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по JESSICA MARQUEZ BRAVO 5 лет назад

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Libro primero estatuto tributario

El estatuto tributario detalla las regulaciones fiscales aplicables a diferentes tipos de personas jurídicas y entidades en el país. Se especifica que ciertas entidades, como las sin ánimo de lucro, pueden acogerse a un régimen tributario especial siempre y cuando cumplan con requisitos específicos, como tener un objetivo social de interés general y no distribuir sus excedentes.

Libro primero estatuto tributario

Libro primero estatuto tributario

Titulo 2 ingresos que no constituyen renta ni ganancia ocasional

Art. 57 exoneración de impuestos para la zona del nevado del ruiz
ingreso obtenido por la enagenación de los inmuebles a los cuales se refiere el decreto 3850 de 1985
Art. 56 aportes obligatorios al sistema general de salud
aportes obligatorios que efectúen trabajadores, empleadores y afiliados no serán gravados
Art. 55 aportes obligatorios al sistema general de pensión
ingresos no constitutivo

los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y afiliados emplead

Art. 53 aportes a entidades estatales, sobretasas e impuestos para financiamiento de sistemas de servicio público de transporte masivo de pasajeros
no constituye renta:

*transferencia de recursos *sustitución de pasivos y otros aportes que haga nación o las entidades territoriales *sobretasas *contribuciones *otros gravámenes que se destinen a financiar servicio público

Art. 52 incentivo a la capitalización rural (ICR)
El incentivo a la capitalización previsto en la ley 110 de 1993 no constituye renta
Art. 51 la distribución de utilidades por liquidación
cuando una sociedad de responsabilidad limitada o asimilidad haga distribución por liquidación

no constituye renta la distribución hasta el capital aportado

Art. 50 utilidades en ajuste por inflación o por componente inflacionario
las utilidades con el carácter de no gravables se podrán distribuir en acciones

y llevar directamente a la cuenta de capital si es por efecto inflacionario

Art. 49 determinación de os dividendos y participaciones no gravados
las entidades que obtienes utilidades que serán susceptibles deberán:

la sociedad informará a los socios la parte no gravable

Art. 48 participaciones y dividendos
utilidades que hayan sido declaradas en cabeza de la sociedad

dividendos y participaciones percibidas por los socios no constituyen renta ni ganancia ocasional

Art. 47 los gananciales
no se considera si se recibe la ganancia como parte conyugal
Art. 46 apoyos económicos no constitutivos de rentas ni de ganancias ocasionales
apoyos económicos no reembolsables o condonados

*para estudio *indemnizaciones por destrucción o renovación de cultivos y por control de plagas

Art. 45 indemnización por seguro de daño
se debe demostrar dicho ingreso
Art. 44 la utilidad en venta de de casa o apartamento de habitación
si fue adquirida antes de 1 de enero de 1987 no se causa impuesto

si se adquirió después se debe cumplir ciertos porcentajes

Art. 42 recompensas
no constituye renta toda retribución en dinero recibida de organismos estatales
Art. 36 prima en colocación de acciones o de cuotas sociales
el superávit de capital correspondiente a la prima en colocación de acciones no es gravable

capitulo 4 personas jurídicas

Art 25 ingresos que no se consideran de fuente nacional
créditos obtenidos en el exterior

*originados en la importación de mercancías *créditos que obtengan de no residentes *créditos para operaciones de comercio exterior

Art. 24 ingresos de fuente nacional
provenientes de la explotación de bienes materiales dentro del país
Art. 23 otras entidades no contribuyentes declarantes
*sindicatos *asociaciones *fondos de empleados *fondos mutuos de inversión *iglesias *partidos políticos
Art. 22 entidades que no son contribuyentes
*asociaciones de padres *mejoras públicas *cruz roja *ICBF
Art. 21 concepto de sociedad extranjera
sociedades u otras entidades que no sean nacionales

determinación del impuesto

*reconocimiento *devengo

Art. 20 las sociedades extranjeras son contribuyentes
relación con sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional

establecimiento permanente

Art. 19 contribuyentes de régimen tributario especial
sin animo de lucro

requisitos:

tributación sobre la renta de las cooperativas

tributa sobre beneficios netos o excedentes a la tarifa única especial del 20%

para financiación de la educación superior pública

otros contribuyentes

personas jurídicas

constitución propiedad horizontal, explotación comercial o industrial generande renta

Fogafin y Fogacoop

cajas de compensación

ingresos generados en actividades distintas a la inversión de su patrimonio

rendimientos financieros

sujetos a retención

*legalmente constituida *objetivo social sea de interés general *sus aportes no sean reembolsables ni sus excedentes distribuidos

Art. 18 contratos de colaboración empresarial
no son contribuyentes:

*consorcios *uniones temporales *joint ventures *cuentas en participación

deben suministrar toda la información requerida

deben llevar contabilidad

Art. 17 los fondos públicos y Telecom son contribuyentes
responsables

fondos públicos

Art. 16 entidades contribuyentes
sociedades anónimas empresas industriales del estado y economía mixta

perdidas amortizadas dentro de los cinco años siguientes

Art. 14 las sociedades limitadas y asimiladas están sometidas al impuesto de renta y complementarios
sin perjuicio de que los accionistas o socios respondan

*comandita por acciones *irregulares o de hecho

Art. 13 sociedades limitadas y asimiladas
responsables de la renta sin que los socios sean responsables

*sociedades colectivas *en comandita simple *ordinarias de minas *irregulares

Capitulo 2: costos

costo de activos fijos
Art. 73 ajuste de bienes raíces, acciones y aportes que sean activos fijos de personas naturales
Art. 72 avaluó como costo fiscal

será el que figure en la la declaración del impuesto predial unificado o declaración de renta según corresponda.

Art. 71 utilidad en la enajenación de inmuebles

se restará el precio de venta con el costo fiscal.

Art. 70 ajuste de costo de los activos fijos

se podrá ajustar anual mente el costo de los bienes según la tabla del artículo 868

Art. 69 determinación del costo fiscal de los elementos de la propiedad. planta y equipo y propiedades de inversión

activos no corrientes

1. precio de adquisición 2. costos directos atribuibles en la medición inicial 3. menos cualquier deducción que haya sido realizada

precio de adquisición mas los costos directamente atribuibles hasta que el activo este disponible para su uso

costo de los activos movibles
Art. 68 costo fiscal de activos

se realizara con base en el costo ajustado

Art. 67 determinación del costo de los bienes inmuebles

costo fiscal:

1. precio de adquisición 2. costo de construcciones o mejoras 3. contribuciones por valorización del inmueble o inmuebles de que trate

Art. 66 determinación del costo de los bienes muebles y de prestación de servicios

todos los costos derivados de su adquisición y transformación

Art. 65 métodos de valoración de inventarios

fórmulas de de cálculo de costo técnicas de medición del costo

Art. 64 disminución del inventario

podrá disminuirse por:

1. cuando se trate de faltantes podrá disminuir el 3% 2. cuando se dan de baja por obsolescencia y debidamente destruidos 3. la parte que no genera indemnización en una pérdida fiscal

Art. 63 limitación a la valuación en el sistema de juego de inventarios

juego de inventarios

las unidades inventario final no puede ser inferior al movimiento del año

Art. 62 sistema para establecer el costo de los inventarios

sistemas:

1. juego de inventarios 2. inventario permanente o continúo

naturaleza de los activos
Art. 61 naturaleza de los activos en liquidaciones de sociedades limitadas

costo fiscal de los activos adquiridos corresponde:

precio de adquisición más los costos directamente atribuibles al activos

Subtema

Art. 60 clasificación de los activos enajenados

fijos o inmovilizados

no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios

movibles

los que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios

Art. 59 realización del costo para los obligados a llevar contabilidad
costos realizados durante el periodo gravable algunos son:

*pérdidas por el deterioro del valor parcial del inventario *pérdidas generadas por la medición a valor razonable *costos por provisiones asociadas a obligaciones de monto o fecha inciertas

Art. 58 realización del costo para los no obligados a llevar contabilidad
costos legales cuando se efectúe el pago

Titulo 1 renta capitulo 1 renta

Art. 35 deudas por prestamos en dinero entre las sociedades y los socios generan intereses presuntivos
todo prestamo en dinero y generé rendimiento será gravable
Art. 34 ingresos de las madres comunitarias
no serán gravables

ingresos recibido por parte de del gobierno a madres comunitarias

Art. 33 tratamiento tributario de instrumentos financieros medios a valor razonable
titulo de renta fija

*ingresos por intereses o rendimientos financieros *utilidad o pérdida por la enajenación *estructura financiera no varía durante su vida

titulo de renta variable

no serán objetivo de renta hasta el momento de enajenación o liquidación

Art. 32 tratamiento tributario de los contratos de concesión y asociaciones público privadas
etapas de construcción, administración, operación y mantenimiento

activo intangible

Art. 31 valor de los ingresos en acciones y otros titulos
el valor se establece de acuerdo con el valor patrimonial de los mismos
Art 30. definición de dividendos o participaciones en utilidades
*distribución de beneficios con cargo a patrimonio que se realice a los socios *transferencia de utilidades que corresponden a ventas y ganancias ocasionales de fuente nacional
Art. 29 valor de los ingresos en especie
valor comercial de las especies en el momento de le entrega
Art. 28 realización del ingreso para los obligados a llevar contabilidad
ingresos realizados fiscalmente, son los devengados contablemente en el periodo gravable
Art. 27 realización del ingreso para los no obligados a llevar contabilidad
ingresos cuando se reciben efectivamente en dinero o en especie
Art. 26 los ingresos son base de la renta líquida
suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el periodo gravable que sean susceptibles de generar un incremento patrimonial

capitulo 3

Art. 12 sociedades y entidades sometidas al impuesto
sociedades nacionales

* en el año tengan su sede efectiva en el territorio * constitución en Colombia

gravadas sobre sus rentas y ganancias ocasionales

extranjeras solo son gravadas sobre fuente nacional

Art. 11 bienes destacados a fines especiales
gastos de financiación ordinaria o moratoria serán deducibles de tienen causalidad
donaciones o asignaciones modales
Art. 10 residencia para efectos tributarios
condiciones

*permanencia continua o no durante 183 días en el transcurso de 365 días *encontrarse por su relación con el servicio exterior *nacionales que durante el año: - conyogé o hijos tengan residencia en el país - 50% o más ingresos se de en el país - 50% o más bienes administrados en el país - 50% o más de sus activos esten el país - habiendo sido requerido asi por la asministración * residencia fiscal en la jurisdicción como paraiso fiscal

Art. 9 impuesto de las personas naturales residentes y no residentes
están sujetos al impuesto sobre la renta nacional como extranjera

impuesto a no residentes se dan por los bienes que tengan en el país

Art. 8 los cónyuges se gravan en forma individual
sujetos gravables individualmente

igualmente en la liquidación

Art. 7 las personas naturales estan sometidas al impuesto
el impuesto se da durante la sucesión ilíquida entre la muerte y la aprobación
Art. 6 declaración voluntaria del impuesto sobre la renta
resultado de sumar retenciones en la fuente que le hayan practicado
ART. 5 Impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen
un solo tributo

demas contribuyentes

*base de renta *ganancias ocasionales *utilidades comerciales

personas naturales sucesiones iliquidas y fines especiales en virtud de donaciones

*patrimonio *transferencias de renta * ganancias ocasionales en el exterior