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Presentación de declaraciones, avisos y aclaraciones que se presentan ante la autoridad fiscal

Las declaraciones fiscales deben presentarse siguiendo las normas establecidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que cuenta con un plazo de 20 días para procesar las solicitudes enviadas en formato digital.

Presentación de declaraciones, avisos y aclaraciones que se presentan ante la autoridad fiscal

FUENTE CONSULTADA : Mexicanos, C. d. (mayo de 2021). CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Recuperado el 04 de marzo de 2021, de https://docs.mexico.justia.com/federales/codigo_fiscal_de_la_federacion.pdf

Presentación de declaraciones, avisos y aclaraciones que se presentan ante la autoridad fiscal

Articulo 31 C.F.F.

Los representantes
personas no residentes en el país

cuya intervención

efectúen actividades por las que deban pagarse contribuciones

están obligados a formular y presentar a nombre de sus representadas

las declaraciones, avisos y demás documentos

señalen las disposiciones fiscales

Los formatos electrónicos
se darán a conocer en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria

apegados a las disposiciones fiscales aplicables

uso será obligatorio

al menos con un mes de anticipación a la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlos

El Servicio de Administración Tributaria
contará con un plazo de 20 días

de que sea enviada la solicitud correspondiente en documento digital

podrá facilitar la recepción

pagos de impuestos

mediante la autorización de instrucciones anticipadas de pagos.

podrá autorizar a las organizaciones

agrupen a los contribuyentes

En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones y expedición de constancias

las disposiciones fiscales

no señalen plazo

se tendrá por establecido el de quince días siguientes a la realización del hecho de que se trate.

no hubieran sido aprobadas y publicadas

Diario Oficial de la Federación por las autoridades fiscales

los obligados a presentarlas

deberán utilizar las últimas formas publicadas por la citada dependencia

si no existiera forma publicada

las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del Registro Federal de Contribuyentes

Los contribuyentes
tengan obligación de presentar declaraciones periódicas de conformidad con las Leyes fiscales respectivas

continuarán haciéndolo

no presenten los avisos del registro federal de contribuyentes

Cuando no exista impuesto a pagar

informar a las autoridades fiscales las razones por las cuales no se realiza el pago.

Tratándose del pago provisional o mensual

podrán cumplir con la obligación

las oficinas de asistencia al contribuyente

Servicio de Administración Tributaria

proporcionando la información necesaria

sea enviada por medios electrónicos a las direcciones electrónicas correspondientes

ordenando la transferencia electrónica de fondos.

Debe presentarse
información que señale el Servicio de Administración Tributaria

mediante reglas de carácter general

formatos electrónicos

Cuando establezcan que se acompañe un documento distinto a escrituras o poderes notariales

no será digitalizado

se podrá presentar en medios impresos.

documentos digitales

firma electrónica avanzada

de los medios