretenda una obligación en dinero, de naturaleza contractual, determinada y exigible que sea de mínima cuantía, podrá promover este proceso

Divisorio (art 406 - 418)
Deslinde y amojo ( art 400 -405)
Expropiación (art 399)

EXPROPIACIÓN ART 399 CGP La propiedad es un derecho individual que tiene función social e implica obligaciones, pero se debe anotar que siempre el interés general primara sobre el particular, se puede expropiar una propiedad para hacer una carretera, en este evento se indemnizara al propietario del bien, también se puede expropiar por motivo de guerra, expropiación para atención de desastres

generales
verbal sumario (art 390 -398)

PROCESO VERBAL SUMARIO art 390: los asuntos contenciosos de mínima cuantía y los siguientes asuntos: • Controversias sobre propiedad intelectual. • Fijación, aumento, disminución, exoneración de alimentos y restitución de pensiones alimenticias, cuando no. hubieren sido señalados judicialmente. • Las controversias que se susciten respecto del ejercicio de la patria potestad, las diferencias que surjan entre los cónyuges sobre fijación y dirección del hogar, derecho a ser recibido en éste y obligación de vivir juntos y salida de los hijos menores al exterior y del restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. • Los contemplados los articulos 913, 914, 916, 918, 931, 940 primer inciso, 1231, 1469 y 2026 del Código de Comercio • Los relacionados con los derechos de autor previstos en el articulo 243 de la Ley 23 de 1982. • Los de reposición, cancelación y reivindicación de titulos valores. • Los que conforme a disposición especial deba resolver el juez con conocimiento de causa, o breve y sumariamente, o a su prudente juicio, o a manera de árbitro. • Los de lanzamiento por ocupación de hecho de predios rurales. • Los que en leyes especiales se ordene tramitar por el proceso verbal sumario. Parágrafo primero. Los procesos verbales sumarios serán de única instancia. Parágrafo segundo. Las peticiones de incremento, disminución y exoneración de alimentos se tramitarán ante el mismo juez y en el mismo expediente y se decidirán en audiencia, previa citación a la parte contraria, siempre y cuando el menor conserve el mismo domicilio. Parágrafo tercero. Los procesos que versen sobre violación a los derechos de los consumidores establecidos en normas generales o especiales, con excepción de las acciones populares y de grupo, se tramitarán por el proceso verbal o por el verbal sumario, según la cuantia, cualquiera que sea jurisdiccional.

verbal (art 368-389)

PROCESO VERBAL art 368: todo tramite contencioso que no este sometido a un tramite especial • Resolución de compraventa • Declaración de pertenencia • Servidumbre • Posesorios • Entrega de la cosa por el adquiriente al tradente • Rendición provocada de cuentas • Rendición espontanea de cuentas • Pago por consignación • Impugnación de actos de asamblea • Declaración de bienes vacantes o mostrencos • Restitución de inmueble arrendado • Otros procesos de restitución de tenencia • Investigación o impugnación de la paternidad o maternidad • Nulidad de matrimonio civil • Divorcio • Contenido de la sentencia de nulidad o de divorcio

estructura del proceso verbal

fase introductora

escrituralidad

notificación personal (art 291 cgp)

contestación de la demanda (art 96 cgp)

demanda (art 82 cgp)

PROCESOS DE LIQUIDACIÓN ART 473 CGP Lo que se busca con este proceso es determinar en cabeza de quien ha de ser asignados unos bienes que por circunstancias naturales o jurídicas han quedado sin dicha titularidad Con el CGP se incorporan dos nuevas modalidades de proceso liquidatarios - Liquidación patrimonial - La insolvencia de persona natural no comerciante

insolvencia de persona natural no comerciante (art 531-576)
disolucion y liquidacion de sociedades (aer 524-530)
liquidación de sociedades conyugales o patrimoniales por causa distinta a muerte (art 523)
sucesión

Jurisdicción y Competencia

Competencia Capacidad para ejercer jurisdicción en determinados asuntos y territorios. (División de la potestad jurisdiccional)
Jerarquía de la rama judicial

Corte Suprema Jerarquía a nivel Nacional (1)

Tribunal Superior Jerarquía sobre el Distrito Judicial (33)

Jueces del Circuito Jerarquía sobre el Circuito Judicial (202)

Jueces Municipales (Promiscuos) Jerarquía en los Municipios (1104)

Jurisdicción Facultad del estado para administrar justicia, Atribuida a los Jueces y Magistrados.
Jurisdicciones Especiales.

Jurisdicción especial para la paz. Jurisdicción indígena. Jurisdicción Penal militar

Jurisdicción Constitucional

Protección Constitucional Acciones de Inconstitucionalidad

Jurisdicción Contencioso Administrativa

Pleito Administrativo

Jurisdicción Ordinaria

Familia. Civil. Penal. Laboral. Agrario

Topic principal

Procesos de jurisdicción voluntaria Se tramitará por esta vía los procesos no contenciosos estipulados en el art 577 del cgp sin perjuicios de las competencia atribuida a los notarios

La licencia que soliciten los padres de familia para enajenar o gravar bienes de sus representados
La licencia para la emancipación voluntaria

La designación de guardadores, consejeros a administradores

La declaración de ausencia

La declaración de muerte presuntiva por desaparecimiento

La interdicción o rehabilitación e inhabilitación de las personas con discapacidad relativa y su rehabilitación

La autorización requerida en caso de adopción.

La autorización para levantar patrimonio de familia inembargable

Cualquier otro asunto de jurisdicción voluntaria que no tenga señalado trámite diferente.

El divorcio, la separación de cuerpos y de bienes por mutuo consentimiento, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios.

La corrección, sustitución o adición de partidas de estado civil o del nombre, o anotación del seudónimo en actas o folios de registro de aquél

Los demás asuntos que la ley determine