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по carol vanesa 4 лет назад

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RESOLUCION 1401 DE 2007

El documento detalla los procedimientos y obligaciones relacionados con la investigación de accidentes e incidentes laborales. Se establece la necesidad de conformar un equipo investigador según la normativa vigente y se especifica que la Administradora de Riesgos Profesionales tiene la responsabilidad de evaluar y complementar las investigaciones recibidas.

RESOLUCION 1401 DE 2007

REFERENCIAS Resolucion 1401 de 2007.Palacio D. (14 de mayo de 2007) "Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo". Ministerio de la protección social. Recuperado de: https://docs.supersalud.gov.co/Portalweb(Juridica/OtraNormativa/R.MPS.1401.2007.pdf

Llevar los archivos de las investigaciones adelantadas

Se remite el informe investigación del accidente de trabajo portal y de los accidentes graves en el artículo 30 de la presente resolución dentro de los 15 días a la ocurrencia del accidente

Remitir, a la respectiva administradora de riesgos profesionales, los informes de investigación de los accidentes de trabajo a que se refiere el inciso primero del artículo 14

Establecer y calcular indicadores de control y seguimiento del impacto de las acciones tomadas.

Implementar el registro del seguimiento realizado a las acciones ejecutadas

Proveer los recursos, elementos, bienes y servicios necesarios para implementar las medidas correctivas que resulten de la investigación, a fin de evitar la ocurrencia de eventos similares, las cuales deberán ser parte del cronograma de actividades

Implementar las medidas y acciones correctivas

Cuando se produzca el fallecimiento del trabajador se debe utilizar obligatoriamente el formato suministrada por la ARL A la que se encuentra afiliado conforme lo establece el artículo 40 del decreto 15 30 de 1996 o la norma que lo modifique adicione o sustituye

Registrar en el formato de investigación, en forma veraz y objetiva, toda la información que conduzca a la identificación de las causas reales del accidente o incidente de trabajo.

Adoptar una metodología y un formato para investigar los

Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a su ocurrencia

Integrado mínimo por el supervisor del trabajador accidentado o del area donde ocurrió el incidente un representante del comité paritario de salud ocupacional o Vigía ocupacional del encargado del desarrollo del programa de salud ocupacional

Proceso sistemático de determinación y ordenación De causas hechos o situaciones que generan o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente que se realiza con el objeto de prevenir su repetición mediante el control de los riesgos que lo produjeron

DEFINICIONES

Circunstancias que se presentan justamente antes del contacto; por lo general son observables o se hacen sentir. Se clasifican en actos subestándares o actos inseguros (comportamientos que podrían dar paso a la ocurrencia de un accidente o incidente)

Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este que tuve el potencial de ver un accidente en el que hubo personas involucradas sin que supiera lesiones o se presentaron daños a la propiedad o perdida en los procesos

Empleadores públicos y privados, contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo

ACCIDENTE GRAVE

Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.

APORTANTES

CAUSAS INMEDIATAS

Causas reales que se manifiestan detrás de los síntomas; razones por las cuales ocurren los actos y condiciones subestándares o inseguros; factores que una vez identificados permiten un control administrativo significativo

Causas basicas

Informar a los aportantes sobre los resultados de las investigaciones

Remitir informe semestral, con sus respectivos soportes, a las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social

Realizar seguimiento a las medidas de control sugeridas en las investigaciones de accidentes

Investigacion de incidente o accidente

Incidente

Emitir conceptos técnicos sobre cada investigación remitida, así como recomendaciones complementarias

Participar, cuando lo estime necesario, en la investigación de accidentes de trabajo que, por su complejidad, consecuencias o falta de conocimiento técnico

Capacitar continuamente al aportante, al equipo investigador y al Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía Ocupacional

Analizar las investigaciones de los accidentes de trabajo remitidas por los aportantes

Suministrar a los aportantes el formato de investigación de incidentes y accidentes de trabajo con su respectivo instructivo.

Remitir, para aprobación de la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social, los formatos de investigación de incidentes y accidentes de trabajo.

Desarrollar e implementar una metodología para la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo y suministrarla a los aportantes.

Proporcionar asesoría a sus afiliados

Conformar el equipo investigador segun art 7

Se reglamenta la investigación de accidentes e incidentes de trabajo

CAPITULO III

REMISIÓN DE INVESTIGACIONES
Recibida la investigación por la Administradora de Riesgos Profesionales, esta la evaluará, complementará y emitirá concepto sobre el evento correspondiente, determinando las acciones de prevención que debe implementar el aportante, en un plazo no superior a quince (15) días hábiles. Cuando el accidente de trabajo sea mortal, la Administradora de Riesgos Profesionales remitirá el informe dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la emisión del concepto, junto con la investigación y copia del informe del accidente de trabajo, a la Dirección Territorial de Trabajo o a la Oficina Especial de Trabajo del Ministerio de la Protección Social, según sea el caso, a efecto de que se adelante la correspondiente investigación administrativa laboral y se impongan las sanciones a que hubiere lugar si fuere del caso.

SANCIONES

El incumplimiento de lo establecido en la presente resolución será sancionado de conformidad con lo establecido en los literales a) y c) del artículo 91 del Decreto-ley 1295 de 1994.

Al igual que lo previsto por el artículo 115 del Decreto-ley 2150 de 1995.

CAPITULO II

INFORME DE INVESTIGACIÓN
Deberá contener todas las variables y códigos del informe de accidente de trabajo, establecidos en la Resolución 156 de 2005 o la norma y debe contener una descripción clara y completa del accidente

DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE O ACCIDENTE

El informe deberá contener un relato completo y detallado de los hechos relacionados con el accidente o incidente, de acuerdo con la inspección realizada al sitio de trabajo y las versiones de los testigos.

Causas del accidente o incidente.

Especificar en cada grupo, el listado de los actos subestándar o inseguros y las condiciones subestándar o inseguras.

Compromiso de adopción de medidas de intervención.

Enumerar y describir las medidas de intervención que la empresa se compromete a adoptar, para prevenir o evitar la ocurrencia de eventos similares

Datos relativos a la investigación.

relacionar lugar, dirección, fecha(s) y hora(s) en que se realiza la investigación; nombres, cargos, identificación y firmas de los investigadores y del representante legal.

CAPITULO I

OBLIGACIONES DE ARL
GENERALIDADES
OBLIGACIONES DE LOS APORTANTES
Objetivo

Establecer obligaciones y requisitos para realizar la investigación de accidentes e incidentes de trabajo e identificar las causas que los generan y así implementar las medidas correctivas

El aportante podrá utilizar la metodología de investigación que más se ajuste a sus necesidades

Campo de aplicación

Aplica para todo tipo de empleador y trabajador

La investigación se realice a trabajadores no vinculados por medio de un contrato de trabajo

La responsabilidad de la investigación será tanto de la empresa de servicios temporales como de la empresa usuaria: de la empresa de beneficiaria del servicio del trabajasor asociado y del contrate, según sea el caso y de seguirá el proceso señalado en la resolución

RESOLUCION 1401 DE 2007