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Órganos del Ejido
El órgano supremo del ejido es la asamblea, que involucra a todos los ejidatarios y se reúne al menos una vez cada seis meses. El comisariado ejidal es responsable de ejecutar los acuerdos de la asamblea y gestionar administrativamente el ejido.
>Opina sobre los servicios sociales y urbanos ante las autoridades municipales; proponer las medidas para mejorarlos; sugerir y coadyuvar en la tramitación de las medidas sugeridas.
>Integrada por los ejidatarios y avecindados del núcleo de población, la que podrá hacer propuestas sobre cuestiones relacionadas con el poblado, sus servicios públicos y los trabajos comunitarios del asentamiento humano
Juntas de pobladores
>Vigila que los actos del comisariado se ajusten a los preceptos de la ley y a lo dispuesto por el
reglamento interno o la asamblea
>Estará constituido por un Presidente y dos Secretarios, propietarios y sus respectivos suplentes
Consejo de vigilancia
Estará constituido por una:
-Persona titular de la Presidencia
-Persona titular de la Secretaría
-Persona titular de la Tesorería
-Propietarias y sus respectivas personas suplentes
>El comisariado ejidal es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la
asamblea, así como de la representación y gestión administrativa del ejido
>Llevará un libro de registro en el que asentará los nombres y datos básicos de
identificación de los ejidatarios que integran el núcleo de población ejidal correspondiente
El comisariado ejidal
> La asamblea podrá ser convocada por el comisariado ejidal o por el consejo de
vigilancia, ya sea a iniciativa propia o si así lo solicitan al menos veinte ejidatarios o el veinte por ciento del total de ejidatarios
> La asamblea deberá celebrarse dentro del ejido o en el lugar habitual
> El órgano supremo del ejido es la asamblea, en la cual participan todos los ejidatarios.
> Se reunirá por lo menos una vez cada seis meses o con mayor frecuencia
cuando así lo determine su reglamento o su costumbre