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La DIAN en uso de sus facultades, podra registrar en el regimen SIMPLE de manera oficiosa a contribuyentes que no hayan declarado o pagado cualquiera de los siguientes impuestos:
El consumo
El impuesto de industria y comercio
Sobre las ventas
Impuestos sobre la renta y complementarios
Hasta el dia
22 de octubre
23 de octubre
26 de octubre
27 de octubre
28 de octubre
Ultimo digito NIT
0-9
8-7
6-5
4-3
2-1
Agente retenedor del impuesto a las ventas.
Contribuyente del régimen ordinario.
El tercero receptor del pago
(-) Retenciones y autorretenciones ANTES de optar al SIMPLE.
(-) Saldos a favor año gravable anterior sin compensar
(-) Anticipos componente simple nacional
(=) Impuesto a cargo
(+) Impuesto de ganancias ocasionales.
(=) Impuesto neto simple
(-) 0.5% pagos por ventas TC, TD, OMPE
(-) Aportes a pensión (empleador)
(-) Componente ICA territorial anual
(x) Impuesto simple
(x) Tarifa simple
Componente ICA territorial BIMESTRAL
Componente SIMPLE nacional
Impuesto nacional de consumo (INC)
Impuesto sobre las ventas (IVA).
En el monto del anticipo y del SIMPLE que corresponde al impuesto de industria y comercio consolidado de los impuestos y distritos.
En el monto del anticipo y del SIMPLE que corresponde a la NACION y es liquidado en el recibido electrónico de pago bimestral o la declaración anual.
- Actualizar el RUT registrando la responsabilidad 47 en la casilla 53 como contribuyentes del SIMPLE hasta el 31 de enero de cada año gravable.
Para los contribuyentes no responsables del IVA
- Ingresos brutos inferiores a 3.500 UVT - Un establecimiento de comercio - No franquicia, concesión, regalías. - Que no sean usuarios aduaneros. - No hayan celebrado contratos iguales o superiores a 3.500 UVT. - Consignaciones bancarias inferiores a 3.500 UVT.
- Actividades de expendio de comida y bebidas (IMPO CONSUMO); y actividades de transporte.
- Servicios profesionales, de consultoría y científicos - Servicios de profesiones liberales.
El factor intelectual sobre el material.
- Actividades comerciales - Servicios tecnicos y mecanicos - Electricistas - Albañiles - Servicios de construcción - Las demás no incluidas en los otros numerales.
Predomina
El factor material sobre el intelectual
- Tiendas pequeñas - Mini- mercados - Micromercados - Peluquerías.
2. Personas naturales sin residencia en el país o sus establecimientos permanentes.
3. Personas naturales residentes, con contrato laboral, o realidad legal y reglamentaria.
4. Entidades financieras.
5. Actividades de microcrédito
6. Gestion, intermediacion en venta arrendamiento de activos representan mas del 20% del total de ingresos.
7. Factoraje o factoring.
8. Servicios de asesoramiento y/o estructuración de créditos.
9. Comercializacion de energia electrica.
10. Las personas jurídicas de derecho
11. Los particulares que desempeñen funciones publicas.
12. Las entidades sin animo de lucro.
- Obligaciones tributarias - Obligaciones seguridad social - Inscripción del RUT - Firma electrónica - Factura electrónica.
Es gerente o administrador de otras empresas
Tiene una participación superior al 10% en 1 o varias sociedades NO inscritas en el simple
Empresa: - Realiza pagos laborales o de prestación de servicios personales. - Realiza pagos por concepto de arrendamiento de inmuebles o muebles. - Dispone de bienes inmuebles, materiales e insumos.
Totalidad de ingresos brutos (Ordinarios+ extraordinarios) percibidos en el respectivo periodo gravable.
- La obtención de ingresos susceptibles de producir incremento en el patrimonio.
Este impuesto integra los siguientes:
1. INC - (Comidas y bebidas) 2. IVA - (Grupo 2,3 y 4 e incorpora el IVA del grupo 1 en la tarifa del SIMPLE) 3. ICA consolidado (Incorporado dentro de la tarifa del simple) 4. Aportes del empleador a pensiones (descontable del SIMPLE) 5. Impuesto de ganancias ocasionales (Liquidación independiente).
Los descuentos no podrán afectar la parte que corresponda al ICA.
2. Impulsar la formalización y en general.
3. Simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria.
Decreto 1468 de agosto de 2019
Resolución 57 de septiembre de 2019
Ley 2010 de 2019
- Impuesto Unificado en el cual se pagara bajo el régimen simple de tributacion.
El facturador electrónico o proveedor venta en fallas tecnológicas.
3. Se permite la expedición de la factura de talonario como soporte fiscal para el comprador y el obligado a facturar.
2. La factura de venta debe cumplir con los requisitos del Art 617 del Estatuto tributario.
1. Haber solicitado la numeración de la factura de venta contingencia.
Sucede cuando
El sistema de facturación de la DIAN queda fuera de linea
Proceso
5. A las 48 horas después se debe transmitir la información de las facturas XML, de las que no se validaron con la marca tipo 04.
4. Reintentar el paso 1 a los 30 minutos; si funciona volver a facturar normal.
3. Expedir la factura electrónica a adquiriente sin validación
2. Almacenar la evidencia del error del servidor de la DIAN
1. Verificar la caida del sistema 4 veces con intervalos de 20 segundos para decretar contingencia.
5. Tener certificado de forma digital.
4. Software de factura electronica
3. Dispositivo electrónico con acceso a internet
2. Acceso a correo electrónico registrado por el RUT
- Persona jurídica- Representante legal - Persona natural.
1. RUT Actualizado
- Tiene catalogo de certificados digitales para firma - Permite cargar los rangos de numeración solicitados - Tiene catalogo para almacenar clientes y productos de manera ilimitada.
- Venta - Contingencia - Notas Crédito - Notas débito
2. Solicitar certificado de firma digital gratuito o asociarlo
3. Realizar pruebas del software y Obtener estado "Habilitado"
4. En el portal "Habilitación Seleccionar la fecha de actualización automática del RUT.
5. Solicitar los rangos de numeración de Facturación( Muisca) y asociarlos en el portal " Facturando electrónicamente".
En modalidad de papel debe cumplir con los requisitos de la Resolución 0042 de 2020.
Lo expide el comprador para registrar la transacción que da lugar a costos deducciones o impuestos descontables; por medio de un documento con numeración autorizada por la DIAN, cuando el vendedor no esta obligado a facturar.
Se usa para acreditar la compra de un bien o un servicio.
2022
Se deberá soportar el 90% del costo con factura electronica.
2020
Podra usarse como: . Soporte de impuestos descontables - Documento equivalente POS
Se puede contratar los servicios de un proveedor tecnológico habilitado por la DIAN.
Puede implementar su propio software, se requiere de conocimientos tecnicos
Solo se requiere un dispositivo con acceso a internet
1. Personas naturales - Entre 3500 y 12000 UVT - 1 de noviembre
2. Entidades del Estado y servicios públicos - 1 de octubre
3. Actividades financieras, seguros notariales, universidades y colegios. - 1 de octubre
- Grandes contribuyentes- 15 de junio
- Régimen simple de tributación - Cuenta com 2 meses desde el momento de actualización del RUT.
- 05 al 09 - 58 al 63 - 94 al 96
- 10 al 15 - 464-475 al 479
- 71 al 75 - 86 al 88
- 69 y 70 - 84 - 473
- 16 al 27 - 28 al 33 - 36 al 39 - 85 - 64 al 66
- 01 al 03 - 45 y 465 - 77 al 82 - 90 al 93 - 461 al 474
- 41 al 43 - 49 al 53 - 55 y 56
- 15/06/2020 -
1/07/2020 -
4/08/2020
- 1/09/2020 - -
- - 1/10/2020 - -
- - 1/11/2020 - -
- 01/11/2020 -
01/11/2020
- Explotacion,minas y canteras - Información y comunicaciones - Otras actividades, servicios.
- Industria de alimentos,bebidas,textil y detergentes. - Compañias de bienes domésticos, farmacéutico y otros.
- Arquitectura, ingeniería, diseño, publicidad, otros. - Atención de salud y asistencia social.
- Actividades de administracion empresarial - Administracion publica y defensa - Distribuidores minoristas de combustibles, lubricantes y aditivos.
- Industria metalmecanica; electrica. - Fabricacion de muebles - Distribucion de agua y saneamiento - Educación - Actividades financieras y seguros.
- Agricultura, ganadería, caza y pesca - Comercio de automotores - Actividades de servicios administrativos - Actividades artísticas - Compañías de materias primas
- Construcción - Transporte y almacenamiento - Alojamiento y servicio de comida
- Otras actividades no clasificadas previamente
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Con los siguientes requisitos: (Incluidos los del Art 437 del Estatuto tributario)*
- Que tengan mas de un establecimiento de comercio* - Que exploten intangibles.* - Que sean usuarios aduaneros.*
- Que superen los ingresos brutos 3.500 UVT
Los responsables de:
- Impuesto sobre las ventas (IVA) - Impuesto Nacional al Consumo
Art 7 Resolución 0042 de 2020
Personas naturales no responsables de IVA o impuesto al consumo.
Las personas naturales que únicamente vendan bienes excluidos o - Presten servicios no gravados con IVA - Con ingresos inferiores a 3.500 UVT
Los prestadores de servicios desde el exterior
Art 615 del Estatuto Tributario
Venta de bienes y/o servicios están obligados a expedir factura o documento equivalente
Interacción
Validaciones
Firmado Digital
Formato XML
5. Recepción
4. Expedición
3. Validación
2. Transmisión
1. Generación
Intercambio electrónico de datos.
Estructura estándar internacional (XML-UBL)
Es conocida como e-Factura-Invoice
Evolución de la factura tradicional de papel
Soporta las transacciones de ventas de bienes y/o servicios