Los padres tienen la responsabilidad fundamental de proporcionar crianza y educación adecuada a sus hijos, asegurando su bienestar físico y emocional. Esta responsabilidad se extiende no solo a los padres, sino también a los abuelos y, en ocasiones, involucra a la sociedad y el Estado.
Es la garantía constitucional del derecho que tiene toda persona a la protección judicial de sus derechos fundamentales a través de un recurso efectivo. Arti. 68 Contitucion Republica Dominicana.
Eficaz
Específica
Sencilla o informal
DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE PADRES E HIJOS
DEBERES DE LOS HIJOS CON LOS PADRES
OBLIGACION CON OTROS DESCENDIENTES
Artículo 205 dispone que los hijos estén obligados a sus padres y ascendientes necesitados.
A falta de Padres, la responsabilidad recae sobre los Abuelos
CUIDADO PROTECCIÓN
Cuidado Ancianidad y Demencia.
Todo Hijo tiene el deber moral de velar por el sustento de sus Padres (Es un derecho y una obligación reciproca)
Prestación del Cuidado de Salud
RESPETO Y OBEDIENCIA
Reconocimiento de la Autoridad Paterna, conforme a las normas civiles.
Subtopic
Corresponde el respeto a los hijos menores de edad respecto de sus padres.
DEBERES DE LOS PADRES CON SUS HIJOS
CUSTODIA Y CUIDADO PERSONAL
Al Red familiar Incluso El Estado y la Sociedad.
Es una Obligacion que se extiendo no solo a los padres, extendiéndoselas hasta sus abuelos.