Los actos humanos se distinguen por su origen en la voluntad deliberada y el conocimiento del individuo, haciéndolos actos conscientes y libres. No todos los actos que realiza una persona son considerados humanos en sentido estricto; algunos carecen de advertencia o voluntariedad, como en el caso de individuos con trastornos mentales, niños pequeños o personas bajo coacción física.
El acto voluntario indirecto se da cuando al realizar una acción, además del efecto
que se persigue de modo directo con ella, se sigue otro efecto adicional, que no se
pretende sino sólo se tolera por venir unido al primero.
EL CONSENTIMIENTO
Lleva al hombre a querer realizar ese acto previamente conocido, buscando con ello
un fin. Como señala Santo Tomás (S. Th, I-II, q. 6, a. 1), acto voluntario o consentido
es “el que procede de un principio intrínseco con conocimiento del fin”.
LA ADVERTENCIA
Por la advertencia el hombre percibe la acción que va a realizar, o que ya está
realizando. Esta advertencia puede ser plena o semiplena, según se advierta la acción
con toda perfección o sólo imperfectamente (por ejemplo, estando semi-dormido).
Los actos humanos son aquellos que proceden de la voluntad deliberada del hombre;
es decir, los que realiza con conocimiento y libre voluntad.
No todos los actos que realiza el hombre son propiamente humanos,
Actos del hombre:
Sólo en este caso cuando intervienen entendimiento y voluntad el hombre es dueño
de sus actos, y por tanto, plenamente responsable de ellos.