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realizată de Milton Ferro Almario 6 ani în urmă

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MARCO LEGAL

Colombia está avanzando hacia la independencia energética con la implementación de la Ley 1715 de 2014. Esta ley fomenta el uso de energías alternativas renovables no convencionales, alejándose de la dependencia del agua y el carbón.

MARCO LEGAL

MARCO LEGAL ENERGIA RENOVABLE EN COLOMBIA

ART 80 CONSTITUCION POLITICA

ESTABLECE
EL ESTADO PLANIFICARA EL MANEJO A APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES, PARA GARANTIZAR EL DESARROLLO SOSTENIBLE, SU CONSERVACION, RESTAURACION O SUSTITUCION

Colombia tendrá la posibilidad de comenzar a liberarse de la dependencia de fluido eléctrico generado por agua y carbón, con la entrada en vigencia de la Ley que regula la integración de las energías alternativas renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional. “La disposición tumba barreras económicas de entrada a las tecnologías de generación a través de estos mecanismos y genera incentivos para aquellos colombianos que decidan invertir en este tipo de opciones para sus inmuebles o su actividad productiva”

LEY 1715 2014
REGULA LA INTEGRACION DE LAS ENERGIAS RENOVABLES NO CONVENCIONALES AL SISTEMA ENERGETICO NACIONAL

VIDEO ENERGIAS RENOVABLES

establece el marco legal y los instrumentos para promover el uso de estos mecanismos, mediante el fomento de la inversión, la investigación y el desarrollo de tecnologías limpias, la eficiencia energética y la respuesta a la demanda.

ALGUNAS VENTAJAS

INCENTIVOS

contempla incentivos tributarios para quienes estén obligados a declarar renta que realicen inversiones en Fuentes no Convencionales de Energía (Fnce), tendrán derecho a reducir anualmente de ella, por los 5 años siguientes al año gravable en que hayan realizado la inversión, el 50% del valor total de esta. Los equipos y demás elementos para la producción y utilización de energía a partir de fuentes no convencionales estarán excluidos de IVA. Así mismo, las personas naturales o jurídicas que sean inversionistas en nuevos proyectos de Fnce gozarán de exención del pago de los derechos arancelarios de importación de maquinaria, equipos e insumos para esta clase de obras. Se contempla también la creación del Fondo de Energías no Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (Fenoge), para financiar iniciativas de Fnce y gestión eficiente de esta, el cual se nutriría de recursos tanto públicos como privados y de carácter internacional.

PROGRESO DE IMPLEMENTACION DE LA LEY