av Jairamar Quiroz Giraldo för 2 årar sedan
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La infracción no afecta a ninguno de sus elementos ni provoca indefensión en los ciudadanos el acto no es invalidado, se subsanan sus errores.
El defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables.
La realización de actuaciones fuera del tiempo establecido implicará la anulabilidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo.
En el momento en que es anulado, pero sus efectos pasados siguen siendo válidos. Puede ser convalidado por el paso del tiempo
En el artículo 48 de la Ley 39/2015
Los que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.
Desde el momento en que se dictó, es decir, sus efectos no son válidos y es como si nunca hubiera existido. No puede convalidarse.
En el artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
Los dictados sin seguir el procedimiento legalmente establecido o sin tener en cuenta sus reglas especiales.
Lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.
Cualesquiera otros que se establezca por ley.
Los que tengan un contenido imposible de cumplir.
Los constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta.
Esta última esta regulada por el articulo 99 a 105 de la Ley 39/2015, de 1 Octubre
La ejecución forzosa por las Administraciones Públicas se efectuará respetando el principio de proporcionalidad
Compulsión sobre las personas
El acto imponga una obligación o solo se pueda usar si una Ley lo autoriza
Multa coercitiva
- Se trate de actos personalísimos. - Se trate de actos cuya ejecución pueda el obligado encargar a otra persona.
Ejecución subsidiaria
Apremio por el patrimonio
En los artículos 45, 46 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés.
Los mismos elementos que las notificaciones (Art 40.2)
En el diario oficial que corresponda, dependiendo de la administración que lo recoja.
De Oficio
No exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver
Potestades sancionadoras o, en general, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad.
Los que pudiera derivarse efectos positivos para el interesado, éstos podrán entender desestimadas.
Solicitud de interesado
La Administración tiene la obligación de resolver de forma expresa. Lo que ocurre es:
Debe ser confirmatoria del mismo.
No está vinculada por el carácter del silencio que se produjo.
Transcurrido el plazo se podrá entender estimadas por silencio administrativo las solicitudes de los interesados
Cuando así lo exija el contenido del acto
Cuando sea necesaria la notificación, publicación o aprobación superior
Eficacia retroactiva
Produzcan efectos favorables al interesado
Se dicten en sustitucion de actos anulados
El órgano competente
Son los que se hacen explícitos.
Reglados
Discrecionales
Reducir la esfera jurídica imposición de cargas al interesado.
Amplian los derechos de los interesados.