Категории: Все - principios - derecho - personas - deber

по Jefferson González 7 лет назад

4875

Fundamentos del derecho

El derecho abarca diversos conceptos fundamentales, entre los cuales destacan el deber jurídico y la presión del Estado para el cumplimiento de normas sancionadoras. La obligación jurídica se manifiesta en la necesidad de actuar o abstenerse de ciertas conductas bajo la amenaza de sanciones.

Fundamentos del derecho

Diferentes

Fundamentos del derecho.

Personas morales o jurídicas.

Comete
Cuasicontrato

Hecho de una persona permitido por la ley, que la obliga hacia otra, u obliga a otra hacia ella, sin que entre ambas exista ningún convenio.

El cuasidelito

acto dañoso realizado sin intención de producir un mal, pero del que se deriva una responsabilidad civil para el autor del delito.

Delito

acto u omisión sancionado por las leyes penales.

Son personas jurídicas colectivas reconocidas por el Estado
Las instituciones de asistencia privada.
Las asociaciones y organizaciones políticas estatales.
Las asociaciones y las sociedades civiles.
El Estado, sus Municipios y sus organismos de carácter público.
Atributos
Personas morales

No tiene estado civil

Razón social

Personas físicas

Estado civil

Patrimonio

Domicilio

Nacionaidad

Nombre

Capacidad

Personas jurídicas colectivas y son “las entidades formada para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a la que el derecho objetivo reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.

Actos jurídicos

Presentan
Inexistencia
Nulidad

nulidad es relativa

Nulidad absoluta

Para que sea válido se requiere
V. Solemnidad
IV. Que el objeto, motivo o fin sea lícito
I. Capacidad
II. Ausencia de vicios en el consentimiento
III. El error de hecho
Para que exista se requiere.
Solemnidad en los casos que así lo disponga la ley
Objeto
Consentimiento
Ilícitos
Lícitos
No solemnes
Solemnes
Unilaterales y bilaterales
Mortis causa
Intervivos
Es la manifestación de la voluntad de una o más personas con la intención de producir consecuencias de derecho, esto es, crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones, reconocidas por el ordenamiento jurídico.

Acepciones de la palabra derecho.

Derecho personal
Vincula a dos personas, se deriva de una relación jurídica preexistente que las faculta para exigir el cumplimiento de una obligación
Derecho real
Facultad correspondiente a una persona sobre una cosa específica

Derechos de garantía

Derechos de mero goce

Derechos de goce y disposición

Derecho subjetivo
Conjunto de facultades jurídicas que las personas deben cumplir frente a otros individuos o bien ante al Estado. Facultad que la norma concede a las personas para actuar lícitamente.
Derecho objetivo
Conjunto de normas, reglas imponer deberes, confieren facultades, o sea permite o prohíbe.
Derecho municipal
Conjunto de normas jurídicas que se aplican en los municipios de los Estados.
Derecho local
Constituido por el conjunto de leyes y normas aplicables en el territorio de algún Estado.
Derecho positivo
Conjunto de normas jurídicas emanadas del poder soberano del Estado, que regulan efectivamente la vida de un pueblo en determinado momento histórico
Derecho vigente
Rige la conducta humana en un momento determinado y que no ha sido abrogado o derogado. Deriva siempre de una serie de supuestos
Derecho federal
Formado por el conjunto de leyes o normas jurídicas dictadas por el Congreso de la Unión que tienen vigencia en todo el territorio nacional

Hechos Jurídicos

Los hechos jurídicos realizados con la acción del hombre

Involuntarios

Voluntarios

Hechos jurídicos realizados con la participación del hombre
Hechos jurídicos que se realizan sin la participación del ser humano
Estados de hecho independientes de la actividad humana, o en acciones humanas voluntarias o involuntarias.
El hecho jurídico es todo acontecimiento natural o del hombre, voluntario o involuntario, lícito o ilícito que produce consecuencias de Derecho, pero sin la intención de producirlas.

Principios del derecho.

Son verdades jurídicas notorias.
Indiscutibles
De carácter general.

Fuentes del derecho.

Fuentes reales
Los sucesos o situaciones que se dan en un grupo social y que en un momento dado pueden determinar el contenido de la norma jurídica
Fuentes históricas
Todos aquellos documentos antiguos que contienen disposiciones jurídicas que en algún caso sirven como inspiración, modelo o simple guía al legislador para crear nuevas normas jurídicas.
Fuentes formales
Los procedimientos mediante los cuales se llegó a la creación de la norma jurídica

La doctrina

Estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho, ya sea con el propósito puramente teórico de sistematización de sus preceptos

La jurisprudencia

Conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de ciertos tribunales. Puede ser de dos tipos:

Interpretativas

Integradoras

La costumbre

Es la regulación de la conducta surgida espontáneamente de un grupo social y de observancia voluntaria para quienes lo constituyen, sin que ante su infracción quepa la posibilidad de la imposición forzosa por la autoridad. Puede presentar tres acepciones

Como forma supletoria de la ley

En contra del derecho

Con arreglo a derecho

La legislación

Es el proceso mediante el cual los órganos del Estado,crean las normas jurídicas generales, abstractas y obligatorias que integrarán la ley.

• Iniciación de la vigencia

• Publicación

• Promulgación.

• Sanción

• Aprobación

• Discusión

• La iniciativa de ley.

Concepto de deber.

Deber jurídico
Presión que el Estado impone para el cumplimiento de una norma que tiene carácter sancionador.
Es una obligación jurídica
Una forma de conducta.
Es el hacer o no hacer una determinada conducta, de lo contrario se aplicará una sanción.
Es la obligación que toda persona tiene que cumplir para realizar un mandato.

Concepto de derecho.

Derecho natural
La facultad o sentimiento de lo justo y lo injusto, reputándolo como una característica esencial y específica del ser humano que lo distinguía de las otras especies naturales.
Es necesario, inmutable y objetivo: no depende de ninguna voluntad, se impone a los hombres por su propia naturaleza y perdura en el tiempo.
La norma.
Sistema jurídico

Sentencias judiciales y resoluciones administrativas.

Leyes o normas generales.

Constitución política.

Reglamentos.

Negocios o actos jurídicos

Características

Heteronomía

Reglas que enfrenta una persona, provienen del medio externo. Creadas por entidades distintas al destinatario de la norma.

Autonomía

Creadas por la conciencia misma del individuo que habrá de obedecerlas, con el fin de regular su propia conducta.

Coercibilidad

El cumplimiento va a ser exigido al individuo aún en contra de su voluntad e incluso con el uso de la fuerza.

Incoercibilidad

No es exigida por el Estado. Su cumplimiento queda sujeto a la voluntad del individuo.

Bilateralidad

Contemplan la existencia de un derecho que es desprendido de una obligación o viceversa. Sujeto autorizado para exigir el cumplimiento de la obligación.

Unilateralidad

No prevén la existencia de un sujeto facultado para exigir el cumplimiento de las obligaciones contenidas en esa norma al destinatario. Confieren facultades o imponen obligaciones

Interioridad

La persona actúa de acuerdo con su propia conciencia de lo que él considera bueno o malo.

Exterioridad

No atienden la intención del sujeto, si no que enfocan al resultado material de la conducta.

Clasificación

Normas jurídicas.

Reglas de conducta expedidas por el poder público para regular la pacífica convivencia de los seres humanos integrantes de una sociedad. Forzado a cumplirlas por medio de la coacción

Normas sociales.

Reglas de comportamiento que nos impone el grupo social al que pertenecemos como requisito para ser bien recibido en su entorno.

Normas religiosas.

Provienen de los dogmas que recibimos en el estudio o la práctica de creencias divinas.

Normas morales.

Reglas de conducta que provienen de nuestro interior, ya sea del bien y del mal.

Pertenecen al ámbito del deber ser; son formas de regulación de la conducta que surgen de la voluntad del hombre.
Reglas de comportamiento.

Stricto sensu. Establecen deberes y otorga derechos.

Latu sensu. Regla de comportamiento obligatoria o no.

Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los hombres en sociedad.
Derecho=Exigencia
Enfocado a educar al hombre en su ámbito social, y a estudiar su conducta.
Proviene del latín directum que significa “dirigir”, “encaminar”.