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modalidades en las cuales el Estado puede adquirir bienes.
El Estado dispone de varias modalidades para adquirir bienes, como la expropiación, la nacionalización, el aseguramiento y el decomiso. La expropiación es un acto unilateral llevado a cabo por la administración pública por causas de utilidad pública, según el artículo 27 constitucional.
modalidades en las cuales el Estado puede adquirir bienes.
Aseguramiento
Articulo 16 constitucional, parrafo VIII.
Decomiso
Articulo 22 constitucional II párrafo.
la perdida de los instrumentos y efectos del delito o infracción.
Naturalización
El articulo 27 constitucional distingue claramente la nacionalización de la expropiación, en las empresas nacionalizadas el estado sustituye a las empresas privadas en la administración
acto jurídico unilateral por virtud del cual se establece, una determinada actividad económica.
Expropiación
acto unilateral se lleva a cabo por la administración pública.
Articulo 1.- la presente ley es de interés publico y tiene por objeto establecer las causas de utilidad publica
articulo 27 constitucional, las expropiaciones solo podrán hacerse por causa de utilidad publica.