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HABEAS

La Ley 1581 de 2012 establece el marco legal para la protección de datos personales en Colombia, garantizando el derecho constitucional de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones recogidas sobre ellas.

HABEAS

Sofia Daniela Caez Obando - Daissy Mabel Criollo Garcia - Paola Andrea Leon Quevedo Kevin Alexander Guerrero

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES LEY 1581/2012

DERECHOS Y CONDICIONES DE LEGALIDAD PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS

Personas a quienes se les puede suministrar la información
Deber de informar al Titular
Suministro de la información
Casos en que no es necesaria la autorización
Autorización del Titular
Derechos de los Titulares
ser informado respecto del uso que le ha dado a sus datos personales

Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones

Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento

Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento
Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales

Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales

CATEGORÍAS ESPECIALES DE DATOS

Derechos de los niños, niñas y adolescentes
Es tarea del Estado y las entidades educativas de todo tipo proveer información y capacitar a los representantes legales y tutores sobre los eventuales riesgos a los que se enfrentan los niños, niñas y adolescentes
Tratamiento de datos sensibles
El Tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del Titular

El Tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial

El Titular haya dado su autorización explícita

El Tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las debidas garantías por parte de una fundación

El Tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica

Datos sensibles
aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación

PRINCIPIOS RECTORES

Principio de confidencialidad
Principio de seguridad
Principio de acceso y circulación restringid
Principio de transparencia
Principio de veracidad o calidad
Principio de libertad
Principio de finalidad
Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos

OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES

Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos

Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento

Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales
Dato personal: información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables

Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.

Tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas.
Los principios y disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.