Materia:
Riesgos y Desastres
Paralelo:
A
Profesora:
Marìa Alejandra Zambrano Romero
Carrera:
Escuela de Enfermería
Pertenece a:
Emily Pierina Vera Zambrano
ASPECTOS JURÍDICOS: CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTIÓN DE RIESGOS DENTRO DE UN MARCO LEGAL INSTITUCIONAL PARA LAS DISTINTAS REGIONES EN ECUADOR (STGR).
LA GESTIÓN DE RIESGOS SE FUNDAMENTA EN LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS
Transversalidad
Responsabilidad
Integridad Técnica
Enfoque en las prioridades
Precaución
Eficiencia
Descentralizaciòn Subsidiaria
Complementariedad durante emergencias y desastres
Proteccionista
LA GESTIÓN DE RIESGO COMPRENDE DE LA SIGUIENTES FASES
Recuperación de los Daños
Respuestas Ante Emergencias y Desastres
Reducción de Riesgos
Identificación y Análisis de Riesgos
MARCOS LEGALES COMPLEMENTARIOS
Fuente a la Gestión de riesgos en el Ecuador, en la Ley de Seguridad Publico y del Estado, el Art. 11: Literal D, establece que:
La prevención y las medidas para contrarrestar, reducir y mitigar los riesgos de origen natural o antròpico o para reducir la vulnerabilidad correspondiente a las entidades publicas y privadas, nacionales, regionales y locales, la rectorìa la ejercerá el Estado a través de la Secretaria de Gestión de Riesgos
Bibliografía:
- http://www.derecho-ambiental.org/Derecho/Legislacion/Proyecto-Ley-Gestion-Riesgos-Ecuador.html
- https://sites.google.com/site/gestionderiesgosmb/marco-legal-de-la-gestion-de-riesgos-en-el-ecuador
INVERSIONES DE DOS TIPOS
SOCIAL
De igual o mayor importancia, es desarrollar procesos de capacitación a la población
ECONOMÍA
Consiste en adquirir los sistemas de monitoreo y contar con personal técnico que permita brindarles un seguimiento en forma continua y permanente, así como la implementaciòn de los SAT
MANDATOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS EN EL ECUADOR
CONFORMADO POR
La ley de seguridad Publica y del estado
El reglamento a la ley de seguridad publica y del estado
La constitución de la República del Ecuador