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av Alvaro Aguilar för 3 årar sedan

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🪐Apertura de Empresas🪐

En Panamá, el proceso de apertura de empresas se gestiona a través del sistema informático llamado PanamáEmprende, desarrollado por el Ministerio de Comercio e Industrias. Este sistema automatiza el aviso al estado sobre el inicio de cualquier actividad comercial o industrial, eliminando la necesidad de requisitos adicionales.

🪐Apertura de Empresas🪐

🪐Apertura de Empresas🪐

Art 4 Actividades exceptuadas

el ejercicio de profesionales liberales, a titulo individual o a traves de sociedades civiles, toda vez que no son considerados acto de comercio.
el ejercicio de actividades que no sean actos de comercio ni actividades industriales, realizado por personas naturales o sociedades civiles.
el ejercicio de actividades sin fines de lucro
la elaboraciòn y venta de artesanias y otras industrias manuales o caseras, siempre que se utilice el trabajo asalariado de hasta cinco trabajadores.
las actividades de explotaciòn agricola, ganadera, apìcola, avìcola, acuìcola, agroforestal o similares.
no requeriran aviso de operaciòn las personas naturales o juridicas que se dediquen exclusivamente a:

art 3 Validez del aviso de operaciòn

toda la informaciòn de aviso de operaciòn que repose en el sistema PanamàEmprende tendrà plena validez jurìdica y se presume cierta.

articulo 1 Aviso de Operaciòn

toda persona natural o juridica podra realizar actividades comerciales o industriales dentro del territorio nacional

art. 8 Proceso de Aviso funcionarà asì:

el sistema PanamàEmprende le emitirà al interesado el correspondiente nùmero de aviso de operaciòn.
se debera pagar toda tasa, derecho, impuesto y contribuciòn requeridos para la apertura de empresas por el sistema.
Se deberà completar el registro de la actividad en el sistema PanamàEmprende.
el interesado debera contar con las aprobaciones correspondientes en los casos de las actividades comerciales o industriales mencionadas en el art 2

art. 6 Tasa de Aviso

Con el aviso de operaciòn se pagara una tasa de aviso de Operaciòn de 15 balboas para las personas naturales y de 55 balboas para las personas jurìdicas. en cada caso, 5 balboas de la tasa de aviso de operaciòn corresponderan al municipio respectivo del lugar donde se ubique el establecimiento, segun indique en el aviso de Operaciòn.

art. 5 Definiciones

PanamàEmprende
Sistema informatico administrativo por el Ministerio de Comercio e industrias, que automiza el proceso de aviso al estado sobre el inicio de cualquier actividad comercial o industrial, para no exigirle al emprendedor ningùn requisito adicional de operaciòn.
Nùmero de aviso de Operaciòn
es el numero que confirma la culminaciòn del proceso del aviso de operaciòn y que estara compuesta por el registro Ùnico de Contribuyente (RUC) seguido de un còdigo de confirmaciòn que emitira el Sistema PanamàEmprende.
Comercio al por menor se ejerce por dedicarse a:
Cualquier otra actividad que la ley califique como tal.
la representaciòn o agencia de empresas productoras o mercantiles.
La venta de bienes al consumidor
Comercio al por mayor se ejerce por dedicarse a:
el ejercicio de toda clase de actividad comercial que no constituya comercio al por menor
las ventas al estado y a empresas
la prestaciòn de servicios, exceptuando a los calificados como comercio al por menor por la legislaciòn vigente.
Aviso de operaciòn
proceso mediante el cual se deja constancia de que la actividad comercial o industrial que va a ejercer el declarante ha sido debidamente informado a la administraciòn publica, e incluye una declaraciòn jurada del interesado, en la que declara haber cumplido las normas que amparan la actividad que desarrollarà
Autoridad pùblica competente
es cada instituciòn de la administraciòn pùblica encargada de velar por el cumplimiento de las normas relacionadas con la operaciòn de empresas o con el ejercicios de actividades comerciales o industriales determinadas, por razòn de competencia.

actividad industrial comprende:

las industrias manuales, caseras o de artesanias que utilicen mas de 5 trabajadores
las empresas constructoras que utilicen el trabajo asalariado de terceros.
las actividades extractivas o manufactureras, asi como las ventas al por mayor y al estado de los productos extraìdos o manufacturados por ellas.