DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS-DELGADO CHICA AMPARO MARITZA-A-
Los accionistas de empresas cotizadas en bolsa poseen derechos políticos y económicos que incluyen acceso a información financiera y societaria. Durante las asambleas, los accionistas pueden delegar su voto a otros miembros si no desean participar directamente.
DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS-DELGADO CHICA AMPARO MARITZA-A-
Derecho a recibir dividendos:
Los dividendos son parte de los beneficios en una empresa, en el caso de que se apruebe la repartición de estos en la Asamblea, deberán ser pagados a los tenedores de las acciones. El pago de los dividendos debe reflejarse en su precio de mercado, el accionista deberá recibirlo a través de la venta.
Los accionistas de una empresa que cotiza en Bolsa, otorga derechos políticos y económicos; estos derechos se asocian a información de carácter, económico, financiera, societaria etc.; en la asamblea de accionistas, delegación responsable del voto, en caso de eludir el voto, acepta que otros miembros tomen decisiones en su nombre.
Derecho de información:
Este derecho se ejerce cuando el accionista cumpla con un mínimo de acciones y que se encuentra establecido en los estatutos, o en su defecto deberá agruparse con otros accionistas para alcanzar el mínimo requerido.
PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO:
A
DELGADO CHICA AMPARO MARITZA
Derecho de convocatoria:
Los socios o accionistas que tengan representación del cinco por ciento del capital, pueden solicitar la convocatoria de una junta general, proponiendo el día y hora que ellos crean conveniente.
Derecho de suscripción preferente:
Cuando una empresa amplía su capital con la emisión de nuevas acciones u obligaciones convertibles en acciones, los socios con mayor antigüedad tienen preferencia en la suscripción. Sin embargo, el accionista puede ejercitarlos suscribiendo las nuevas acciones u obligaciones convertibles, o vender estos derechos en el mercado.
Derecho de asistencia y voto en las juntas generales de accionistas
este derecho se ejerce cuando el accionista cumpla con un mínimo de acciones y que se encuentra establecido en los estatutos, o en su defecto deberá agruparse con otros accionistas para alcanzar el mínimo requerido.
Derecho de impugnación de acuerdos sociales:
Los accionistas pueden ejercer acción judicial para impugnar los acuerdos en la Asamblea que estén fuera de la ley, o en el caso de que violen los estatutos o afecten el beneficio de uno o más accionistas o los intereses de la empresa.