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Contabilidad electrónica
La contabilidad electrónica implica la obligación de registrar y asentar las operaciones contables mediante medios digitales. No todas las entidades están obligadas a cumplir con esta normativa.
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Contabilidad electrónica Envíos Los contribuyentes obligados deberán enviar su información contable mensualmente en formato XML a través del Portal del SAT. ¿Qué archivos integran? Información de pólizas y auxiliares. Balanza de comprobación Catalogo de cuentas Tipo de envió Personas físicas y morales del sector primario que optaron por presentar su declaración semestral Semestral, eso de cada 5to día hábil del segundo mes posterior a la Que cotizan en Bolsa de Valores Trimestral, eso de cada 3er día hábil del segundo mes posterior. Mensual eso cada del 3er día del segundo mes posterior Mensual, eso cada del 5to día del segundo mes posterior Cuándo se entregan las pólizas y auxiliares El SAT solo puede verificar información o la procedencia de las devoluciones y compensaciones ¿Cómo generar los archivos a enviar? Proveedores de servicio Con la aplicación del SAT Quienes NO están obligados Las sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles. La Federación, entidades federativas, municipios, sindicatos obreros, entidades de la administración pública para estatal. A los contribuyentes que tengan honorarios, que no se excedan los 2 millones de pesos. Que obtengan ingresos por intereses o ingresos esporádicos. Asalariados Quienes están Obligados Personas morales Coordinados Del régimen general Con fines no lucrativos Personas físicas Régimenes Arrendamiento
Incorporación fiscal
Actividades Profesionales
Empresariales
Fundamento legal Código Fiscal de la Federación, art. 28 frac. III Concepto Se refiere a la obligación de llevar los
registros y asientos contables a
través de medios electrónicos.