по Virginia Canche 4 лет назад
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Ausencia de condicionalidad objetiva
Ausencia
Es el aspecto negativo de las condiciones objetivas de punibilidad. La carencia de ellas hace el delito no se castigue
Escusas absolutas
Constituye la razón o fundamento que el legislador consideró para un delito, a pesar de haberse integrado en su totalidad carezca de punibilidad
Por innecesariedad de la pena
Por culpa o imprudencia
Por ejercicio de un derecho
Por temibilidad minima
Por estado de necesidad
Inculpabilidad
Es la ausencia de culpabilidad, significa la falta de de reprochabilidad ante el derecho penal, por falta de la voluntad o el conocimiento del hecho. Esto tiene relación estrecha con la imputabilidad, así, no puede ser culpable denunciando delito quien no es imputable.
Error invencible
Error
Error ocidental
Prohibición
Consiste en el que el agente obra bajo un error sobre alguno de los elementos del tipo penal
Conclusión
Es causa de inculpabilidad únicamente el error de hecho, esencial invencible
Cuando recae sobre circunstancias accesorias y secundarias del hecho
A) aberratio ictus.es el error en el golpe
B) aberratio in persona. Es el error sobre el pasivo del delito
C) aberratio un delictivo. Es el error en el delito
Error esencial
Es un error sobre un elemento que impide que se dé el dolo
Esencial invencible
Cuando no hay culpabilidad
Esencial vencible
Cuando subsiste la culpa a pesar del error
Error de hecho
Reca en condiciones del hecho;así puede ser de tipo prohibición.
Ignorancia
Es el desconocimiento absolutondenla realidad o la ausencia de conocimiento
Es la fase convencional de la realidad; no es la ausencia de conocimiento, sino un conocimiento deformado o incorrecto
Inimputabilidad
Es el aspecto negativo de la imputabilidad y consiste en la ausencia de capacidad para querer y entender en el ámbito del derecho penal
Causas
Minoría de edad
Se considera que los menores de edad carecen de madurez y, por tanto, de capacidad para entender y querer
Miedo grave
Proceso psicológico mediante el cual el sujeto cree estarennun mal inminente y grave . Es de naturaleza interna, a diferencia del temor, que tiene su origen en algo externo
Desarrollo intelectual retardado
Proceso tardío de la inteligencia, que provoca incapacidad para entender y querer
Trastorno mental
Incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultades psíquicas, siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirse a cordero con esa comprensión
Causa de justificación
Son razones o circunstancia que el legislador consideró para anular la antijuricidad de la conducta típica realizada, al estimarla lícita, juridica o justificativa
Consentimiento del titular del bien jurídico
Con motivos de reforma a) CPDF publicadas en el diario oficial de la federación el 10 de enero de 1994. Se trata de la prevista en el art.15, fracc. lll, del CPF, que estable lo siguiente
Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos
A) que el bien juridico sea disponible B)que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del mismo ; y C) que el consentimiento sea expreso y táctico sin que medie algún vicio; o bien que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundadamente presumir que, que haberse consultado al titular, este hubiese otorgado el mismo
Impedimento legítimo
Causar el daño, en contravención a lo dispuesto por la ley penal, de manera que se deje de hacer lo que se manda, por un impedimento legítimo
Obediencia jerárquica
Causar un daño en obediencia a un superior legítimo en el orden jurídico jerárquico
Cumplimiento de un deber
Estado de necesidad
Consiste en obrar por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno respecto de un peligro Real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el agente, lesionando otro bien de menor igual valor que el salvaguardado, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviera el deber juridicobde afrontarlo
Ejercicio de un derecho
Es causar algún daño cuando se obra de forma legítima, siempre que exista necesidad racional del medio empleado
En los deportes
Resulta frecuente que los deportistas ingieran a otros determinados lesiones y , a veces, comentan homicidio.bal respecto, existen tres situaciones posibles
Parece con el cumplimiento de un deber, tal como se dispone en la fracc. VI del mismo art. 15 del CPF
Casos especiales
B) Robo indigente
A) aborto terapéutico
F) Que no exista otro medio practicable y menos prejudicial
E) Que el agente no tenga el deber jurídico de afrontar el peligro
D) causar el daño
C) El peligro debe existir sobre bienes jurídicos propios o ajenos
B) El peligro no debe haberlo ocasionado dolosamente el agente
Legítima defesa
Excluyeron de pena a quien causa un daño por obrar en virtud de la defensa de determinados intereses previstos en la ley, según ciertas circunstancias
Bienes amparados
Ampara cualquier bien juridico; sim embargo la ley no precisa ni excluye ninguna . Así, al Amparo del principio que dice "donde la ley no distingue no se debe distinguir"
Nocion
Consiste en repeler una agresión real actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de defensa y racionalidad de los medios empleados y que no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien defiende
Atipicidad
Es la o adecuación de vunict l tipo penal, lo cual da lugar a l o ecxitbci del delit
Subjetiva
Objetiva
Ausencia tipo
L ausencia tipo es carencia del mismo. Significa que en el ordenamiento legal no existe la descripción típica de una conducta determinada
Ausencia de conducta
La conducta no existe , y ; por ende, da lugar a la inexistencia del delito
Hipnosis
Forma inconsciente te.poral considerado d eun modo de incurrir en ausencia de conducta si en estado hipnótico se cometió un delito
Sueño y sonambulismo
Dado el estado inconsciente temporal en que se encuentra la persona durante el sueño el sonambulismo algunos penalistas consideran qyebexistura ausencia de conducta cuando se realiza la conducta típica; para otros, se trata del aspectobnegatuvo de la imputabilidad
Actos reflejos
Son aquellos que obedecen a excitaciones no percibidas por la co ciencia por transmisión nerviosa a un centro y de este a un nervio periférico.
Vis absoluta
Consiste en que un fuerza humana exterior e irresistible se ejecr contra la voluntad fr alguien, quien en apariencia comete bla conducta delictiva
Vis mayor
Es la fuerza mayor que, a diferencia de la vis absoluta proviene de.la naturaleza
Condicionalidad objetiva de punibilidad
Requisitos que la ley señala eventualmente para que pueda perseguirle el delito
Son elementos del tipo; a veces tienen que ver con la intencionalidad del sujeto, otras con aspectos referentes a la perseguibilidad .
Punibilidad
Es la amenaza de una pena que establece la ley, en su caso, ser impuesta por el órgano jurisdiccional, de acreditarse la comisión de un delito
Castigo
Función alguna para castigar y lograr el arrepentimiento del sujeto y escarmiento para los demas
Sanción
Castigo o carga que se impone al merecedor de ella, quien quebrante una disposición legal o penal
Pena
Es la restricción o privación de derechos que se ejecutan de manera efectiva en la persona del sentenciado. Cuando el sentenciado queda a disposición de las autoridades administrativas para ser internado en el centro de re adaptación social correspondiente.
Subtopic
Pecuniarios
Reparación del daño
Pago hacia la victima
Multa
Es el pago de una suma de dinero al estado
Pena contra la libertad
Prision
Privación de la libertad corporal
Corporales
Pena de muerte
Punicion
Consiente en determinar la pena exacta al sujeto que ha resultado responsable por un delito concreto
Culpabilidad
Es la relación directa que existe entre la voluntad y el conocimiento del hecho con la conducta realizada.
Culpa Es el segundo grado de culpabilidad y ocurre cuando se causa un resultado típico sin intención de producirlo, pero pude ser previsible y evitable
Formas de culpa
Imprudencia
Leve
Omisión de la atención normal
Grave
Omisión de cuidado, descuido, olvido
Profesional
caracteristicas
ausencia de dolo o malicia
relacion causa-efecto
infraccion, mal afectado
accion u omision voluntarias el ejercicio
Infracción de reglamentos
Impericia
Negligencia
Preterintencion
Consiste en producir un resultado de mayor gravedad que el deseado. Eciste intención de causar un daño menor, pero se produce otro de mayor entidad, por actuar con imprudencia
Resultado mayor que el querido
La consecuencia de la intención y de la imprudencia en el actuar ocasiona la muerte, modo que se produce un homicidio preterintencional
Imprudencia en la conducta
Por no prever ni tener cuidado la acción para lesionar ocasiona un resultado distinto
Intención o dolo
De causar un resultado típico de manera que el sujeto solo desea lesionar
Inconsciente
Culpa sin previsión o sin representación, existe cuando el agente no precede el resultado típico; así realiza la conducta sin pensar que puede ocurrir el resultado tipico y sin prever lo previsible y evitable
A)lata: en la culpa hay mayor posibilidad de prever el daño B) leve: Existe menor posibilidad que en la anterior C) levisima: la posibilidad de prever el daño es considerablemente menor que las dos anteriores
Consciente
Previsión o con representación, existe cuando el activo prevé como posible el resultado típico, pero no lo quiere y tiene la esperanza de que no se producirá.
a)Conducta( acción u omisión) b)Carencia de cuidado, cautela o precaución que exige las leyes. c)Resultado previsible y evitable d) Tipificacion del resultado. e)Necoo relación causalidad
Dolo Consiste en causar intencionalmente el resultado típico, conocimiento y conciencia de la antijuricidad del hecho
Cognitivo
Volitovo
Subjetivo
Indeterminado
Consiste en la intención de delinquir de manera imprecisa, sin que el agente desee causar un delito determinado
Especifico
Es la intención de causar un daño con una especial voluntad que la propia norma exige en cada caso, de modo que deberás ser objeto de prueba
Generico
Es la intención de causar un daño o afectación, osea la voluntad consiente encaminada a producir el delito
Dolo indirecto o eventual
El sujeto decae un resultado típico, a sabiendas de que hay posibilidades de que surjan otros diferentes
Dolo directo
El sujeto activo tiene intención de causar un daño determinado y lo hace, de manera que existe identidad entre la intención y el resultado tipico
Imputabilidad
Capacidad de entender y querer en el campo del derecho penal
Imputable
Supuesto previo
Capaz de comprender
Medida de seguridad
Acciones Liberae In Causa
Sons aquellas libres en su causa y consisten en que el sujeto, antes de cometer un delito, realiza actos de manera voluntaria o culposa que lo colocab a un estado en el cual no es imputable y comete un acto criminal
Antijuricidad
Lo contrario a derecho.el ámbito penal precisamente radica en contrariar lo establecido en la norma jurídica.
Clases
Tipicidad
Adecuación de la conducta al tipo, el encuadramiento de un comportamiento real ala hipótesis legal.
Elementos subjetivos
Culpa
Dolo
Elementos normativos
Juridicos
Culturales
Elementos o objetivos
Objeto material
Sujeto activo/pasivo
Acción/Omision
Resultado
Bien juridico
Tipo penal
Mera conducta/formales y resultado material
Formales
Conducta
Comportamiento humano activo o omisión generador de un delito
Omisión
Concepto causal
Omisión por omisión
Es un no hacer voluntario culposo,cuya abstención produce un resultado material, y se infringen una norma preceptiva y otra prohibida
Omisión simple
Consiste en no hacer lo que se tiene que hacer
Consiste en realizar una conducta típica con abstención de actuar, esto es, no hacer o dejar de hacer
Acción
Conducta humana voluntaria
Consiste en actuar o hacer. Es un hecho positivo que implica que el agente lleva uno o varios movimientos corporales